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Procedimiento : 2005/2142(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0318/2005

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A6-0318/2005

Debates :

PV 17/11/2005 - 9

Votaciones :

PV 17/11/2005 - 12.4

Textos aprobados :

P6_TA(2005)0445

Textos aprobados
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Jueves 17 de noviembre de 2005 - Estrasburgo
Una estrategia de desarrollo para África
P6_TA(2005)0445A6-0318/2005

Resolución del Parlamento Europeo sobre una estrategia de desarrollo para África (2005/2142(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas de 8 de septiembre de 2000, que establece los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) como criterios establecidos conjuntamente por la comunidad internacional para la eliminación de la pobreza,

–  Vistos los sucesivos informes sobre desarrollo humano elaborados por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo,

–  Visto el informe elaborado por el Grupo de trabajo del Proyecto del Milenio, dirigido por el Profesor Jeffrey Sachs, y titulado "Invertir en el desarrollo: un plan práctico para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio"

–  Visto el informe de marzo de 2005 de la Comisión Económica para África, titulado "Our common interest",

–  Visto el Plan estratégico 2004-2007 de la Comisión de la Unión Africana (UA), aprobado el 7 de julio de 2004 en la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de Addis Abeba (Etiopía),

–  Visto el documento elaborado por dirigentes africanos en octubre de 2001, titulado "Nueva Alianza para el Desarrollo de África" (NEPAD), que fue declarado programa de la UA en la primera Cumbre de esta organización;

–  Visto el Programa de acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD),

–  Visto el Programa de acción europeo para combatir el VIH/sida, la malaria y la tuberculosis a través de la actuación exterior (2007-2011) (COM(2005)0179),

–  Visto el marco político europeo coherente para la actuación exterior en la lucha contra el VIH/sida, la malaria y la tuberculosis,

–  Visto el Informe económico sobre África 2004 de la Comisión Económica para África de las Naciones Unidas, titulado "Desarrollo del potencial de África en la economía mundial",

–  Visto el Plan de acción para África del G8, hecho público el 27 de junio de 2002 por el Grupo de los Ocho en Kananaskis,

–  Visto el Informe de seguimiento de los Representantes Personales para África del G8 sobre la aplicación del Plan de Acción para África, hecho público el 1 de julio de 2005 por el G8 en Londres,

–  Visto el Comunicado de Gleneagles, hecho público el 8 de julio de 2005 por el G8 en Gleneagles,

–  Visto el informe de la Comisión de 29 de octubre de 2004 sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio 2000-2004 (SEC(2004)1379),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, de 12 de abril de 2005, titulada "Acelerar el avance para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio - La contribución de la Unión Europea" (COM(2005)0132),

–  Vista la Declaración sobre la política de desarrollo de la Comunidad Europea, adoptada por el Consejo y la Comisión el 10 de noviembre de 2000 (actualmente en revisión),

–  Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 13 de julio de 2005, titulada "Propuesta de declaración conjunta del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión - La política de desarrollo de la Unión Europea - "El consenso europeo'" (COM(2005)0311),

–  Vistas las Conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de los días 22 y 23 de noviembre de 2004 y de los días 23 y 24 de mayo de 2005, y las Conclusiones del Consejo Europeo de los días 16 y 17 de junio de 2005,

–  Vistos los sucesivos informes de la UNCTAD sobre el desarrollo económico en África,

–  Visto el plan de acción elaborado en la Cumbre África-Europa, celebrada en El Cairo los días 3 y 4 de abril de 2000 bajo los auspicios de la Organización para la Unidad Africana y la Unión Europea,

–  Vista la Declaración UE-EE.UU. titulada "Working Together to Promote Peace, Stability, Prosperity, and Good Governance in Africa", de 20 de junio de 2005,

–  Visto el documento titulado "Why we need to work more effectively in fragile states", publicado en enero de 2005 por el Ministerio de Desarrollo Internacional del Reino Unido,

–  Visto el estudio "Ending Africa's Poverty Trap"(1),

–  Vistos los artículos 177 a 181 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

