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Procedimiento : 2008/0803(CNS)
Ciclo de vida en sesión
Ciclos relativos a los documentos :

Textos presentados :

A6-0285/2008

Debates :

PV 01/09/2008 - 17
CRE 01/09/2008 - 17

Votaciones :

PV 02/09/2008 - 5.13
CRE 02/09/2008 - 5.13
Explicaciones de voto
Explicaciones de voto

Textos aprobados :

P6_TA(2008)0381

Acta literal de los debates
Lunes 1 de septiembre de 2008 - Bruselas Edición DO

17. Red Judicial Europea - Decisión del Consejo por la que se refuerza Eurojust y se modifica la Decisión 2002/187/JAI - Aplicación del principio de reconocimiento mutuo de resoluciones en materia penal (debate)
Vídeo de las intervenciones
Acta
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  Presidenta. – El próximo punto se refiere al debate conjunto de los siguientes informes:

- A6-0292/2008, de Sylvia-Yvonne Kaufmann, en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, sobre la Red Judicial Europea (05620/2008 - C6-0074/2008 - 2008/0802(CNS));

- A6-0293/2008, de Renate Weber, en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, sobre la Decisión del Consejo por la que se refuerza Eurojust y se modifica la Decisión 2002/187/JAI (05613/2008 - C6-0076/2008 - 2008/0804(CNS));

- A6-0285/2008, de Armando França, en nombre de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, relativo a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo de sentencias en materia penal (05598/2008 - C6-0075/2008 - 2008/0803(CNS)).

 
  
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  Rachida Dati, Presidenta en ejercicio del Consejo. − (FR) Señora Presidenta, Señorías, es un gran honor para mí dirigirme a ustedes hoy para expresarles mi profunda adhesión a los valores de la Unión Europea. En el centro de estos valores se halla, sin duda, la justicia. Ha sido su deseo comenzar su sesión plenaria con un debate conjunto sobre temas de justicia. Ello indica a la importancia que esta Cámara concede a los temas de la cooperación judicial europea y la protección de los derechos fundamentales. Soy igualmente sensible a estos temas, por lo que les agradezco que me hayan dado esta oportunidad.

En el orden del día figuran tres documentos, tal como ha recordado la Presidenta: la Decisión sobre la Red Judicial Europea, la Decisión sobre Eurojust y la Decisión marco del Consejo relativa a la ejecución de resoluciones dictadas en rebeldía. Estos tres textos mejorarán la cooperación judicial dentro de la Unión Europea y también modificarán el modo en el que trabajan los Estados miembros. Asimismo, quienes trabajan en el ámbito de la justicia en nuestros países aguardan con ansia las tres iniciativas. El trabajo del Consejo JAI de 25 de julio ha permitido alcanzar un acuerdo político en cuanto a los proyectos de Decisión relativos a la Red Judicial Europea y al fortalecimiento de Eurojust. Los esfuerzos combinados de las Presidencias eslovena y francesa han permitido finalizar el proceso en menos de un año. Estos dos proyectos de Decisión ofrecerán mayor protección a los ciudadanos de Europa y fortalecerán la cooperación judicial en asuntos penales. Es el signo de una Unión Europea que puede actuar y lograr avances teniendo en cuenta las libertades y los derechos fundamentales.

Con relación a la Red Judicial Europea, la propuesta de Decisión que debe reemplazar la acción común de 1998 aclara las obligaciones de Eurojust y de la Red. Tiene en cuenta el deseo de los Estados miembros de conservar las dos estructuras y de reforzar su complementariedad. La creación de métodos seguros de comunicación entre Eurojust y la Red Judicial Europea permitirá una cooperación judicial eficaz y fomentará la confianza recíproca. La Red Judicial Europea es un instrumento conocido y reconocido que ha demostrado su utilidad al promover los contactos entre los interesados sobre el terreno. El informe de Sylvia Kaufmann recalca la utilidad de la Red y sus logros. Destaca la adaptabilidad de la Red, que satisface las necesidades, en particular, de los magistrados. Este informe subraya aún más la necesidad de conservar esta flexibilidad y el modo de funcionamiento descentralizado.

Señora Kaufmann, usted ha retomado y apoyado las líneas principales de la propuesta original, por lo que le doy las gracias. Ha expresado asimismo ciertas inquietudes. Ha indicado acertadamente que deben establecerse unas telecomunicaciones seguras que cumplan estrictamente las normas de protección de datos. Estamos completamente de acuerdo. Puedo asegurarle que el Consejo estará muy atento a las propuestas aprobadas por el Parlamento. Esta evaluación del funcionamiento de la Red Judicial Europea va de la mano del fortalecimiento de Eurojust. Uno no puede existir sin el otro. Después de seis años de Eurojust, la experiencia indica que tenemos que mejorar el funcionamiento de esta unidad de cooperación judicial. Eurojust no está suficientemente bien informado, sobre todo en relación con los asuntos de terrorismo. Las competencias de los miembros nacionales no se armonizan y la capacidad operativa de Eurojust no está lo bastante desarrollada.

El texto en el que se recoge el acuerdo político general alcanzado el 25 de julio representa una etapa vital en la construcción del espacio judicial europeo. Como saben, la lucha contra todas las formas de delincuencia grave es una de prioridades de la Unión Europea. Por ejemplo, en 2004 se remitieron a Eurojust catorce casos de trata de seres humanos; en 2007, se le remitieron 71 casos. Ello indica que debemos disponer de herramientas eficaces para combatir la trata de dimensiones inéditas de la que son víctimas miles de nuestros conciudadanos.

Eurojust también debe convertirse en una unidad puntera en materia de cooperación judicial europea. Gracias a este texto, con el que está de acuerdo el Consejo JAI, Eurojust será más funcional y reactivo. Ello representa un importante avance para nosotros.

Deseo felicitar, en particular, a Renate Weber por su trabajo y agradecerle su apoyo. Soy muy consciente de su compromiso y de su deseo de lograr el éxito de esta propuesta.

Con el fortalecimiento de Eurojust, se reforzarán las prerrogativas de los miembros nacionales. Se establecerá un mecanismo de coordinación de urgencia y se mejorará la transmisión de la información para responder mejor a los retos planteados por las nuevas formas de delincuencia. Determinadas personas habrían preferido un enfoque aún más ambicioso. Ya que el marco institucional no lo permite, debemos aprovechar cualquier posibilidad para reforzar Eurojust, sobre la base de la ley en vigor y sin dilación.

También se han tenido en cuenta algunas de las inquietudes expresadas por ustedes. La notificación al Parlamento en cuanto al funcionamiento de Eurojust a este respecto se evaluará con atención.

Con relación a la aplicación del principio del reconocimiento mutuo, que es también uno de los aspectos centrales de la construcción de un espacio de justicia, libertad y seguridad, la Decisión marco del Consejo relativa a la ejecución de resoluciones dictadas en rebeldía permitirá reforzar instrumentos existentes como la orden de detención europea. Es vital que una resolución dictada en rebeldía por un Estado miembro pueda aplicarse en toda la Unión Europea. La Decisión marco también irá acompañada de un refuerzo de los derechos procesales de los ciudadanos. Se trata de poder ejecutar las sentencias dictadas en rebeldía en tanto se respetan los derechos de la defensa. Sin embargo, esta Decisión marco no pretende modificar la normativa nacional sino mejorar el cumplimiento de las resoluciones dictadas en rebeldía.

