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Procedimiento : 2006/2113(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A6-0426/2006

Textos presentados :

A6-0426/2006

Debates :

PV 14/12/2006 - 3
CRE 14/12/2006 - 3

Votaciones :

PV 14/12/2006 - 6.35
CRE 14/12/2006 - 6.35
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Textos aprobados :

P6_TA(2006)0603

Textos aprobados
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Jueves 14 de diciembre de 2006 - Estrasburgo
Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura – Libro Verde
P6_TA(2006)0603A6-0426/2006

Resolución del Parlamento Europeo sobre una Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura – Libro Verde (2006/2113(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Libro Verde de la Comisión - Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura (COM(2006)0105),

–  Visto el documento conjunto de la Comisión y del Alto Representante sobre los aspectos externos de la seguridad energética, presentado al Consejo Europeo de los días 15 y 16 de junio de 2006,

–  Vista su posición adoptada en segunda lectura el 8 de marzo de 2005 con vistas a la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones de acceso a las redes de transporte de gas natural(1),

–  Vista su posición adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía(2),

–  Vista su posición adoptada en segunda lectura el 13 de diciembre de 2005 con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos(3),

–  Vista su posición adoptada en segunda lectura el 4 de abril de 2006 con vistas a la adopción de una Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establecen orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía (4),

–  Vista su Resolución legislativa, de 18 de mayo de 2006, sobre la propuesta de Decisión del Consejo sobre la celebración por la Comunidad Europea del Tratado de la Comunidad de la Energía(5),

–  Vista su posición, de 16 de noviembre de 2005, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la aplicación del Protocolo n° 9 anexo al Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca, sobre la central nuclear de Bohunice V1 en Eslovaquia(6),

–  Vista su Resolución, de 16 de noviembre de 2005, sobre la utilización de los recursos financieros destinados al desmantelamiento de las centrales nucleoeléctricas(7),

–  Vista su Resolución, de 16 de noviembre de 2005, sobre Ganar la batalla contra el cambio climático mundial(8),

–  Vista su posición, de 14 de diciembre de 2004, sobre la propuesta de Directiva del Consejo por la que se obliga a los Estados miembros a mantener un nivel mínimo de reservas de petróleo crudo y/o productos petrolíferos (Versión codificada)(9),

–  Vista su posición adoptada en primera lectura el 5 de julio de 2005 con vistas a la adopción de una Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las medidas de salvaguarda de la seguridad del abastecimiento de electricidad y la inversión en infraestructura(10),

–  Vista su posición, de 5 de julio de 2006, sobre la propuesta de Directiva del Consejo relativa a la vigilancia y al control de los traslados de residuos radiactivos y combustible nuclear gastado(11),

–  Vista su Resolución, de 14 de febrero de 2006, con recomendaciones destinadas a la Comisión, sobre calefacción y refrigeración a partir de fuentes de energía renovables(12),

–  Vista su Resolución, de 29 de septiembre de 2005, sobre la cuota de las energías renovables en la Unión Europea y las propuestas de medidas concretas(13),

–  Vista su Resolución, de 23 de marzo de 2006, sobre la seguridad del suministro de energía en la Unión Europea(14),

–  Vista su Resolución, de 1 de junio de 2006, sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos(15),

–  Vistas las Conclusiones de la Presidencia de los Consejos Europeos de los días 23 y 24 de marzo de 2006, relativas al respaldo por parte del Consejo Europeo del Libro Verde "Por una política energética de la Unión Europea", y de los días 15 y 16 de junio de 2006, relativas al documento conjunto de la Comisión y del Alto Representante sobre los aspectos externos de la seguridad energética,

–  Vistas las deliberaciones de la Audiencia pública organizada por la Comisión de Industria, Investigación y Energía sobre este asunto el 12 de septiembre de 2006,

–  Visto el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con arreglo al cual la energía es un ámbito de competencias compartidas con los Estados miembros,

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, la Comisión de Desarrollo, la Comisión de Comercio Internacional, la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, así como de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0426/2006),