–  Vistas sus resoluciones de 26 de octubre de 2000 sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la cooperación con los países ACP envueltos en conflictos armados(2), de 25 de abril de 2002 sobre la financiación para el desarrollo(3), de 3 de septiembre de 2002 sobre el comercio y el desarrollo para la erradicación de la pobreza y la seguridad alimentaria(4), de 15 de mayo de 2003 sobre el aumento de las capacidades en los países en desarrollo(5), de 15 de mayo de 2003 sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la contribución de la educación y la formación a la reducción de la pobreza en los países en desarrollo(6), de 3 de junio de 2003 sobre la aplicación de la ayuda macrofinanciera a países terceros(7), de14 de enero de 2004 sobre la Nueva Estrategia de Cooperación para el Desarrollo Africano (NEPAD)(8), de 31 de marzo de 2004 sobre la gobernanza en la política de desarrollo de la Unión Europea(9), de 13 de enero de 2005 sobre la reducción de la deuda de los países en desarrollo(10), de 24 de febrero de 2005 sobre acciones contra el hambre y la pobreza(11), de 24 de febrero de 2005 sobre el programa legislativo y de trabajo de la Comisión para 2005(12), de 28 de abril de 2005 sobre el Informe anual sobre los derechos humanos en el mundo en 2004 y la política de la Unión Europea en materia de derechos humanos(13), y de 6 de julio de 2005 sobre el Llamamiento Mundial a la Acción: Que la Pobreza pase a la Historia(14),

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Desarrollo y las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0318/2005),

A.  Considerando que la UE se ha comprometido a incrementar su nivel de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD) hasta el 0,7 % del PIB en 2015 (0,56 % en 2010) y a asignar al menos el 50 % del aumento al África subsahariana; que el incremento debe ir en paralelo a una mejora de la calidad, la eficacia, la transparencia y la visibilidad de la ayuda,

B.  Considerando que la UE es, con mucho, el mayor donante en África, pero le falta el liderazgo y la visión necesarios para construir un enfoque coherente,

C.  Considerando que, para promover el desarrollo sostenible, los propios Gobiernos africanos son los principales responsables en lo que se refiere a la buena gobernanza, la lucha contra la corrupción y la inversión para reducir la pobreza en sus países; que el principio de propiedad africana es, por lo tanto, fundamental en las relaciones UE-África, pero precisa un enfoque diferente según se trate de Estados que funcionan bien o de Estados frágiles,

D.  Considerando que la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la UA ha aprobado un Plan estratégico en el que se establecen 23 programas prioritarios que deben llevarse a cabo entre 2004 y 2007, lo que constituye una completa hoja de ruta para alcanzar el crecimiento económico y el desarrollo del continente, cubriendo también la sociedad civil y los lazos del continente con la comunidad internacional en lo relativo a la lucha contra la pobreza, la enfermedad, el desempleo y el analfabetismo en África,

E.  Considerando que la Comisión ha puesto en marcha un proceso de consulta con organizaciones africanas en torno a la estrategia que ha propuesto para África, pero lamentando que esta consulta no se haya hecho extensiva a los países ACP o a la sociedad civil africana,

F.  Considerando que en marzo de 2005 se puso en marcha el Consejo Económico, Social y Cultural de la UA (ECOSOCC) con una Asamblea General en la que estaban representadas 150 organizaciones de la sociedad civil africana a nivel nacional y regional y que representaban también a la diáspora africana,

G.  Considerando que la reducción de la pobreza a través de la consecución de los ODM debe ser la piedra angular de la política de desarrollo de la UE, y, por consiguiente, de toda estrategia de la UE para África, incluidos los ámbitos de paz y seguridad y de fortalecimiento de la autonomía económica,

H.  Considerando que las estrategias para la reducción de la pobreza en África deben abordar las numerosas y complejas causas de la pobreza, algunas de las cuales están relacionadas con situaciones internas de África y otras con la forma en que funciona la comunidad internacional de donantes; que, por consiguiente, la nueva estrategia para África debería abordar las causas de la pobreza, dando prioridad a los esfuerzos nacionales por erradicar la pobreza como parte de un enfoque internacional organizado y coordinado,

I.  Considerando que los costes de la discriminación por razón de género son más elevados en el caso de los países con bajo nivel de renta, ya que las mujeres se encuentran en el corazón del desarrollo, atienden y mantienen a sus familias y desempeñan un papel fundamental en las economías rurales y la producción de alimentos, pero a menudo carecen de acceso a la educación, la atención sanitaria básica, particularmente, a los cuidados de la salud reproductiva, y al sistema económico y los derechos de propiedad,

