TÍTULO
V
: DE LAS RELACIONES CON LAS DEMÁS INSTITUCIONES Y ÓRGANOS
CAPÍTULO
1
: DE LOS NOMBRAMIENTOS
Artículo
118
: Elección de la Comisión
1.
El Presidente, previa consulta al Presidente electo de la Comisión, invitará a cada uno de los candidatos propuestos por el Presidente electo de la Comisión y por el Consejo para los diferentes puestos de comisarios, en función de sus competencias previsibles, a comparecer ante las comisiones pertinentes. Estas audiencias serán públicas.
2.
El Presidente podrá invitar al Presidente electo de la Comisión a que informe al Parlamento sobre la distribución de las carteras en el Colegio de Comisarios propuesto de acuerdo con sus directrices políticas;
3.
La comisión o comisiones competentes invitarán al Comisario propuesto a realizar una declaración y a contestar preguntas. Las audiencias se organizarán de tal forma que los Comisarios propuestos puedan revelar al Parlamento toda la información pertinente. Las disposiciones relativas a la organización de las audiencias se establecerán en un anexo del presente Reglamento
(1).
4.
El Presidente electo presentará al Colegio de Comisarios y su programa en un Pleno del Parlamento al que se invitará al Presidente del Consejo Europeo y al Presidente del Consejo. La declaración irá seguida de un debate.
5.
Para cerrar el debate, todo grupo político o cuarenta diputados como mínimo podrán presentar una propuesta de resolución. Se aplicarán los apartados 3, 4 y 5 del artículo 123.
Tras la votación de una propuesta de resolución, el Parlamento elegirá o rechazará a la Comisión por mayoría de los votos emitidos.
La votación será nominal.
El Parlamento podrá aplazar la votación hasta la próxima sesión.
6.
El Presidente informará al Consejo de la elección o del rechazo de la Comisión.
7.
Si se produjera durante el mandato un cambio sustancial de cartera en el seno de la Comisión, la provisión de una vacante o el nombramiento de un nuevo Comisario a raíz de la adhesión de un nuevo Estado miembro, se invitará al Comisario o a los Comisarios interesados a comparecer ante la comisión o comisiones responsables de su ámbito de competencias de conformidad con el apartado 3.