1.  Acoge favorablemente el Libro Verde de la Comisión sobre una Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura, pero subraya la necesidad de reconocer las condiciones en constante cambio en un mercado mundial de la energía más amplio y subraya la importancia de ampliar la perspectiva del productor a un enfoque sistemático que tenga en cuenta la producción, la distribución y el consumo, para desarrollar una política energética europea que asegure una energía asequible, en la medida de lo posible a partir de las fuentes con bajo contenido de carbono, a corto plazo, y, a medio plazo, a partir de las fuentes libres de carbono y de los recursos autóctonos, respetando los mecanismos de mercado al tiempo que se protege el medio ambiente, se lucha contra el cambio climático y se fomenta la eficacia energética;

2.  Subraya la constatación que hace la Comisión en su Libro Verde de la necesidad de invertir un billón de euros en el mercado energético europeo para poder asegurar un suministro duradero de energía en Europa; además, constata que no se puede contar con que esos medios se financien con cargo a presupuestos públicos, por lo que es importante integrar a las empresas de la industria energética de la Unión Europea en el desarrollo del consenso en materia de política energética;

3.  Insta al Consejo Europeo de primavera de 2007 a adoptar un plan de acción que debería contener por lo menos los siguientes elementos: colocar a los consumidores en el centro de política energética, una reforma radical del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión (ETS) para incitar al mercado a invertir en una economía con baja emisión de carbono que debería basarse en un objetivo determinado para las emisiones de carbono de la Unión Europea de aquí a 2020, con un objetivo vinculante de un 25 % de la energía procedente de fuentes renovables antes de 2020 y un objetivo vinculante para las emisiones de los automóviles, un cambio decisivo en materia de eficiencia energética, renovados esfuerzos por aplicar la separación entre producción y distribución con arreglo tanto a la letra como al espíritu del concepto, incluida la plena separación de la propiedad de las redes energéticas en caso de que no resultaran eficaces otras medidas, leyes consolidadas por lo que se refiere a la política de competencia y la separación completa de la propiedad de las redes energéticas, orientaciones obligatorias mínimas establecidas para los reguladores que incluyan el procedimiento para el nombramiento de los mismos, la independencia, la transparencia y la responsabilidad, una estrategia ambiciosa en materia de I+D sobre tecnologías de energía limpia, una estrategia común en materia de política energética exterior y la plena aplicación de toda la legislación comunitaria actual en materia de energía;

Sostenibilidad
Cambio climático

4.  Reconoce que el cambio climático está causando graves problemas que requieren la actuación inmediata de la Unión Europea, y es de la opinión de que antes de 2050 una proporción abrumadora de la energía de la Unión Europea debe provenir de fuentes libres de carbono o producirse con tecnologías que limiten las emisiones de gas de efecto invernadero, centrándose en el ahorro de energía, la eficiencia y las energías renovables, y que existe por lo tanto la necesidad de establecer una hoja de ruta clara para lograr este objetivo; insta a los líderes de la Unión Europea a alcanzar un acuerdo antes de finales del próximo año sobre un objetivo vinculante de CO2 para 2020 y un objetivo orientativo de CO2 para 2050, y se muestra asimismo convencido de que:

   a) la Comisión debería proponer una revisión del ETS, incluida una gestión aceptable desde el punto de vista económico de los créditos ETS, como por ejemplo una transición progresiva hacia la subasta o la evaluación comparativa basada en la producción; el régimen de ETS debería basarse en una evaluación cuidadosa de las consecuencias medioambientales y económicas, una valoración exhaustiva de las metodologías de asignación y la revisión del régimen de sanciones,
   b) el segundo período de financiación del ETS (2008-2012) debería contemplar la asignación de recursos de tal modo que se adopten acciones destinadas a reducir las emisiones de CO2 y el consumo de energía,
   c) debería ampliarse a escala internacional un régimen de limitaciones y de comercio de las emisiones, y debería estar operativo durante un periodo más largo que el actual,
   d) el ETS debería incluir a los sectores de elevado consumo energético, incluidas todas las modalidades de transporte de mercancías; debería desarrollarse una estrategia para reducir las emisiones de los buques, tras una evaluación del impacto, y debería crearse cuanto antes un régimen aparte para la aviación,
   e) dada la volatilidad de los precios por lo que respecta a los certificados de emisión, la Comisión debería estudiar opciones de atenuación; dichas opciones deberían incluir el fomento de la confianza en el mercado mediante el aumento de la transparencia del mercado, por ejemplo a través de la publicación oportuna y uniforme de los datos relativos a las emisiones en la Unión Europea, así como de un mayor uso de los mecanismos flexibles del protocolo de Kyoto (aplicación conjunta y desarrollo limpio), con objeto de aumentar la liquidez del mercado,
   f) la Comisión debería examinar, antes de 2007, de qué manera se podrían armonizar aún más los métodos nacionales de asignación y cómo puede simplificarse la metodología ETS y hacer que sea transparente, conforme a las normas de los mercados de valores;
   g) la Comisión debe elaborar un informe sobre la posible necesidad de regulación del mercado de compensación de emisiones de carbono;