J.  Considerando que la eficacia de la ayuda al desarrollo de la UE depende en gran medida de la coordinación y el liderazgo en las diferentes políticas, regiones y países, tanto entre los Estados miembros y la Comisión, como entre los propios Estados miembros, y de una mayor coherencia entre otras políticas de la UE y la política de desarrollo,

K.  Considerando que el Acuerdo de Asociación ACP-UE firmado en el año 2000 en Cotonú (Acuerdo de Cotonú) es una cooperación a largo plazo en curso, con un marco que ofrece una amplia gama de principios, políticas e instrumentos para la erradicación de la pobreza,

L.  Considerando que una estrategia para África debería estar orientada hacia el progreso económico del conjunto del continente, pero que la mayoría de los Estados africanos son frágiles y padecen inestabilidad estructural y, por lo tanto, ni atraerán la inversión ni desarrollarán un sector privado, por lo que esta estrategia para África debería tener un enfoque especial de las necesidades de los Estados frágiles a fin de evitar que sigan sumiéndose en la pobreza y la violencia, con la consiguiente desestabilización de sus vecinos,

M.  Considerando que hay dificultad en muchos países africanos para absorber la ayuda básica al desarrollo en ámbitos como la educación, la salud, la gestión pública y la administración; que, por lo tanto, son necesarias una buena y eficaz gobernanza, la erradicación de la corrupción y la formación eficaz de recursos humanos,

N.  Considerando que la mayoría de los países africanos gastan más en devolver la deuda que en servicios sociales básicos; que, no obstante, el alivio de la deuda no es una panacea y, de por sí, no crea recursos, ni reduce la pobreza o fomenta el desarrollo,

O.  Considerando que hay una gran diversidad de culturas africanas y que el desarrollo no puede realizarse sin una comprensión adecuada de las culturas, incluido el papel de las comunidades religiosas y étnicas,

P.  Considerando que en la mayoría de los países africanos, el diálogo entre las autoridades gubernamentales y la sociedad civil sigue siendo difícil, lo que obstaculiza el proceso de democratización,

Q.  Considerando que, para ser creíble, responsable y transparente, la Estrategia para África debe incluir también un plan de acción detallado de puesta en práctica, con un calendario claro, una indicación pormenorizada de los medios y los recursos financieros que se movilizarán (incluidos los compromisos financieros de los Estados miembros), una indicación de los diferentes niveles de intervención (local, nacional, regional, panafricano) y sus funciones respectivas, y una indicación de un mecanismo genuino de seguimiento conjunto para evaluar los progresos (con participación del Parlamento Europeo y de la UA),

Principios e instituciones

1.  Subraya que la UE debe desarrollar un enfoque diferenciado, distinguiendo entre asociaciones de cooperación en materia de estabilidad política, social y económica para los Estados que funcionan bien, y asociaciones con vistas a la estabilidad estructural para los Estados frágiles;

2.  Subraya que la UE debe acercarse a los Estados que funcionan bien considerándolos como socios iguales en una relación basada en la plena implicación, a fin de permitirles maximizar los esfuerzos para alcanzar los ODM (por ejemplo, mediante un apoyo presupuestario y sectorial), y que el acercamiento a los Estados frágiles debe hacerse en el marco de una relación basada en cierto nivel de implicación y utilizando instrumentos políticos compatibles con las circunstancias reinantes; toma nota de que la ayuda presupuestaria, especialmente en los Estados frágiles, puede favorecer el gasto militar, prolongando de esa forma los conflictos; siempre que sea posible, la Comisión y los Estados miembros deben esforzarse por recorrer el espectro que va desde la ayuda a proyectos a los enfoques sectoriales y de estos al apoyo presupuestario directo;

3.  Reconoce que los esfuerzos de la comunidad de donantes deben contribuir a completar el cambio y el impacto de la renovada autoconfianza africana manifestada en las instituciones creadas recientemente (la UA y las organizaciones regionales); reitera que la voluntad política, en los países donantes y en África, es el factor clave para lograr los ODM;

4.  Celebra, a este respecto, el Plan estratégico 2004-2007 de la Comisión de la UA e insta a la Comisión Europea a que dirija las acciones propuestas en su propia estrategia hacia el apoyo financiero, logístico, técnico y en términos de recursos humanos a las instituciones de la UA y las iniciativas y prioridades elaboradas por ellos (como la NEPAD), en lugar de proponer nuevas iniciativas impulsadas por los donantes y estructuras paralelas;