Su informe, señor França, subraya la necesidad de armonizar los instrumentos existentes y garantizar el derecho a ser oído. Debe respetarse la diversidad de los sistemas jurídicos, por ejemplo con respecto al modo de citación. El Consejo comparte estas inquietudes y la propuesta, por consiguiente, relanza el debate conjunto sobre el fortalecimiento de las garantías fundamentales dentro de la Unión Europea. Sé que el Parlamento concede una gran importancia a esta cuestión. El Consejo examinará sus propuestas que, en su mayor parte, van en la misma dirección que el texto que ha sido objeto de acuerdo político en el Consejo. Tal es caso, en particular, de las propuestas relativas a la representación por un abogado y el derecho a una revisión de la causa. Estas enmiendas representan, indudablemente, una mejora con respecto a la propuesta original.

Señora Presidenta, Señorías, el Consejo estudiará con atención las propuestas que se aprueben esta semana y, una vez, más debo transmitirles el deseo de la Presidencia de cooperar con el Parlamento. Debemos avanzar de la mano, pues no me olvido de que ustedes son los representantes del pueblo europeo. Gracias a estos tres textos se lograrán avances en materia de cooperación judicial en asuntos penales, al tiempo que también progresará el bien común en Europa.

 
  
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  Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión. − (FR) Como acabar de indicar, señora Dati, estamos en un punto crítico en la creación de este espacio judicial europeo que con tanto anhelo deseamos y con respecto al que el Parlamento Europeo está efectuando una contribución tan valiosa.

Quiero dar las gracias a los ponentes, señora Kaufmann, señora Weber y señor França, por sus excelentes informes sobre las tres iniciativas. Estos documentos indican que el Parlamento Europeo apoya las propuestas formuladas por los Estados miembros. Me complace asimismo, señora Dati, que la reunión del Consejo del 25 de julio resultara tan fructífera y que se lograra un acuerdo político sobre los tres textos. La Comisión apoya estas tres iniciativas y nos hemos esforzado en contribuir de manera constructiva al trabajo del Consejo.

Con relación a Eurojust y a la Red Judicial Europea, los Estados miembros, inspirándose en nuestra Comunicación de octubre de 2007 sobre el tema, han expresado claramente su deseo de convergencia. Se han incluido multitud de propuestas en estas dos iniciativas de los Estados miembros: la armonización de las competencias de los miembros nacionales de Eurojust, el reforzamiento de la función del Colegio en caso de conflictos de jurisdicción, la mejora de la circulación de la información de los miembros nacionales a Eurojust y la posibilidad de nombrar magistrados de enlace de Eurojust en terceros países. Muchas de las enmiendas propuestas en los informes, sumamente útiles, de las señoras Kaufmann y Weber ya se han debatido durante las conversaciones del Consejo. Así pues, la enmienda 32 a la Decisión sobre Eurojust, que figura en el informe de la señora Weber, tiene como objetivo mejorar el nivel de protección de los datos en terceros países que cooperan con Eurojust. Esta cooperación se evaluará no sólo cuando el acuerdo se celebre, sino también después de su entrada en vigor. La Comisión recomendó adoptar esta idea y la propuesta de Decisión se modificó consiguientemente. En la misma se establece que el acuerdo de cooperación debe incluir medidas sobre el control de su aplicación, incluida la aplicación de las disposiciones en materia de protección de datos.

Citaré otro ejemplo: la enmienda 38 a la Decisión sobre la «Red Judicial Europea», según consta en el informe de la señora Kaufmann. Conforme ha destacado la señora Dati, esta enmienda tiene el objetivo de garantizar que se dé parte al Parlamento Europeo, cada dos años, de las actividades de la Red Judicial Europea. La enmienda fue apoyada por la Comisión y está incluida en el texto de la propuesta de Decisión.

Como es de su conocimiento, el Consejo ha alcanzado un acuerdo político sobre Eurojust y sobre las iniciativas de la Red. Espero que el Consejo adopte pronto estos instrumentos de manera formal y, lo que es igual de importante, que los Estados miembros den los pasos necesarios para incorporar plenamente las decisiones a sus sistemas judiciales nacionales.

Con relación informe França sobre la ejecución de las resoluciones dictadas en rebeldía, he de señalar que la mayoría de las enmiendas, al menos en su espíritu, cuando no también en su letra, se ha incorporado al texto adoptado por el Consejo de JAI de los días 5 y 6 de junio.

Tales han sido algunas de mis observaciones, señora Presidenta. Obviamente, prestaré mucha atención a todas las sugerencias que formule el Parlamento. Sin embargo, estoy muy contento de que hayamos comenzado este periodo parcial de sesiones con un trabajo que es extremadamente positivo para el futuro del espacio judicial europeo.

 
  
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  Sylvia-Yvonne Kaufmann, ponente. − (DE) Señora Presidenta, desearía hacer uso ahora de todo el tiempo de palabra que me corresponde. Me complace ver que la Presidenta en ejercicio del Consejo y el Vicepresidente de la Comisión están hoy presentes.

La comisión aprobó mi informe sobre la Red Judicial Europea por unanimidad. La cooperación fue muy constructiva y desearía dar las gracias a todos que han participado, especialmente al señor Popa, la señora Gebhardt y la señora Weber, ponente sobre Eurojust.

La Red Judicial Europea —o, de manera abreviada, RJE— existe desde hace diez años y ha demostrado su valía en la práctica. Incluso después del lanzamiento de Eurojust en 2002, la RJE sigue siendo pertinente. La labor de la RJE no consiste en coordinar las investigaciones, sino en facilitar que se entablen contactos directos, en fomentar la ejecución adecuada de las solicitudes de asistencia jurídica mutua y en suministrar información. Es importante, por consiguiente, dejar intacta la estructura descentralizada de la RJE. Sólo deberían llevarse a cabo cambios donde sea necesario, o donde tales cambios se desprendan de manera natural de la práctica aplicada durante los últimos años. Un ejemplo es el establecimiento de los puntos de contacto nacionales, que desempeñan una función de coordinación en el seno de los Estados miembros y son responsables del mantenimiento de los contactos con la Secretaría de la RJE.

Una innovación clave es el establecimiento de una red de telecomunicaciones segura. Me ha complacido escuchar que la Presidenta en ejercicio del Consejo también ha llamado la atención sobre este tema. Las autoridades de los Estados miembros intercambian datos personales y ello puede incluir datos delicados como las huellas dactilares de conformidad con una orden de detención europea. Para garantizar la transmisión segura en este caso, es preciso contar con una red de telecomunicaciones segura, pues sería inadmisible que tales datos se transmitieran, por ejemplo, por fax. Ya en 1998, cuando se creó la RJE, se contempló la posibilidad de crear una red de telecomunicaciones segura, pero ha sido imposible, hasta la fecha, ponerse de acuerdo en cuanto las modalidades, aparentemente por motivos de costes.

El informe propone que, en un principio, se cree un sistema telecomunicaciones seguro únicamente para los puntos de contacto. Sin embargo, dado que el objetivo es conseguir que, en la medida de lo posible, todos los contactos entre las autoridades competentes tengan lugar de manera directa, un segundo paso contempla la posibilidad de integrar en la red de telecomunicaciones segura a todas las autoridades competentes responsables en materia de asistencia jurídica en sus respectivos Estados miembros. Debido a la sensibilidad de los datos, el informe se refiere a las disposiciones pertinentes en materia de protección de datos, por lo que querría recalcar una vez más, en este contexto, cuán importante es contar con una Decisión marco fuerte a propósito de la protección de datos personales en el marco del tercer pilar. La misma se aplicaría al intercambio de datos entre los diversos puntos de contacto de los Estados miembros. Lamentablemente, el Consejo todavía no ha adoptado aún tal Decisión marco como lex generalis, de manera que las disposiciones básicas de protección de datos se han incluido directamente en el propio texto legislativo.