Investigación, desarrollo e innovación

5.  Pide que el Consejo Europeo de Primavera de 2007 garantice que la futura política energética para Europa esté realmente respaldada por una estrategia ambiciosa de I+D en el ámbito energético, que incluya una financiación pública más adecuada e incentivos sólidos para un aumento de la financiación privada de la I+D, cumpliendo con las obligaciones en materia de responsabilidad social de las empresas; insta a los Estados miembros a establecer una estrategia para aumentar el presupuesto para la investigación en el ámbito de la energía, sobre todo cuando exista un estudio a medio plazo del presupuesto para el Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración y en el Programa específico "Energía inteligente"; aboga por un plan tecnológico estratégico europeo en materia de energía y confía en que su contenido abarque campos de investigación que se centren a medio y largo plazo en nuevas tecnologías energéticas, incluido, en particular, el almacenamiento de energía;

6.  Pide a la Comisión que garantice que la contribución de las aplicaciones de hidrógeno y de células de combustible a la aceleración de la transición de los combustibles fósiles a un sistema energético y de transporte eficiente y con escasa producción de CO2 se vea reflejada en las acciones a corto plazo en el ámbito de la política energética y de transporte de la Unión Europea y de los organismos de apoyo;

7.  Recuerda que la Unión Europea debe seguir siendo un elemento clave en iniciativas como la Asociación Internacional para la Economía del Hidrógeno (IPHE)(16) o el Reactor Termonuclear Experimental Internacional (ITER)(17);

8.  Invita a la Comisión y a los Estados miembros a crear una hoja de ruta para una innovación respetuosa del clima y del medio ambiente basada no sólo en la innovación tecnológica sino también en el desarrollo de estrategias para aumentar la penetración de mercado de las mejores tecnologías disponibles y de las mejoras organizativas, por ejemplo en el sector logístico;

9.  Invita a la Comisión a llevar a cabo una auditoría energética de las plataformas tecnológicas existentes a fin de mejorar la coordinación y el intercambio de experiencias;

10.  Observa que la investigación en el ámbito de las tecnologías energéticas representa un importante paso hacia la apertura de mercados de exportación; pide, por consiguiente, a la Comisión que continúe apoyando la investigación sobre todas las fuentes de energía (convencional, nuclear y renovable), con objeto de que Europa, además de utilizar dicha investigación para sus propios fines en los Estados miembros, pueda también abrir mercados para la exportación;

Inversiones

11.  Recuerda que es necesario realizar inversiones considerables en la infraestructura de la electricidad y el gas para asegurar el abastecimiento energético en Europa, y pide a la Comisión que:

   a) contribuya a la creación de un clima de inversión favorable,
   b) garantice que los mercados puedan enviar las señales de inversión oportunas a los inversores;

12.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros, en vista de que las redes de electricidad tendrán que adaptarse a la creciente proporción de las energías renovables y de la generación descentralizada, a seguir promoviendo la investigación en el ámbito de las necesarias tecnologías de la información y la comunicación;