5.  Hace hincapié en que una estrategia integrada de la UE para África debe abordar asimismo la falta de coherencia entre otras políticas y la política de desarrollo, e indicar de qué manera otras políticas pueden contribuir (tanto en términos de establecimiento de políticas como en términos de financiación) a la aplicación del plan de desarrollo estratégico, destinado a la erradicación de la pobreza, para el continente;

6.  Celebra el compromiso de los Estados miembros con el objetivo AOD del 0,7 % y anima a la Comisión y al Consejo a que hagan un seguimiento de los esfuerzos por lograrlo; pide asimismo que se estudien constantemente fuentes innovadoras de financiación capaces de aportar fondos tan necesitados más allá del 0,7 %;

7.  Destaca que, entre las cuestiones para hacer frente a la falta de coherencia, se encuentran también las relativas a las subvenciones a la exportación, la ayuda vinculada, la carga de la deuda, los créditos a la exportación y el uso comercial de la ayuda alimentaria;

8.  Pide una mayor coordinación de la ayuda comunitaria, no sólo entre las estrategias y acciones de ámbito nacional y comunitario, sino también entre los propios Estados miembros, a fin de evitar la fragmentación y la duplicación de la ayuda, y permitir que la UE asuma el papel de liderazgo mundial que debería desempeñar en la lucha contra la pobreza;

9.  Insiste en la necesidad de incorporar el Fondo Europeo de Desarrollo al presupuesto, lo que permitiría una mejor utilización de los fondos y la reducción del diferencial entre créditos de compromiso y de pago;

10.  Subraya, en este contexto, que la Comisión no debe posicionarse simplemente como el 26º donante de ayuda de la UE, sino que debe imponerse ante todo como punto de referencia autorizado para garantizar la coordinación y la complementariedad de las ayudas, en el marco de un programa común inspirado en el "consenso europeo", y pide que se intensifiquen los esfuerzos, con carácter prioritario, para identificar el valor añadido de la ayuda comunitaria y para identificar al o a los principales donantes de la UE por temas específicos y por países socios;

11.  Pide que se establezcan los mecanismos necesarios para poner en práctica una hoja de ruta en materia de coherencia, coordinación y complementariedad, que intensifique la eficacia de la cooperación al desarrollo de la UE;

12.  Pide a la Comisión que apoye plenamente el impulso hacia la armonización entre los donantes, de acuerdo con la Declaración de París sobre la eficacia de la ayuda al Desarrollo, de 2 de marzo de 2005, del Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE, que destaca que una parte muy importante de la agenda de la armonización consiste en que la asistencia prestada por los donantes se alinee firmemente con prioridades fijadas a nivel local; destaca que prestar ayuda a través de sistemas locales es un modo de mejorar las instituciones locales y de hacerlas responsables;

13.  Acoge con satisfacción la creación de unidades específicas en la Secretaría de la UA como instrumento para acelerar y mejorar las políticas de desarrollo de la UA y pide a la Comisión que apoye su establecimiento y funcionamiento;

Buena gobernanza y creación de capacidades

14.  Subraya las necesidades globales de creación de capacidades, especialmente en los ámbitos de la administración, la asistencia sanitaria, la educación, la economía y la democratización, tanto en el sector público como en el privado;

15.  Subraya el importante lugar que debe otorgarse a la asistencia financiera y técnica a fin de reforzar la administración, la responsabilidad y la transparencia a nivel local, nacional, regional y panafricano (también en la UA y sus instituciones);

16.  Subraya que la construcción de un Estado que funcione debe ir paralela al respaldo a la sociedad civil, con el fin de garantizar la sostenibilidad de la democratización; pide que se preste especial atención al diálogo con las comunidades religiosas y las iglesias, habida cuenta de su importancia cultural en África;

17.  Subraya que la construcción de un Estado, basado en el Derecho, que funcione debe ir paralela al respaldo a la sociedad civil, con el fin de garantizar la sostenibilidad de la democratización; pide que se preste especial atención al diálogo con las comunidades religiosas y étnicas, sindicatos, movimientos locales, organizaciones no gubernamentales y organizaciones internacionales;