La funcionalidad de la RJE depende en gran medida de los puntos de contacto. Por ese motivo, se han elaborado directrices para la selección de los puntos de contacto basadas en criterios específicos. Las personas que actúen como puntos de contacto deben poseer, necesariamente, buenos conocimientos de al menos otra lengua de la UE y deben tener experiencia en materia de cooperación internacional en asuntos penales, así como haber desempeñado el cargo de juez, fiscal u otro puesto de funcionario judicial. Es importante que los Estados miembros cumplan estas directrices y, desde luego, aquéllas deben garantizar asimismo que los puntos de contacto cuenten con recursos suficientes.

Para mejorar la cooperación entre la RJE y Eurojust y lograr una mejor coordinación de sus actividades, los miembros de Eurojust deben poder asistir, invitados, a las reuniones de la RJE y viceversa. La Decisión sobre Eurojust establece cuándo las autoridades judiciales de los Estados miembros —dicho de otro modo, los puntos de contacto de la RJE— deben informar a Eurojust acerca de casos específicos. La presente Decisión complementa esta obligación al efecto de que la RJE y Eurojust deben informarse mutuamente acerca de todos los casos que, según su opinión, la otra organización podría tramitar más adecuadamente. Haciendo uso de esta norma flexible y basada en las necesidades, el objetivo consiste en evitar una situación en la cual las autoridades nacionales tengan que suministrar información excesivamente extensa a Eurojust y también evitar saturar Eurojust con una cantidad de información que la autoridad sencillamente no sea capaz de procesar.

Por último, con relación la información sobre la administración y las actividades de la Red, la propia RJE debe ocuparse de aquélla y transmitirla no sólo al Consejo y a la Comisión sino, asimismo, al Parlamento. Me complace que este planteamiento cuente con el apoyo expreso de la Comisión.

Con la presente Decisión, la Red Judicial Europea se adaptará a la evolución que ha tenido lugar durante los últimos años y su relación con Eurojust quedará definida de un modo más preciso. Como resultado, la Red Judicial Europea será más capaz de cumplir su propósito en el ámbito de la cooperación judicial en asuntos penales, especialmente en caso de que entre en vigor el Tratado de Lisboa, con la consiguiente «comunitarización» de la cooperación judicial en asuntos penales.

 
  
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  Renate Weber, ponente. − Señora Presidenta, concebir la Unión Europea como un espacio de libertad, seguridad y justicia no sería más que un objetivo notable si no se contara con la participación de las agencias europeas ya establecidas, cuyas capacidades de acción y reacción en cuanto a la lucha contra la delincuencia organizada transfronteriza deben reforzarse.

Desearía dar las gracias a los ponentes alternativos, con quienes he cooperado muy satisfactoriamente en casi todos los aspectos de este informe, y también al Presidente de Eurojust y a su equipo por haberse mostrado tan abiertos durante este proceso.

Mientras elaboraba el informe, escuché a numerosos colegas pedir la creación del cargo de fiscal europeo. A este respecto, estoy mucho más a favor de la armonización y el establecimiento de un sistema de justicia europeo que de reforzar la cooperación. Sin embargo, por razones diversas, nos hallamos, por el momento, bastante lejos aún de tal meta: en primer lugar, porque no existe legislación europea alguna que aborde el tema de la jurisdicción en casos que son competencia de Eurojust; en segundo lugar, debido a la renuencia mostrada por los Estados miembros a la hora de transferir siquiera una parte de sus competencias de investigación a una agencia europea. El texto sobre la posibilidad de que los miembros nacionales de Eurojust formen parte de equipos de investigación conjunta proporciona un buen ejemplo.

Es una paradoja que, mientras que los diputados al Parlamento Europeo están dispuestos a abordar verdaderamente el tema de la delincuencia transfronteriza grave —incluso mediante la adjudicación de más competencias a Eurojust, siendo nuestra inquietud principal el respeto de los derechos humanos— los Estados miembros estén predicando una cosa pero legislando otra. Es difícil explicar a los ciudadanos europeos cómo podemos crear un espacio de libertad, seguridad y justicia si los Estados miembros no confían lo bastante en nuestras propias agencias europeas.

Nosotros, como diputados al Parlamento, comprendemos y admitimos que Eurojust debe trabajar 24 horas al día, siete días a la semana. La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior también se ha mostrado de acuerdo en que, para que Eurojust sea eficaz, es esencial que sus miembros nacionales tengan las mismas competencias judiciales de que gozan en sus propios países. También he votado a favor de fortalecer las relaciones con Europol y la Red Judicial Europea y de entablar vínculos con otros organismos europeos e internacionales, como Frontex, Interpol y la Organización Mundial de Aduanas.

Lo que nosotros, como diputados al Parlamento, exigimos —y el informe es un reflejo de este planteamiento— es un equilibrio adecuado entre las competencias de Eurojust y las de sus miembros nacionales, por un lado, y los derechos del acusado, por el otro. Por eso, varias de las enmiendas que he presentado tienen como objetivo aumentar el nivel de protección de los derechos procesales, como el derecho de defensa, el derecho a tener un juicio justo, el derecho a ser informado y el derecho de resarcimiento judicial. Al mismo tiempo, aunque conozcamos el fuerte sistema de protección de datos establecido por la Agencia, varias enmiendas representan medidas preventivas adicionales.

Sin embargo, sigue existiendo un importante motivo de preocupación en relación con los datos transmitidos a terceros países y a organizaciones internacionales, ya que no sabemos, en realidad, lo que sucederá con estos datos. Por consiguiente, para garantizar que se observen nuestras propias normas europeas, propongo la creación de un mecanismo de evaluación. Desearía dar las gracias al Comisario Barrot por mencionar este punto.

En último lugar, me preocupa la función que el Parlamento Europeo debe desempeñar con relación a Eurojust. No saber cuál será el destino del Tratado de Lisboa hace que la situación sea aún más preocupante. Sin embargo, no hay nada en la legislación comunitaria vigente que impida que el Parlamento desempeñe una función activa en la supervisión de las actividades de Eurojust. Se trata de un asunto sujeto por completo a la voluntad política, por lo que espero verdaderamente que se permita a esta Cámara hacer su trabajo.

 
  
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  Armando França, ponente. − (PT) Señora Presidenta, Señora Dati, Comisario, Señorías, el proceso de construcción europea incluyó en un inicio la comunitarización del espacio económico. Sin embargo, paso a paso, la Comunidad, ese método idealizado por Jean Monnet y sus fundadores, ha avanzado en otras áreas para encontrar soluciones comunes a los problemas comunes.

Todavía no hemos alcanzado el final de este largo y difícil y camino, pero debemos seguir dando pasos firmes y resueltos. Uno de los ámbitos que nos causa a todos complejos y difíciles problemas en la Unión Europea, ampliada ahora a 27 Estados miembros y habitada por casi 500 millones de personas, es el de la justicia. La justicia es uno de los pilares de la democracia y uno de los instrumentos al servicio de la libertad. La democracia y la libertad son dos de valores fundamentales de la UE. Por ello, debido a los retos que plantea el propio proceso de construcción europea y a los nuevos problemas de la vida moderna, la justicia ha adquirido ahora, en mi opinión, una importancia fundamental. Requiere una especial atención por parte de los responsables de las instituciones de la UE con responsabilidad en materia legislativa, de adopción de decisiones y de elaboración de directrices políticas sobre este tema. Las resoluciones dictadas en ausencia de los inculpados en los procesos penales, conocidas como resoluciones en rebeldía, tienen diferentes soluciones procesales que varían mucho entre los distintos Estados miembros.

La situación es grave, ya que estas diferentes soluciones procesales representan un obstáculo permanente para la ejecución en un Estado miembro de las resoluciones en materia penal dictadas en otro Estado miembro. Esta situación obstaculiza, o incluso impide, la aplicación del principio de reconocimiento mutuo y promueve un aumento de la delincuencia y la inseguridad dentro de la Unión.