13.  Aboga por la participación de las partes interesadas regionales en las cuestiones energéticas, ya que muchos problemas se solucionan mediante la inversión a nivel regional y urbano, sobre todo las soluciones que favorezcan el uso de fuentes de energía diversas y renovables; pone de relieve el potencial que ofrecen las inversiones energéticas para la capacidad empresarial de las PYME, así como el papel que pueden desempeñar las inversiones en energía sostenible (es decir, en biomasa, biocombustibles y calefacción urbana) en el desarrollo regional y urbano; pide, por lo tanto, a los Estados miembros y a la Comisión que asocien a las autoridades regionales y locales en estas cuestiones para lograr un compromiso aún más firme con el fomento de las fuentes de energía renovables en el marco de la combinación energética global;

14.  Destaca los problemas a los que se enfrentan las regiones fronterizas a causa de las diferencias en las políticas energéticas nacionales, la falta de intercambio de información entre los suministradores de energía de los Estados miembros y la ausencia de una política energética armonizada de la Unión Europea;

15.  Subraya el efecto positivo que tienen el fomento y el desarrollo de las tecnologías energéticas renovables sobre la creación de nuevos puestos de trabajo duraderos y altamente cualificados;

Seguridad del abastecimiento
Eficiencia y ahorro energéticos

16.  Invita al Consejo y a la Comisión a adoptar medidas para hacer de la Unión Europea la economía más eficiente desde el punto de vista energético del mundo antes de 2020 y a establecer medidas de eficiencia energética como prioridad horizontal para todos los sectores políticos de la Unión Europea; invita a la Comisión a garantizar aplicación oportuna de las directivas de la CE en este ámbito e insta al Consejo a que adopte las propuestas en el plan de acción para la eficiencia energética y, a los Estados miembros, a que utilicen las buenas prácticas como fundamento para sus planes de acción nacionales de eficiencia energética, que deben presentarse antes de junio de 2007; insta a la Comisión a dedicar suficiente personal a todos los niveles para transformar las medidas propuestas en el plan de acción en acciones concretas; recuerda que si los Estados miembros aplicasen plenamente la legislación comunitaria existente, el 50 % del objetivo de la Unión Europea de ahorrar el 20 % de la energía antes de 2020 ya se habría alcanzado; invita al Presidente de la Comisión a promover un acuerdo global en materia de eficiencia energética;

17.  Señala que existen tecnologías muy prometedoras que pueden usarse en procesos combinados de calor, energía y refrigeración, y que la calefacción urbana ofrece una infraestructura asimismo para futuras fuentes de energía renovable; insta, por consiguiente, a los Gobiernos nacionales a aplicar plenamente la directiva existente sobre la producción combinada de calor y electricidad, así como a establecer las condiciones jurídicas y financieras necesarias para aprovechar plenamente la producción potencial combinada de calor y electricidad, tal como se determina en los estudios nacionales al respecto;

18.  Recuerda que el 40 % de toda la energía de la Unión Europea se utiliza en edificios y que existe un potencial enorme para reducir ese consumo mediante la planificación de nuevos edificios y la modernización de los existentes; insta a la Comisión a revisar la directiva existente sobre los edificios a fin de incluir a los edificios por debajo del umbral de 1 000 m²; invita a la Comisión a garantizar que todos los edificios de las instituciones de la Unión Europea den ejemplo, logrando la neutralidad por lo que respecta al carbono antes de 2012; se muestra convencido de que los Estados miembros deberían comprometerse a garantizar que ello se aplique asimismo a todos los edificios de los gobiernos nacionales y que dicho objetivo se amplíe a los edificios de las autoridades regionales y locales a más tardar en 2015; insta a la Comisión a aplicar un programa de cara a un despliegue a gran escala de casas y edificios que sean pasivos o positivos netos desde el punto de vista de la energía en la Unión Europea;