18.  Subraya que los parlamentos nacionales y las organizaciones de la sociedad civil deben desempeñar un papel importante a la hora de planificar, establecer prioridades y controlar la política de cooperación para el desarrollo;

19.  Considera que la estrategia de desarrollo de la UE para África debería basarse en un diálogo político y social, definido por los valores democráticos establecidos en el Acuerdo de Asociación de Cotonú y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, sin lo cual no será posible un desarrollo africano sostenible;

20.  Acoge con satisfacción el objetivo de reforzar las capacidades de los parlamentos nacionales y regionales y subraya el papel del Parlamento Europeo (junto con la Comisión) en todas las iniciativas al respecto;

21.  Apoya los principios de asociación, apropiación y diálogo político genuinos; subraya que los propios países socios deben preparar sus documentos de estrategia de lucha contra la pobreza (DELP) con estrecha participación de unos parlamentos democráticos y de las organizaciones de la sociedad civil;

22.  Subraya el papel esencial de las mujeres en la agricultura, sanidad y educación como avances hacia el desarrollo sostenible; subraya la necesidad de implicar a las mujeres, no sólo en las cuestiones relativas a la política de desarrollo, sino en todos los estadios de los procesos de toma de decisiones políticas, incluidas su concepción y aplicación;

23.  Recuerda que es esencial el respeto de los derechos humanos por parte de los países receptores de fondos de desarrollo de la UE e insta a los agentes de la UE implicados en la ayuda para el desarrollo a que, en la elaboración y el seguimiento de proyectos financiados o cofinanciados por la UE, consideren los progresos −o su ausencia− de estos países en relación con los derechos humanos;

24.  Destaca la necesidad de que la UE trabaje por la democratización de las instituciones internacionales con el fin de lograr una representación más fuerte de los intereses de los países en desarrollo y, en particular, la necesidad de instar a la democratización del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y la Organización Mundial del Comercio;

Infraestructura social

25.  Hace hincapié en que la disponibilidad y asequibilidad de los servicios básicos de asistencia sanitaria son una condición absoluta para la aplicación con éxito de las políticas de salud en África; subraya, por lo tanto, la necesidad de programas de salud africanos nacionales para abordar la asistencia sanitaria básica (tanto curativa como preventiva) y la disponibilidad de agua potable, de servicios sanitarios y de sanidad en materia sexual y reproductiva; insiste en la necesidad de esfuerzos especiales para garantizar el acceso a los servicios básicos por parte de las poblaciones más pobres y vulnerables de África;

26.  Acoge con satisfacción las propuestas políticas del nuevo programa de acción comunitario para acelerar la lucha contra el VIH/sida, el paludismo y la tuberculosis, y pide una aplicación eficiente del programa, así como que se le asigne la dotación presupuestaria adecuada; recuerda la cooperación requerida con las organizaciones que trabajan con miras a estos objetivos, como la Alianza Global para Vacunas e Inmunización (GAVI), el Fondo de Vacunas y la Alianza para hacer retroceder el paludismo;

27.  Destaca el importante papel del acceso a la salud sexual y reproductiva con miras a lograr los ODM sobre salud materna y mortalidad infantil;

28.  Insta a la Comisión a que vele por que la UE esté en primera línea de los esfuerzos por una educación básica gratuita y obligatoria; insiste en que ello debe combinarse con nuevos recursos sustanciales y con unos objetivos de gasto más precisos de los recursos existentes;

29.  Pide que las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) se utilicen más, y de manera adecuada e innovadora, a fin de ampliar la asistencia sanitaria a las zonas rurales y alejadas, y para introducir la cibereducación (como la denomina la Comisión e-África de la NEPAD) como una alternativa a los sistemas educativos tradicionales, en un intento por lograr una educación de calidad para todos;

30.  Destaca que, junto con los esfuerzos en educación básica, debe dedicarse atención a la educación superior, con el fin de que haya una mano de obra con suficiente nivel educativo en la educación básica y los servicios sanitarios;

31.  Destaca la necesidad de proteger el desarrollo y velar por la protección social de los niños como elemento fundamental de la estrategia de desarrollo para África, habida cuenta de que más del 50 % de la población africana son niños, e indica que uno de los elementos más importantes para combatir la pobreza a largo plazo consiste en invertir en educación y recursos humanos;

32.  Destaca que la Comisión debería dedicar al menos el 20 % de los fondos de desarrollo que asigna a África a atención sanitaria básica y educación básica;