Por consiguiente, damos nuestro beneplácito a la iniciativa legislativa de Eslovenia, Francia, la República Checa, Suecia, la República Eslovaca, Reino Unido y Alemania, a la que el Consejo ha otorgado asimismo su beneplácito y su aplauso. Su objetivo principal es establecer normas procesales sobre la citación de personas, las revisiones de la causa o los recursos y la representación jurídica apropiados. Tales normas harán los procesos penales más rápidos y eficaces. También supondrán un aumento de la eficacia del principio de reconocimiento mutuo, en particular en cuanto atañe a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros y, asimismo, a la aplicación del principio de reconocimiento mutuo a las sanciones pecuniarias, a las órdenes de confiscación y a las sentencias en asuntos penales que imponen penas privativas de libertad, al igual que a otras medidas que entrañan la privación de libertad a los efectos de su ejecución en la Unión Europea. Deben incluirse asimismo el reconocimiento y la supervisión de las sentencias suspendidas, las sanciones alternativas y las sentencias condicionales.

El informe que hoy presento ante la Cámara incluye contribuciones de un gran número de miembros de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior. Una servidora y varios colegas hemos presentado diversas enmiendas que han dado lugar a numerosas enmiendas de transacción y a un firme consenso entre los miembros de los grupos PSE, PPE-DE, ALDE, Verts/ALE y UEN, de tal modo que sólo se han emitido dos votos en contra de este informe.

Señora Presidenta, Señorías, este informe contiene, pues, enmiendas a la propuesta de Decisión marco del Consejo que, en nuestra opinión, la enriquecen técnicamente y le dotan de solidez política, en particular con respecto a los procedimientos de citación del acusado y a la garantía de sus derechos de defensa, a la posibilidad de defender al acusado en ausencia de éste y de que su defensa la ejerza un abogado nombrado y pagado por el Estado y también en relación con la posibilidad de una revisión de la causa o de un recurso apropiado, de conformidad con las leyes nacionales, que puede solicitar el acusado ya juzgado en rebeldía.

Por último, debo destacar y agradecer la comprensión y el consenso de los grupos políticos y espero y deseo que el resultado de la votación sea, al menos, equivalente al amplio consenso logrado.

 
  
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  Neena Gill, ponente de opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos. − Señora Presidenta, acojo con satisfacción estos informes, sobre todo el relativo a las resoluciones en rebeldía, ya que facilitarán y simplificarán la defensa o el inicio de procesos judiciales en los que alguna de las partes no pueda estar presente. Las diferencias de planteamiento en la Unión han creado un elevado grado de incertidumbre y han minado la confianza en sistemas judiciales de los demás países.

Por consiguiente, doy mi beneplácito a la afirmación formulada por el Ministro según la que el Consejo tratará de garantizar que este proceso se armonice en todos los Estados miembros, ya que hasta la fecha ciertos Estados miembros no han hecho todo lo posible por ponerse en contacto con los acusados. Creo que los sistemas judiciales, sea cual fuera el lugar donde se apliquen, han de ser responsables de garantizar que los acusados comprendan las implicaciones de cualquier sentencia dictada en rebeldía y que sus derechos fundamentales se protejan a este respecto.

Insto asimismo al Consejo a que garantice que todos los Estados miembros apliquen un sistema con arreglo al que los acusados pueden tener representación jurídica independientemente del país en el que residan.

Por último, mi enhorabuena a todos los ponentes por su trabajo de simplificación de un complejo conjunto de procesos y propuestas jurídicos que, según me parece, darán sustancia a la orden de detención europea.

 
  
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  Nicolae Vlad Popa, en nombre del Grupo del PPE-DE.(RO) Los delitos transfronterizos han aumentado, pues, y el sistema judicial debe adaptarse a la nueva situación.

Por lo tanto, constato la necesidad de armonizar la legislación entre los Estados miembros y, en particular, durante este período, la necesidad de las autoridades competentes de los Estados miembros de contar con una información rápida y eficaz.

Este informe representa, obviamente, un paso adelante en la resolución de las dificultades a las que se enfrentan los ciudadanos y las instituciones de Europa. La modernización de la Red Judicial Europea representará una respuesta adecuada al fenómeno transfronterizo de la delincuencia. El informe, que se aprobó por unanimidad en la Comisión LIBE mejora la eficacia y la capacidad de la Red Judicial Europea de suministrar información necesaria en todo momento y desde cualquier lugar de los Estados miembros.

Los beneficiarios de esta modernización serán los ciudadanos europeos, que percibirán que las instituciones judiciales nacionales tienen los medios necesarios para dar una respuesta rápida, a través de una red de telecomunicaciones moderna y segura.

Tanto Eurojust como el sistema judicial de los Estados miembros podrán basarse en la estructura de la Red Judicial Europea, de manera que ya no habrá excusas que justifiquen la falta de la necesaria información. Como ponente alternativo del Partido Popular Europeo, doy las gracias a Silvia-Yvonne Kaufmann por su trabajo y por el modo en que hemos sido capaces de hallar soluciones conciliatorias.

 
  
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  Evelyne Gebhardt, en nombre del Grupo del PSE. – (DE) Señora Presidenta, Ministra, Comisario, me complace sobremanera que hoy tengamos ocasión de debatir juntos un paquete de importancia tal y que mañana podamos adoptar las decisiones correspondientes sobre la base de una gran mayoría. En particular, desearía dar las gracias a las dos ponentes, las señoras Kaufmann Weber, de las que fui ponente alternativa, por su excelente cooperación, la cual fue un presupuesto fundamental para poder producir un trabajo de tal calidad.

Un buen trabajo es esencial en este ámbito y también estoy muy satisfecha de que, en lo que atañe a la Red Judicial Europea (RJE), el resultado logrado nos permita llevar adelante el trabajo que ya se ha hecho. Una buena cooperación entre juristas, magistrados y autoridades competentes en los Estados miembros es esencial si en verdad pretendemos crear ley y justicia para nuestros ciudadanos, y eso, a fin de cuentas, es lo que deseamos hacer.

Estoy particularmente satisfecha, en este contexto, de que por fin hayamos establecido una cooperación entre la RJE y Eurojust sobre una base formal y de que hayamos entablado enlaces que no pueden por menos de ser productivos y a los que nos podemos sino dispensar una buena acogida. Sin embargo, ya que cada vez se procede al intercambio de volúmenes mayores, la protección de datos adquiere, por supuesto, una importancia cada vez mayor, y ello se aplica a la seguridad de las telecomunicaciones y, asimismo, al intercambio de estos datos. Estoy por consiguiente muy satisfecha de que, en apariencia, el Parlamento, la Comisión y el Consejo estén de acuerdo en este punto, y nuevamente, se trata de un aspecto que no puedo por menos de acoger con agrado.

Me complace igualmente que mañana vayamos a aprobar todos los informes por una gran mayoría, pues esta ampliación que hemos propuesto —y que espero cuente con el aval de la Comisión y del Consejo—, esta aportación del Parlamento Europeo que hemos de agradecer a la señora Weber, a saber, que la explotación sexual de niños o la pornografía infantil se incorporen en adelante como delitos, lo que no sucedía anteriormente, constituye, es, en mi opinión, un tema muy importante para nuestra sociedad, un tema que merece mi aplauso.

Una cuestión particularmente importante para el Grupo Socialista en este contexto —y con respecto al que, asimismo, creo que se ha hallado una solución— consiste en garantizar que, en este ámbito, se trate no sólo la delincuencia organizada sino, asimismo, la delincuencia grave. Me parece importante que no tengamos que aportar datos probatorios de que, en primer lugar, la delincuencia organizada existe, sino que, mediante el intercambio de información, podamos demostrar que dichas actividades de delincuencia organizada pueden estar dándose en un lugar cualquiera. Ello puede ser un requisito previo básico. Pienso que se ha producido un pequeño malentendido entre los grupos al respecto y ha sido mi deseo tratar de aclararlo. Espero y deseo que podamos avanzar de una manera positiva y acogeré tal avance con gran satisfacción.