19.  Invita al Presidente de la Comisión a presidir una reunión de representantes de las ciudades más grandes de la Unión Europea con objeto de intercambiar sus experiencias en relación con los proyectos locales de reducción de energía, en un esfuerzo por reducir y aumentar la eficiencia del consumo urbano de energía; se muestra convencido de que deben realizarse serios esfuerzos para aumentar la energía procedente de la producción combinada de calor, electricidad y refrigeración y de la calefacción urbana; añade que estas tecnologías son muy prometedoras de cara a un uso cada vez mayor de la biomasa y los biocombustibles, y subraya que la calefacción urbana ofrece una infraestructura asimismo para futuras fuentes de energía renovable; opina que, en relación con esta cuestión, la Comisión debería trabajar en estrecha colaboración con el Comité de las Regiones;

20.  Pide a la Comisión que presente las medidas de ejecución para los productos con posibilidades elevadas de ahorro de energía en el marco de la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2005, sobre el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos que utilizan energía(18) (Directiva EUP) para la primavera de 2007, a más tardar;

21.  Pide a la Comisión que ayude a la industria a desarrollar y poner en práctica sistemas de medición y tarificación inteligentes, posiblemente a través de un sistema de medición inteligente gestionado por mecanismos remotos; pide a la Comisión que lleve a cabo un análisis exhaustivo de la rentabilidad de dichas medidas, teniendo en cuenta los cambios en el comportamiento de los consumidores;

22.  Considera que la fiscalidad desempeña un papel fundamental en el refuerzo de la eficiencia energética; considera que deben adoptarse medidas para que los sistemas fiscales de los Estados miembros discriminen positivamente las prácticas eficientes desde el punto de vista energético;

23.  Señala a la Comisión la necesidad de vincular los fondos estructurales de la Unión Europea a la modernización general del aislamiento térmico de las viviendas, especialmente en los nuevos Estados miembros, lo que permitirá una importante disminución del consumo energético así como una reducción de las emisiones de CO2;

24.  Aboga por una estrategia global de la Unión Europea en el sector del transporte destinada a suprimir progresivamente el uso de combustibles fósiles, a reducir la dependencia de la Unión Europea del petróleo y a introducir gradualmente la utilización de energías limpias en este sector; se muestra a favor de un cambio hacia las modalidades de transporte más limpias y eficientes desde el punto de vista energético, cambio éste que debe lograrse sobre todo a través de nueva legislación, incluida legislación para la industria del automóvil y la mejora de la introduccion en el mercado de los automóviles híbridos que se conectan a la red y de vehículos totalmente eléctricos;

25.  Lamenta que la Comisión tenga enormes problemas para vincular el transporte a la cuestión de la energía; recuerda que el sector del transporte es la causa del mayor problema de seguridad del abastecimiento de Europa y de su gran dependencia del petróleo, y que las emisiones del sector del transporte que inciden en el cambio climático están aumentando considerablemente, en particular dentro del sector de la aviación;

26.  Subraya que numerosas regiones periféricas y ultraperiféricas poseen un potencial considerable en materia de energías renovables, vinculado a sus características geográficas o climáticas (horas de sol, exposición al viento, biomasa, energía producida por las olas); desea que se aproveche al máximo esta situación excepcional, con el fin de contribuir activamente a la realización de los objetivos de Kyoto;

27.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que establezcan medidas concretas para mejorar la eficiencia energética de las PYME, incluidas, en particular, medidas de sensibilización y acciones para garantizar un acceso más fácil a la financiación, incluida al procedente de los Fondos Estructurales, el BERD y el BEI, para poder activar inversiones encaminadas a reducir el consumo energético;

28.  Preconiza la promoción de una mayor eficacia energética en terceros países y respalda la propuesta de la Comisión de favorecer la adopción de un acuerdo internacional sobre la eficacia energética;

29.  Considera que el sistema de patrones de referencia acordado en la Directiva 2006/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2006, sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos(19) con el fin de lograr la eficiencia del uso final de la energía es un instrumento racional desde el punto de vista económico, no burocrático y eficaz para incrementar la eficiencia energética, y propone que este sistema se utilice en mayor medida en otros sectores de la energía; pide a la Comisión que se esfuerce por acelerar el establecimiento de patrones de referencia comunes a escala de la Unión Europea en todos los ámbitos pertinentes sobre la base de indicadores sectoriales de eficiencia energética, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 16 de dicha Directiva;