33.  Destaca que la UE tiene que aplicar políticas y programaciones concretas para reducir la propagación del VIH/sida y su impacto en los niños, sus familias y las comunidades en las que viven, ya que el impacto del VIH/sida amenaza con socavar los logros del desarrollo en la mayoría de los países del África subsahariana;

34.  Pide a la Comisión que apoye la iniciativa del Decenio Africano de las Personas con Discapacidad, aprobada por la Organización de la Unidad Africana en su XXXV sesión, celebrada en Argel en julio de 1999;

35.  Destaca la necesidad, para romper el ciclo de la pobreza en África, de un nivel sin precedentes de inversión en esta generación de niños y de situar su supervivencia, desarrollo y protección en el centro de la política y la ejecución práctica;

36.  Considera que invertir en la educación de las niñas es la estrategia de desarrollo más eficaz, ya que las niñas que han recibido una educación generan familias más reducidas y más sanas, lo que aumenta la productividad y reduce la pobreza;

37.  Destaca la importancia de la educación sexual de las niñas y las mujeres para mejorar la salud, incluidos aspectos como la salud sexual y reproductiva y la prevención de las enfermedades de transmisión sexual (ETS), como el VIH/sida, y de enfermedades relacionadas con el suministro de agua y las condiciones de higiene, como la tuberculosis, el paludismo, el cólera y la diarrea;

Crecimiento económico

38.  Insta a que se tenga plenamente en cuenta el hecho de que la mayoría de los países africanos dependen fuertemente de las materias primas, que son particularmente vulnerables a la fluctuación de precios y al aumento de aranceles, y subraya la importancia de la diversificación, del desarrollo de industrias de transformación y de pequeñas y medianas empresas;

39.  Pide a la Comisión que lleve a cabo una evaluación de la eficacia de los instrumentos de financiación del BEI en el marco del Acuerdo de Asociación de Cotonú, incluido el nuevo instrumento de inversión, para el logro de los objetivos de la política comunitaria de desarrollo; considera que, al ejercer su deber de evaluación previa de la actuación del BEI, la Comisión debería llevar a cabo una evaluación de las operaciones crediticias del BEI a la vista de las prioridades contenidas en los documentos de estrategia para cada uno de los Estados ACP;

40.  Subraya la importancia de crear un clima estable y predecible para las inversiones -entre otras vías, mediante el respeto de la ley, de los derechos de propiedad y de las normas relativas a la propiedad industrial e intelectual- a fin de conseguir una afluencia de capital extranjero suficiente y sostenida y, de esa forma, crear puestos de trabajo, reducir la fuga de cerebros y crear un entorno propicio para un crecimiento económico estable; destaca la importancia de la microfinanciación para constituir una clase media fuerte con el fin de sostener el crecimiento económico;

41.  Considera que, para alcanzar un nivel de competitividad que pueda hacer de África un socio de pleno derecho en el comercio internacional, debería elaborarse una estrategia de desarrollo sostenible destinada a luchar contra la pobreza en África, que tenga en cuenta las necesidades reales de la población y se fundamente en la integración económica entre las regiones para estimular el crecimiento mediante la creación y el mantenimiento de mercados nacionales y regionales y en la obtención de economías de escala;

42.  Destaca la importancia del turismo como vector de desarrollo económico y social; pide que el turismo se integre plenamente en la política de desarrollo de la UE;

43.  Hace hincapié en que una conclusión con éxito de la Ronda de Doha de la OMC deberá ser positiva para los países en desarrollo, en particular, los de África; considera que esto incluye la aplicación de un trato especial y diferenciado a los países en desarrollo y la supresión de todas las ayudas agrícolas que distorsionan el comercio;

44.  Está de acuerdo con el enfoque de la Comisión hacia las infraestructuras en el amplio sentido de la palabra, incluidos el agua, la energía, las TIC y el transporte; insiste, no obstante, en que las grandes inversiones en infraestructuras deben ir precedidas sistemáticamente de estudios de evaluación sobre su contribución al desarrollo económico y la reducción de la pobreza y deben equilibrarse mejor con los fondos asignados a infraestructura social como la educación básica y la salud;