 
  
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  Sarah Ludford, en nombre del Grupo ALDE. – Señora Presidenta, cuando nuestros Jefes de Gobierno se reunieron hace casi un decenio en Tampere para establecer las directrices principales de la política de justicia penal de la UE, recalcaron acertadamente que los ciudadanos europeos tenían derecho a esperar que la Unión garantizara que los delincuentes no tendrían lugares donde esconderse. Por ello, los Demócratas y Liberales por Europa han apoyado sistemáticamente medidas como la orden de detención europea, a diferencia de los conservadores británicos, que no se cansan de hablar de la ley y el orden mientras rechazan los instrumentos de cooperación de la UE.

Esas medidas también explican que se justifique el fortalecimiento de la capacidad de los fiscales nacionales de colaborar con Eurojust para llevar a los principales delincuentes ante la justicia. Es legítimo garantizar su disponibilidad durante las 24 horas y otorgarles mayores competencias, de modo que se ejecuten resoluciones dictadas por aquéllos tales como las órdenes de búsqueda y captura en sus propios Estados miembros o las relacionadas con la obtención de acceso a sus propias bases de datos penales nacionales.

Desde luego, existe asimismo margen para la clarificación y la simplificación de las normas relativas a cuándo se reconocerán las sentencias dictadas en rebeldía, sin la presencia del acusado, aunque ello no debe dar lugar a una relajación de las prácticas conforme a la que no se ponga interés suficiente en tratar de informar al acusado. No desearía que cada Estado miembro imitara a Italia en lo que atañe al preocupante volumen de juicios en rebeldía que se celebra en este país.

Cuando pregunté a la Comisión, hace unos meses, la institución recalcó el equilibrio de la iniciativa, que potencia los derechos fundamentales de los ciudadanos al tiempo que fomenta el principio de reconocimiento mutuo. Sin embargo, organismos como la Asociación Europea de Abogados Penalistas, el Consejo de la Abogacía Europea y Fair Trials International han expresado temores con respecto a las deficientes garantías que se ofrecen a los acusados.

La Ministra representante de la Presidencia ha recalcado y prometido que el Consejo evaluará con atención las enmiendas presentadas por el Parlamento. Estoy segura de sus buenas intenciones, pero mi respuesta es: no es bastante. Se margina a los diputados al PE, elegidos de manera directa, en las decisiones sobre la legislación comunitaria en materia de justicia transfronteriza. Hasta que no consigamos el Tratado de Lisboa entre en vigor, dicha legislación seguirá perteneciendo en su mayor parte al ámbito decisorio de los funcionarios nacionales, lo que representa una gran parte del motivo por el cual la segunda parte del acuerdo, que ha cumplido diez años, y que prometió potenciar determinadas disposiciones del ámbito de la justicia en los Estados miembros, como las buenas normas en materia de protección de datos, y reforzar los derechos de los acusados, tales como el relativo a la asistencia jurídica, la traducción y la imposición de fianza, no se ha cumplido. Hasta que no consigamos una política de justicia comunitaria democrática en lugar de tecnocrática, una justicia verdaderamente equilibrada, entre la captura de los delincuentes y la garantía de unos juicios justos, el apoyo a las medidas que tratamos ahora habrá de brindarse con reservas.

 
  
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  Kathalijne Maria Buitenweg, en nombre del Grupo Verts/ALE. – (NL) Señora Presidenta, sé que nunca se me podrá acusar de ser «tory», pese a que también he votado en contra de la orden de detención europea. El motivo de ello no consiste en que me oponga a la extradición y a que un país entregue sospechosos a otro. En realidad, estoy muy a favor de ello. Mi problema, en esta ocasión, ha consistido en que, a mi juicio, no hemos establecido una normativa adecuada en lo que atañe a los derechos de los presuntos delincuentes y que deberíamos haberlo hecho de manera simultánea. Los derechos procesales de los acusados no se han reglamentado. A pesar de la energía empleada en este asunto y de las excelentes propuestas que vamos a debatir hoy, que también apoyo, seguimos sin aprobar una propuesta que lleva años sobre la mesa y que es un elemento crucial para generar confianza entre Estados miembros y, por ende, también para facilitar la extradición.

Me complacería mucho que la Ministra Dati confirmara que la propuesta citada también le parece crucial para nuestra cooperación europea y nos expusiera en qué puntos sigue bloqueada en el Consejo y si existe alguna posibilidad, durante el transcurso de esta enérgica Presidencia francesa, de lograr cualquier avance con respecto a este tema de los derechos de los acusados. El hecho es que se trata de un asunto verdaderamente fundamental para facilitar la extradición.

En lo que respecta a las resoluciones en rebeldía, es positivo que se apliquen a la extradición unos requisitos con arreglo a su formulación actual. Lo que hemos de preguntarnos, pues, es: ¿son suficientes? A partir del acuerdo político en el Consejo cabría deducir que un acusado debe poder optar a una revisión de la causa o que basta con la posibilidad de recurrir. ¿Puede asegurar la Ministra Dati que todas las personas tendrán derecho a una revisión de su causa? Después de todo, un recurso no proporciona todas oportunidades y todas las opciones de que se gozan si se celebra un juicio completamente nuevo. Así pues, me complacería mucho saber si las personas tendrán en verdad derecho a un juicio completamente nuevo y no sólo a interponer un recurso.

El siguiente es el último punto que expondré, y seré breve: se oye hablar mucho de lo que sería necesario para facilitar el trabajo de las autoridades de investigación. Sin embargo, se oye muy poco —o bien cuanto se expone está poco organizado— acerca de cuál es la situación en cuanto a las lagunas en el ámbito de la defensa, tales lagunas que se deben, precisamente, a la cooperación europea. Espero que acabemos creando un grupo de expertos en materia derechos europeos, un grupo de defensa de los derechos, a través del que podamos evaluar las lagunas existentes en el ámbito de la defensa y hallar soluciones al respecto de manera conjunta.

 
  
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  Gerard Batten, en nombre del Grupo IND/DEM. – Señora Presidenta, a continuación citaré un ejemplo concreto de las consecuencias de un sistema judicial europeo integrado «de talla única».

Un hombre de 19 años de edad residente en Londres, Andrew Symeou, se enfrenta a un proceso de extradición a Grecia acusado de homicidio. El señor Symeou afirma que no tiene absolutamente nada que ver con el crimen en cuestión. Las pruebas en su contra son poco fiables, se basan en una identificación dudosa y en declaraciones de sus amigos presuntamente extraídas a la fuerza por la policía griega.

Un tribunal británico debería evaluar dichas pruebas antes de aprobar la extradición. Sin embargo, con arreglo a una orden de detención europea, un tribunal británico no tiene ya derecho alguno a examinar las pruebas preliminares para llegar por sí mismo a la conclusión de que la extradición está justificada y no está facultado para impedirla.

La orden de detención europea significa que los ciudadanos británicos ya no gozan, de hecho, del amparo de la ley frente a arrestos y detenciones arbitrarios, según establece la Magna Carta. Ello no redunda en favor de la justicia que la víctima o el acusado merecen.

 
  
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  Panayiotis Demetriou (PPE-DE).(EL) Señora Presidenta, permítame ante todo que felicite a la Presidencia eslovena y a los otros trece países que han respaldado esta propuesta que hoy se presenta ante nosotros. Representa una aportación significativa al tema de la justicia en la UE.

Permítame asimismo que felicite a los tres ponentes, la señora Kaufmann, la señora Weber y el señor França, por su excelente y metódico trabajo. Básicamente, han aprobado la propuesta con las enmiendas que el Consejo y la Comisión están a punto de adoptar. Me ha alegrado saber que será así y me congratulo de ello.

