Propuesta de resolución - B7-0477/2013Propuesta de resolución
B7-0477/2013

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN sobre los flujos migratorios en el Mediterráneo, con especial atención a los trágicos sucesos acaecidos en aguas de Lampedusa

16.10.2013 - (2013/2827(RSP))

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 110, apartado 2, del Reglamento

Lorenzo Fontana, Mara Bizzotto, Rolandas Paksas en nombre del Grupo EFD

Véase también la propuesta de resolución común RC-B7-0474/2013

Procedimiento : 2013/2827(RSP)
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B7-0477/2013
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B7-0477/2013
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B7‑0477/2013

Resolución del Parlamento Europeo sobre los flujos migratorios en el Mediterráneo, con especial atención a los trágicos sucesos acaecidos en aguas de Lampedusa

(2013/2827(RSP))

El Parlamento Europeo,

–   Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,

–   Vistos los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales,

–   Visto el Reglamento (UE) nº 1168/2011, de 25 de octubre de 2011, que modifica el Reglamento (CE) nº 2007/2004 del Consejo, por el que se crea una Agencia Europea para la gestión de la cooperación operativa en las fronteras exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (Frontex),

–   Vista la creación de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo,

–   Vista la propuesta de Reglamento por el que se establecen normas para la vigilancia de las fronteras marítimas exteriores en el marco de la cooperación operativa coordinada por la Agencia Europea para la Gestión de la Cooperación Operativa en las Fronteras Exteriores de los Estados miembros de la Unión Europea (COM(2013)0197),

–   Visto el Reglamento por el que se crea el Sistema Europeo de Vigilancia de Fronteras (Eurosur),

–   Visto el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A. Considerando que en los últimos veinte años ha muerto en el mar Mediterráneo un número increíble de personas (más de 20 000);

B.  Considerando que no ha habido solidaridad entre los Estados miembros;

C. Considerando que, por su posición geográfica, Italia es la puerta de entrada a Europa;

D. Considerando que los instrumentos de que dispone la UE en este ámbito, como Frontex, son inadecuados;

E.  Considerando que la UE es el mayor donante de ayuda al desarrollo del mundo;

F.  Considerando que el delito que constituye la inmigración ilegal debería seguir siendo delito, para establecer con claridad la diferencia entre la entrada legal en Europa y la ilegal;

G. Considerando que la tragedia más reciente, acaecida el 3 de octubre de 2013 en aguas de Lampedusa, causó la muerte de cientos de migrantes y la desaparición de otros varios centenares;

1.  Manifiesta su preocupación por el número cada vez mayor de personas de terceros países que arriesgan su vida emprendiendo peligrosas travesías en barco por el Mediterráneo para llegar a la UE;

2.  Expresa su profunda tristeza y el mayor pesar por la trágica pérdida de vidas humanas cerca de Lampedusa, e insta a la Unión Europea y a los Estados miembros a hacer más por prevenir la pérdida de vidas en el mar y combatir el tráfico de seres humanos en las fronteras de la Unión;

3.  Pide a la UE y a los Estados miembros que reflexionen sobre esta extraordinaria crisis humanitaria y se comprometan a adoptar medidas eficaces para evitar la repetición de tragedias de esta magnitud;

4.  Pide a la UE y a los Estados miembros que examinen un nuevo planteamiento del problema de la inmigración;

5.  Señala que sin una política de inmigración seria y eficaz sigue existiendo la posibilidad de que se practique el tráfico de seres humanos y sucedan nuevas tragedias en nuestros mares;

6.  Recuerda que la práctica más acertada en este ámbito consiste en impedir que las embarcaciones emprendan la travesía y que el mejor modo de conseguirlo es celebrar acuerdos bilaterales con terceros países;

7.  Pide a la UE y a los Estados miembros que ofrezcan ayuda humanitaria, financiera y política sobre el terreno en aquellos países, en particular si están castigados por la guerra;

8.  Pide a la UE y a los Estados miembros que atajen de raíz el fenómeno de la inmigración, fijándose como objetivo la lucha contra la pobreza en los países de origen de los inmigrantes por medio de una aplicación adecuada de los sistemas de ayuda de la UE para dichos países;

9.  Pide a la UE que observe con atención el reparto de las ayudas y que eleve el grado de responsabilidad democrática en relación con las mismas, para que causen efectos beneficiosos y para que una parte de ellas se emplee en la prevención de la inmigración ilegal;

10. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a la Vicepresidenta de la Comisión/Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, a los Parlamentos y a los Gobiernos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas y al Secretario General de la Liga Árabe.