45.  Subraya que los acuerdos de asociación económica (AAE), como instrumentos para una liberalización basada en el desarrollo, pueden promover el crecimiento económico en África; en este sentido, pide a la Comisión que examine las inquietudes relativas a la ausencia de medidas de acompañamiento para compensar las pérdidas arancelarias, al apoyo a la construcción institucional, a la asistencia técnica y otras limitaciones del lado de la oferta, al mantenimiento de la no reciprocidad de acceso al mercado y, si procede, la ampliación del calendario negociador; pide, además, a la Comisión que presente cifras relativas a la financiación de las medidas de acompañamiento y que refuerce la asistencia técnica para lograr unos mejores resultados;

46.  Pide a la Comisión que, en el ámbito de las negociaciones de los AAE y de la OMC, refuerce la asistencia técnica a los países ACP a fin de lograr un resultado justo y transparente; pide, una vez más, un mejor apoyo técnico y estructural a los países menos desarrollados, con objeto de ayudarles en su acceso al mercado global;

47.  Pide a la Comisión que, en el ámbito de las negociaciones de la OMC, ayude a los países africanos, aplicando una estrategia de protección de su agricultura hasta que ésta alcance la autosuficiencia, con el fin de asegurar que los pequeños agricultores perciban unos ingresos dignos, incrementar la producción local, garantizar la seguridad alimentaria y proceder a una apertura selectiva de los mercados tal como ha sucedido en Europa;

48.  Recuerda que, como establecen la Declaración de Doha de la OMC, las conclusiones de la Conferencia Internacional sobre la Financiación para el Desarrollo de 2002 en Monterrey y las conclusiones de la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible de 2002 en Johannesburgo, se debe prestar a los países en desarrollo, especialmente a los africanos, asistencia técnica destinada a crear las capacidades reglamentarias e institucionales necesarias para que se beneficien del comercio internacional y de los acuerdos preferenciales;

49.  Destaca que la UE debe buscar más posibilidades en sus políticas comercial y agrícola para dar a los países en desarrollo más posibilidades de crecimiento económico e insta a otros países a que también lo hagan en el marco de las actuales negociaciones de la OMC, especialmente en relación con los países menos desarrollados;

50.  Celebra el compromiso de conceder una condonación del 100 % de la deuda a 18 de los países más pobres y más endeudados, renovado en las reuniones del Banco Mundial, el Fondo Monetario Internacional y el Banco Africano de Desarrollo; pide que se extienda el compromiso de reducción de la deuda a aquellos gobiernos que respeten los derechos humanos y el principio de buena gobernanza y den prioridad a la erradicación de la pobreza sobre la base de las necesidades de los ODM; destaca que toda reducción de la deuda debe tener carácter adicional a los incrementos de la AOD;

51.  Subraya el papel positivo que las asociaciones público-privadas pueden desempeñar en el desarrollo y para consolidar las capacidades de los países para solucionar problemas;

Paz y seguridad

52.  Pide a la Comisión que desarrolle un enfoque de conjunto de la prevención de conflictos y la reconstrucción, como parte integrante de las asociaciones orientadas a lograr la estabilidad estructural de los Estados frágiles;

53.  Subraya la importancia de los organismos regionales para proporcionar una base para mantener un entorno pacífico; hace hincapié en la necesidad de apoyar a los organismos regionales para establecer un marco regulador armonizado para combatir la proliferación de armas ligeras y minas terrestres;

54.  Está de acuerdo en que debe reforzarse el Fondo de Paz para África, creado en 2003 por los jefes de Estado y de Gobierno de la UA reunidos en la Cumbre de Maputo, y anima a otros mecanismos civiles a que contribuyan a la prevención, resolución y gestión de conflictos en África, con una financiación de la UE más elevada, flexible y sostenible; hace hincapié en que la política de desarrollo es uno de los diversos instrumentos para hacer frente a las causas profundas de la inseguridad, pero no debería estar supeditada a la política de seguridad; toma nota, no obstante, de que todos los gastos del presupuesto destinado a cooperación para el desarrollo de la Comunidad y del Fondo Europeo de Desarrollo deben respetar los criterios establecidos por el Comité de Ayuda al Desarrollo de la OCDE para optar a la AOD;

55.  Insiste en la importancia de las misiones de la UE de observación electoral para la prevención de conflictos y la promoción de la democracia; pide al Consejo y a la Comisión que incrementen la línea presupuestaria relativa a la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos con objeto de incrementar el apoyo a las misiones de la UE de observación electoral; subraya que las conclusiones de las misiones de observación electoral deben reflejarse cabalmente en la formulación de las políticas exteriores europeas;