Estaría aún más satisfecho si hoy se nos hubiera sometido asimismo, para su aprobación, la propuesta relativa a la adopción de los derechos procesales mínimos de sospechosos y acusados. Los esfuerzos se habrían completado así. Por consiguiente, insto a la Comisión y al Consejo a que presenten dicha propuesta cuanto antes.

Como ponente alternativo de la propuesta sobre Eurojust, debo decir que estoy satisfecho con el fortalecimiento de este organismo. Cuando se fundó, parecía ser la típica institución con muy escasas perspectivas y mínima utilidad. Los hechos han demostrado que dicha presunción era falsa: su utilidad ha quedado demostrada, al igual que la necesidad de seguir fortaleciéndola.

No necesito referirme a lo que los oradores anteriores y los ponentes han dicho acerca de la ampliación de este organismo; me limito a aplaudir su reforzamiento.

Estas propuestas conducen indudablemente a un progreso útil en pos del desarrollo de la justicia, la libertad y la seguridad. Sin embargo, deben adoptarse medidas más radicales. Debemos superar el obstructivo planteamiento nacionalista y aplicar un concepto más amplio de la justicia en el espacio europeo. Entonces podremos afirmar que la justicia es realmente la misma en toda la UE.

Espero que ello suceda con la adopción del Tratado de Lisboa.

 
  
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  Daciana Octavia Sârbu (PSE).(RO) En primer lugar quisiera felicitar a los ponentes.

En los últimos años, la actividad de la Red Judicial Europea y de Eurojust ha resultado sumamente importante y útil en el ámbito de la cooperación judicial en los asuntos penales.

La adopción de la Decisión del Consejo sobre la Red Judicial Europea, así como de la Decisión sobre el fortalecimiento de Eurojust, es necesaria para que la actuación de las dos estructuras sea cada vez más inmediata, habida cuenta de que la movilidad de las personas y de la delincuencia transfronteriza han aumentado significativamente a lo largo de los últimos años.

Las dos estructuras deben cooperar y complementarse.

La creación de puntos de contacto que actúen como corresponsales nacionales en cuanto a la coordinación de la actividad de la Red Judicial Europea, así como la creación de un sistema de coordinación nacional en Eurojust, son importantes para garantizar un flujo permanente de información mutua, así como para dirigir a las autoridades nacionales bien hacia la Red Judicial o bien hacia Eurojust, según el caso concreto de que se trate.

Una información estructurada, facilitada a su debido tiempo, es esencial para garantizar la eficacia de la actividad de Eurojust. Debería prestarse mayor atención a la creación de una red especial de comunicaciones para la transmisión de los datos personales. Es de suma importante asegurar la protección adecuada de los datos en la actividad de las dos estructuras.

 
  
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  Mihael Brejc (PPE-DE).(SL) La naturaleza del informe del señor França parecía ser, a primera vista, más jurídica y técnica que concreta. Sin embargo, se ha puesto de manifiesto que algunos Estados miembros no están en absoluto familiarizados con esta institución jurídica. Este informe también ha expuesto las diferencias entre los sistemas penales anglosajones y continentales. Es, por consiguiente, lógico que algunas de sus Señorías se opongan al informe. Desde luego, ello no implica que los temas no sean importantes.

Nosotros, en el Grupo del Partido Popular Europeo (Demócratas Cristianos) y Demócratas Europeos, somos de la opinión de que el derecho ser juzgado es un derecho político fundamental. Sin embargo, ha habido casos en los que el acusado no ha asistido al juicio y en los que, no obstante, el tribunal ha dictado sentencia. Las sentencias dictadas en rebeldía en un país no se reconocían, hasta la fecha, en otro Estado miembro. Esta Decisión marco garantiza que tales sentencias también podrían ejecutarse en otros Estados miembros de la Unión Europea, en ciertas condiciones, desde luego, una de las cuales es, en nuestra opinión, que se haya citado al acusado a comparecer ante el tribunal de un modo correcto y que, a pesar de haber sido citado por las autoridades judiciales, aquél no haya comparecido. La evasión de la justicia es común y una persona condenada legalmente en un país de la Unión Europea no debe poder pasearse plácidamente por las calles de otro Estado miembro.

Nosotros, en el Grupo del PPE-DE, somos de la opinión de que el ponente ha sabido armonizar las enmiendas y elaborar un informe equilibrado, motivo por el que querría darle mi enhorabuena.

También me gustaría formular el siguiente comentario: es correcto y adecuado que garanticemos que se den las condiciones para celebrar un juicio justo, pero también debemos tener cuenta a las víctimas de los actos delictivos.

 
  
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  Philip Bradbourn (PPE-DE). – Señora Presidenta, tomo la palabra para referirme exclusivamente al informe França sobre el reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas en rebeldía. El propio concepto de esta propuesta es ajeno a muchos sistemas judiciales de los Estados miembros, especialmente a los que tienen un sistema jurídico basado en el derecho consuetudinario.

En el Reino Unido llevamos siglos desarrollando nuestro sistema jurídico, que se basa en el concepto del hábeas corpus y en el derecho del acusado no a ser juzgado a menos que tenga la oportunidad de defenderse. Este principio se consagra en el conocido documento que tengo conmigo —la Magna Carta de 1215— que garantiza tal derecho en mi país desde hace 800 años. El reconocimiento de las sentencias en rebeldía atenta por completo contra los ideales básicos de este documento histórico.

El que una sentencia se dicte en un Estado miembro y posteriormente se reconozca en otro, tras haberse emitido una orden de detención europea, plantea dudas con respecto a si se ha celebrado un juicio justo. La organización Fair Trials International, en su documento sobre esta propuesta, refleja mis inquietudes y destaca —y cito— «la gran preocupación que plantea la cuestión del procedimiento de extradición que se seguirá». Señorías, les conmino a que analicen seriamente lo que se ha propuesto y a que piensen en el modo en que afectará a sus electores y al derecho de éstos a un juicio justo.

 
  
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  Jim Allister (NI). – Señora Presidenta, ninguna persona en sus cabales desea facilitar vida de los delincuentes pero a nosotros nos corresponde velar por que la justicia en Europa no se reduzca al mínimo común denominador. Y con una gama tan amplia de procedimientos judiciales, garantías y procesos en toda la UE, la pretensión de lograr la equivalencia judicial entraña, a menudo, precisamente eso.

En el Reino Unido, nuestro sistema jurídico basado en el derecho consuetudinario es muy diferente en cuanto a la práctica, los antecedentes y los procesos al sistema de nuestros vecinos continentales. Así, cuando veo informes que se basan en la fusión por la fusión de prácticas, he de mostrarme preocupado.

Me referiré al informe sobre el reconocimiento mutuo de las resoluciones dictadas en rebeldía. Francamente, no creo que haya equivalencia entre las minuciosas precauciones judiciales que se toman en el Reino Unido antes de condenar a alguien en rebeldía y el planteamiento a mi juicio mucho menos formal que se aplica, por ejemplo, en Grecia o en Bulgaria. Por consiguiente, no estoy de acuerdo con que la sentencia dictada contra el elector británico de mi circunscripción condenado allí en rebeldía haya de reconocerse de manera automática en el Reino Unido.