56.  Destaca la necesidad de estrategias regionales y nacionales coherentes para el desarme, la desmovilización, la reintegración y la reinserción, con el fin de apoyar la estabilización de las situaciones postconflicto;

57.  Subraya que una estrategia integrada de la UE para África representa el marco vinculante para una política coherente de la Unión Europea y sus Estados miembros; opina que la aplicación del artículo 96 del Acuerdo de Cotonú en relación con una asociación excluye que un Estado miembro de la UE prosiga en paralelo con esa asociación la cooperación con la policía, el ejército y las fuerzas de seguridad de ese país o la reanude antes de la expiración de estas medidas;

Medio ambiente/recursos naturales

58.  Subraya la necesidad de mayores esfuerzos por parte de la UE para abordar los enormes desafíos medioambientales a que se enfrentan muchos de los países pobres, que a menudo dependen totalmente de los recursos naturales para sobrevivir;

59.  Acoge con satisfacción, en este contexto, los recientes compromisos de la Comisión -largamente esperados- de pasar de las palabras a la acción en relación con la integración de la perspectiva del medio ambiente en todas las políticas y de situar en los primeros lugares de su agenda las estrategias para el fomento del desarrollo sostenible;

Aplicación

60.  Pide a la Comisión que dote a su Estrategia para África de un plan de acción detallado para su aplicación con un calendario claro, la indicación detallada de los medios y los recursos financieros que se movilizarán (incluidos los compromisos financieros de los Estados miembros), la indicación de los diferentes niveles de intervención (local, nacional, regional, panafricana) y sus papeles respectivos, y una indicación de un auténtico mecanismo conjunto de seguimiento para evaluar los progresos (con participación del Parlamento Europeo y de la Unión Africana);

61.  Insiste en que el plan de aplicación debe cubrir toda África, a saber, el norte de África, el África subsahariana y Sudáfrica, para los que actualmente hay reglamentos y acuerdos separados (el Reglamento MEDA, el Acuerdo de Cotonú y, para Sudáfrica, el Acuerdo de comercio, desarrollo y cooperación y el Reglamento PERD) y responsabilidades separadas en la Comisión, y pide a la Comisión que indique de qué modo coordinará y alineará todo ello para contribuir a la realización de las prioridades fijadas para el continente por la UA;

62.  Señala que la esencia de las propuestas de la Comunicación de la Comisión anteriormente mencionada depende de la aplicación de programas nacionales y regionales existentes y lamenta en este sentido que no se hayan hecho propuestas nuevas para mejorar su aplicación, ni adaptado sus objetivos y la programación de sus acciones a las nuevas prioridades, así como que no se haya propuesto una revisión de los vigentes documentos de estrategia por países y de los programas indicativos nacionales y regionales como consecuencia de este nuevo documento de estrategia y de los recientes acontecimientos en África (como la creación de la UA y sus instituciones);

63.  Expresa su decepción ante la falta de ambición del marco financiero propuesto: la Comisión solamente prevé la posibilidad de movilizar más recursos financieros para el "periodo post 9º FED" y no examina la posibilidad de utilizar el alivio de la deuda como medio para movilizar más recursos financieros para los ODM;

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64.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos de los Estados miembros, la UA y los países ACP.

(1) Sachs, J. et al.: "Ending Africa's Poverty Trap", Brookings Papers on Economic Activity, 2004 (1), p. 117-240.
(2) DO C 197 de 12.7.2001, p. 390.
(3) DO C 131 E de 5.6.2003, p. 164.
(4) DO C 272 E de 13.11.2003, p. 277.
(5) DO C 67 E de 17.3.2004, p. 255.
(6) DO C 67 E de 17.3.2004, p. 285.
(7) DO C 68 E de 18.3.2004, p. 86.
(8) DO C 92 E de 16.4.2004, p. 315.
(9) DO C 103 de 29.4.2004, p. 550.
(10) Textos aprobados, P6_TA(2005)0008.
(11) Textos aprobados, P6_TA(2005)0052.
(12) Textos aprobados, P6_TA(2005)0053.
(13) Textos aprobados, P6_TA(2005)0150.
(14) Textos aprobados, P6_TA(2005)0289.

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