 
  
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  Jean-Paul Gauzès (PPE-DE).(FR) Señora Presidenta, Comisario, deseo sencillamente dar la enhorabuena a los ponentes y, asimismo, a la Presidencia del Consejo por los resultados logrados en esta etapa de debate y preparación de los textos. Muchos de nuestros ciudadanos cuestionan el valor añadido de Europa en sus vidas cotidianas. Con relación a la justicia, cualquier medida para mejorar este servicio público vital es susceptible de mejorar la percepción de la utilidad de Europa con relación a la seguridad de sus ciudadanos. A este respecto, es particularmente importante garantizar que las resoluciones dictadas puedan ejecutarse en toda Europa y eliminar los obstáculos a su cumplimiento dentro del territorio de la UE. Tal es el objetivo de los textos propuestos. En el respeto de las libertades públicas, estas medidas reforzarán la eficacia de las resoluciones dictadas por los tribunales nacionales.

 
  
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  Kathalijne Maria Buitenweg (Verts/ALE). – Señora Presidenta, tomo la palabra para responder a los escépticos británicos, ya que estoy de acuerdo con ellos en que no debemos basar la legislación en el mínimo común denominador. La cuestión es, sin embargo, que tendrán que reflexionar sobre el modo en que desean legislar, ya que si estamos de acuerdo en nuestra voluntad de contar con un planteamiento común para capturar delincuentes, no pueden pretender legislar por unanimidad. Tal es el motivo de que todo esté bloqueado en el Consejo.

También espero contar con su ayuda a la hora de plantear un proceso de toma de decisiones con votación por mayoría cualificada, ya que, de otro modo, quedaremos bloqueados. O bien se aíslan y se abstienen de cooperar en el ámbito de la justicia, o bien pasamos a aplicar el procedimiento de votación por mayoría cualificada, ya que éste representa la única manera de que podamos elaborar una legislación oportuna y provechosa.

 
  
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  Jacques Toubon (PPE-DE).(FR) Señora Presidenta, debo insistir en lo que señora Buitenweg acabar de indicar. La cuestión que plantean estos textos, al igual que todos los avances logrados en este ámbito a lo largo de los veinte últimos años, es muy sencilla: ¿en la Unión Europea —según ha declarado mi colega Jean-Paul Gauzès— tenemos en cuenta, en primer lugar, los intereses de las personas, de los particulares honrados, o los intereses de los Estados y los mecanismos de Estado? Está claro que la construcción europea —y puede lamentarse pero es una realidad y una realidad positiva en el mundo de hoy— consiste en garantizar que los mecanismos de Estado de los 27 Estados miembros no puedan, como sucede desde hace mucho tiempo, primar sobre los intereses de los ciudadanos y, en particular, sobre los intereses en materia de seguridad. Esta es la finalidad última del proyecto europeo, de otro modo no habría proyecto europeo alguno. Así pues, hemos de brindar apoyo al Consejo y a estas tres propuestas.

 
  
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  Rachida Dati, Presidenta en ejercicio del Consejo. − (FR) Señora Presidenta, Señorías, sus palabras esta tarde son testimonio de la gran importancia que conceden a estos tres textos. También muestran su compromiso con que los avances en materia de cooperación judicial, en particular sobre asuntos penales, se conjuguen de manera exigente y, según han señalado ustedes, en observancia de los derechos fundamentales. Este requisito doble es esencial, ya que forma la misma condición para la construcción del espacio judicial europeo, ya que todos nosotros tenemos diferentes sistemas jurídicos y aun diferentes organizaciones jurídicas. Las garantías dadas en cuanto al funcionamiento de Eurojust y la Red Judicial Europea, al igual que las que se ofrecerán en el marco de la ejecución de las resoluciones dictadas en rebeldía, obedecen claramente a una lógica idéntica. Por consiguiente, desearía dar las gracias a la Comisión Europea y a Jacques Barrot, en particular, por el apoyo brindado a la Presidencia. Como han indicado, numerosos elementos de estos informes fueron acordados por el Consejo, finalmente, casi por unanimidad. Según han indicado asimismo, tenemos mucho por hacer y habremos de llevar a cabo dicho trabajo juntos.

También quiero dar las gracias a Sylvia Kaufmann por su informe y su discurso de hoy, ya que la evaluación de la Red Judicial Europea es un paso importante en la mejora de la cooperación judicial en asuntos penales. Debe señalarse que esta Red ha sido importante y eficaz. Señora Kaufmann, hoy ha vuelto usted a recalcar acertadamente los vínculos entre Eurojust y la Red Judicial Europea. Su desarrollo va de la mano; dicha cuestión también se planteó en multitud de ocasiones durante el último Consejo Europeo.

También quiero dar las gracias a Renate Weber por su informe y por la importante contribución que ha efectuado. Su discurso en Toulouse sobre este tema fue brillante. Señora Weber, debo agradecerle a usted, asimismo, la acogida que me ha dispensado. Sé que ha llevado usted a cabo un trabajo notable junto todas las otras personas involucradas en Eurojust. Se ha referido asimismo al Tratado de Lisboa. Comprendo que habría preferido trabajar en otro marco institucional pero debemos, sin embargo, avanzar sobre la base de la legislación vigente, ya que ésta es la que se aplica a todas las instituciones europeas.

Señor França, en su discurso ha destacado la necesidad de adoptar un único marco para la ejecución de las resoluciones dictadas en rebeldía. Tiene usted razón en plantear este punto y es un modo de que nuestros sistemas judiciales demuestren su eficacia.

Señora Gebhardt, existe una necesidad vital de cooperación entre todos los protagonistas políticos y judiciales, ya que el reto a que se enfrenta la cooperación judicial en asuntos penales en Europa consiste en aprender a colaborar para combatir eficazmente todas las formas de delincuencia. Sé que usted es una exigente valedora de esta cooperación.

Desearía responder ahora a aquellos de ustedes que tienen dudas acerca de la Europa de la justicia y que temen que estemos poniendo en peligro los derechos fundamentales. Es verdad que, durante la Presidencia alemana, no pudimos llegar a un acuerdo sobre las garantías procesales mínimas. En respuesta, debo decir que la Decisión marco sobre las resoluciones dictadas en rebeldía contempla el derecho a una revisión de la causa, que es una garantía fundamental. Jueces, fiscales generales y profesionales del Derecho y de la justicia que cooperan diariamente aguardan con ansia el resultado de este proceso, al igual que las víctimas que padecen unas formas de delincuencia que se adaptan y cambian de manera continua. Debemos demostrar que estamos a la altura de estas exigencias e implantar herramientas eficaces y útiles. Debemos construir una Europa que proteja a sus ciudadanos dentro de dicho espacio judicial.

La Presidencia sabe que puede contar con su pleno apoyo a estos tres textos. Quisiera expresar su reconocimiento por ello y dar las gracias a todos los que hoy han mostrado interés en estos temas.

 
  
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  Jacques Barrot, Vicepresidente de la Comisión. − (FR) Señora Presidenta, desearía adherirme a los elogios y agradecimientos expresados por la señora Dati, que preside el Consejo JAI durante la Presidencia francesa. Debo decirle a la señora Kaufmann que tiene razón en insistir en la protección de los datos. También debo recordarle que la propuesta de Decisión marco sobre la protección establece, en realidad, normas detalladas que también se aplicarán al intercambio de información entre los puntos de contacto de la Red Judicial Europea, aunque es cierto que, cuando menos, procede que estemos seguros.

También debo aclararle a la señora Weber que, en efecto, para garantizar el éxito de estos textos, es muy importante, claro está, la confianza entre los Estados miembros y de éstos en los organismos de la UE. Señora Weber, creo que ha hecho usted unas afirmaciones muy firmes al respecto.

El señor França ha demostrado claramente la importancia del texto sobre la aceleración de la ejecución de las resoluciones, del que era ponente. Lo ha hecho de un modo equilibrado, que debo destacar, mostrando que existirá la posibilidad de que se inicie un nuevo proceso, tal como acaba de aclarar la señora Dati, y que, evidentemente, se garantizará el derecho de defensa. Debo responder a la señora Buitenweg y al señor Demetriou a propósito de los derechos procesales. Considero que los derechos procesales son sumamente importantes para el desarrollo del espacio común de libertad, seguridad y justicia. La Comisión se sintió decepcionada de que no pudiera alcanzarse un acuerdo el año pasado a propósito de nuestra propuesta de Decisión marco sobre los derechos procesales. Estamos evaluando ahora las iniciativas que podrían emprenderse en este ámbito en un futuro próximo. Estoy resuelto a lograr avances en esta área, acaso a través de la presentación de una nueva propuesta sobre derechos procesales. Sea como fuere, pueden estar seguros de que este asunto está recibiendo toda mi atención.

También debo decirle a la señora Gebhardt, aunque creo que la señora Dati ha ya ha dado una respuesta al respecto, que nos estamos refiriendo a nuevas formas de delincuencia grave que quizás no corresponden a la definición excesivamente estricta de delincuencia organizada. La delincuencia grave también debe ser uno de los aspectos de esta cooperación judicial que tanto deseamos.

No tengo mucho más que añadir, aparte de reiterar lo que Jacques Toubon ha indicado, a saber, que debemos considerar los intereses de los acusados europeos y los intereses de todos de nosotros y de nuestros compatriotas para conseguir que esta cooperación judicial resulte cada vez más eficaz, en observancia, desde luego, de los derechos humanos.

En cualquier caso, también yo desearía dar las gracias al Parlamento por la calidad de su contribución a este importante debate, que representará un avance muy positivo en el desarrollo del espacio judicial europeo.

Señora Presidenta, señora Dati, gracias por haber animado a este Consejo Europeo, que ha sido capaz de lograr un consenso en este ámbito y alcanzar acuerdos políticos.

 
  
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  Renate Weber, ponente. − Señora Presidenta, desearía pronunciar unas palabras, en mi calidad de ponente alternativa de los otros dos informes, y dar las gracias a la señora Kaufmann por su cooperación y al señor França por su trabajo. Se han presentado 57 enmiendas de transacción al informe, lo que testimonia en cierta medida el trabajo que le hemos dedicado.

En cuanto al informe sobre las resoluciones dictadas en rebeldía, probablemente el aspecto más delicado se relaciona con el hecho de que, en algunos Estados miembros, cuando se dictan sentencias en rebeldía, la solución consiste en iniciar un nuevo proceso, lo que respeta plenamente lo establecido en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos (Protocolo nº 7, artículo 2), así como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, mientras que otros países sólo reconocen el derecho de recurso.

Lamentablemente, la propuesta de este informe no trata sobre la armonización de legislación vigente en los 27 Estados miembros. Aunque debemos procurar tener una legislación europea en el futuro, por el momento hemos hecho todo lo posible, al menos al garantizar que, incluso al recurrir, el acusado goce de las garantías procesales con arreglo a lo establecido en los artículos 5 y 6 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos.

Desearía concluir afirmando que el buen funcionamiento del principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales requiere un alto nivel de confianza mutua entre los Estados miembros, y que esta confianza debe basarse en una observancia común de los derechos humanos y los principios fundamentales.

 
  
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  Armando França, ponente. − (PT) Debo agradecer las palabras de la señora Ministra y también las del Comisario y de sus Señorías, tanto de quienes están de acuerdo como de quienes discrepan, ya que estos últimos me dan ocasión, aquí y ahora, de aclarar ciertos puntos.

Sin embargo, en primer lugar quiero aclarar lo siguiente: como diputado de esta Cámara y como abogado y ciudadano, me siento hoy particularmente satisfecho de poder respaldar la propuesta del Consejo y nuestras enmiendas. Espero y deseo que la Decisión marco se apruebe y se aplique. ¿Por qué? Porque la situación en Europa es grave y debemos dar una respuesta sin más demora. Hay muchos acusados ya condenados que están moviéndose libremente por la Unión sin que los tribunales puedan ejecutar las resoluciones dictadas en otros países. Esto es grave en lo que atañe al desarrollo de propia delincuencia y a la seguridad en Europa, por lo que es importante que las instituciones europeas respondan.

La Decisión marco promueve sobre todo el principio de reconocimiento mutuo y nuestras enmiendas, las enmiendas propuestas por el Parlamento, deben leerse de manera articulada: las soluciones propuestas en cuanto la citación de personas, sobre las normas de representación de acusados y sobre la incoación de nuevos procesos o la interposición de recursos. Todas estas soluciones técnicas están interconectadas y, en nuestra opinión, se garantizan los derechos de la defensa de los acusados siempre y en todas las circunstancias.

Sabemos bien, y es preciso que se diga, que lo óptimo es enemigo de lo bueno. En estas circunstancias, la solución que se ha hallado es, en mi opinión, una solución que debemos adoptar. Se trata de un paso adelante de gran importancia, aunque sea un paso pequeño. Según la vieja norma, así se construye la Unión Europea y así se construye Europa.

 
  
  

PRESIDE: MANUEL ANTÓNIO DOS SANTOS
Vicepresidente

 
  
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  Presidente. − Se cierra el debate.

La votación se celebrará mañana.

Declaraciones por escrito (artículo 142)

 
  
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  Carlo Casini (PPE-DE), por escrito.(IT) Es necesario adoptar la propuesta legislativa relativa a las resoluciones dictadas en rebeldía, con el fin de superar la grave disparidad de trato y la enorme discreción otorgada a las autoridades de ejecución de los 27 Estados miembros de la UE.

Estos son los objetivos que la Comisión de Asuntos Jurídicos se fijó al presentar su opinión a la Comisión de Libertades Civiles. Las cuatro enmiendas, aprobadas por unanimidad el pasado mes de mayo y adoptadas en lo fundamental por la comisión responsable para el fondo, tienen el objetivo de asegurar un equilibrio justo entre los derechos fundamentales y las libertades de los ciudadanos y la necesidad de reconocimiento mutuo de las sentencias.

Por consiguiente, se ha vuelto esencial armonizar nuestra justicia penal, mediante la introducción en la propuesta de criterios homogéneos reconocidos por el mayor número posible de países de la UE, con miras a potenciar la claridad jurídica. Se trata de normas mínimas orientadas a combinar la salvaguardia de las garantías de protección del acusado con la necesidad de mantener una cooperación judicial transfronteriza eficaz. No obstante, en ciertos casos se concede al Estado miembro el margen necesario para tener en cuenta los elementos específicos de su propio sistema jurídico.

 
  
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  Athanasios Pafilis (GUE/NGL), por escrito.(EL) El Parlamento Europeo ha votado a favor de la propuesta relativa al reconocimiento mutuo por las autoridades judiciales de los Estados miembros de la UE de las resoluciones dictadas en rebeldía, o sea, de las sentencias se han dictado en otro Estado miembro en ausencia del acusado.

Junto a la orden de detención europea, ello se traduce en que cualquiera puede ser detenido y condenado en cualquier Estado miembro de la UE en el cual se le haya juzgado y condenado en rebeldía, sin que jamás se le haya notificado el proceso incoado en su contra ni tenga constancia de su existencia. El problema es aun mayor en Estados miembros como Grecia, cuyo sistema jurídico, al menos en el caso de los delitos más graves, no reconoce la posibilidad juzgar al acusado en rebeldía. Estas disposiciones menoscaban de manera sustancial el derecho del acusado a un juicio justo. Anulan el derecho del acusado a una defensa real y ya han dado lugar a la vigorosa reacción de los organismos y las asociaciones judiciales de toda la UE.

Cada vez está más claro que la armonización de los sistemas penales de los Estados miembros y la denominada «comunitarización» del Derecho penal que promueve la UE están dando lugar a la vulneración de los derechos soberanos fundamentales y de los derechos de los Estados miembros a determinar sus propias garantías en materia de protección en ámbitos fundamentales como los procesos penales.

 
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