Combinación energética

30.  Se muestra convencido de que la diversificación de las fuentes energéticas, junto con un mayor uso de las fuentes autóctonas y una producción descentralizada de energía, contribuirán a la seguridad del abastecimiento, aun reconociendo que las decisiones sobre la combinación energética en un Estado miembro pueden afectar a la seguridad de abastecimiento en otros Estados miembros; considera que la dependencia de la Unión Europea de un número limitado de productores de energía y de vías de suministro constituye un grave riesgo para su estabilidad y prosperidad; acoge favorablemente la introducción de un mecanismo capaz de garantizar una reacción rápida de solidaridad y asistencia a un Estado miembro que se encuentre en dificultades como consecuencia de los daños sufridos por sus infraestructuras;

31.  Considera fundamental que la estrategia europea para la energía se base en una subsidiariedad máxima y que las decisiones relativas a la combinación energética sigan siendo prerrogativa de los Estados miembros;

32.  Acoge con satisfacción el escenario presentado por la DG TREN de la Comisión, de julio de 2006, que prevé altos niveles de eficiencia y de utilización de fuentes de energía renovables, así como el estudio encargado por la Comisión Parlamentaria de Industria, Investigación y Energía sobre la seguridad del abastecimiento y presentado ante la misma el 9 de octubre de 2006; insta, por tanto, a la Comisión a que se base en ambos escenarios para la revisión estratégica del sector de la energía prevista para enero de 2007;

33.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, sin olvidar los costes a corto y medio plazo, den prioridad a las formas de energía que reduzcan la dependencia de las importaciones, especialmente de combustibles fósiles, protejan el medio ambiente, sean sostenibles y reduzcan los riesgos del abastecimiento continuo, principalmente gracias a la descentralización de la producción;

34.  Pide al Presidente de la Comisión que ponga en práctica el proyecto de publicación mensual de las existencias, importaciones y exportaciones europeas de petróleo y productos petrolíferos, desglosadas por tipo de producto (bruto, gasolina, gasóleo, fuel doméstico, otros); estos datos (que serían de dominio público, como ocurre en los Estados Unidos) permitirían apreciar mejor las tensiones en el mercado mundial, deducir un consumo aparente europeo, aminorar el tropismo de los operadores del mercado hacia las existencias estadounidenses y, en consecuencia, contribuirían a atenuar la volatilidad de los precios del petróleo;

35.  Pide a la Comisión que dirija un debate transparente y objetivo sobre la futura combinación de fuentes de energía, teniendo en cuenta las ventajas y los inconvenientes de todas las fuentes de energía, incluidos los costes económicos y medioambientales así como las consecuencias;

36.  Pide a la Comisión que, a más tardar a finales de 2008, ultime un nuevo instrumento de modelización de la energía y el transporte para la Unión Europea; considera que este modelo ascendente debería desarrollarse en estrecha cooperación entre los servicios de la Comisión, la Agencia Internacional de la Energía (IEA) y los Gobiernos nacionales, y estar orientado a racionalizar todos los datos estadísticos sobre la energía y el transporte en Europa; considera que este modelo sustituiría a los múltiples modelos que existen hoy en día dentro de los distintos servicios de la Comisión y armonizaría al mismo tiempo las estadísticas sobre energía en toda Europa; se muestra asimismo convencido de que este modelo debería ser de dominio público y podría, como ocurre actualmente en los Estados Unidos, ser utilizado previa petición por las diferentes partes interesadas con el fin de desarrollar distintos escenarios para el futuro de la energía en la Unión Europea;

37.  Propone, a fin de impulsar la diversificación de las fuentes energéticas, que la Unión Europea establezca un marco político estable a largo plazo con objeto de crear el clima necesario para la inversión; considera que dicho marco debe incluir un objetivo comunitario para una mejora de la eficiencia energética de por lo menos el 20 % antes de 2020; pide a la Comisión que proponga un marco de opciones para los regímenes armonizados de apoyo a las energías renovables como parte de la hoja de ruta para las fuentes de energía renovables y que establezca asimismo unos objetivos sectoriales vinculantes para las energías renovables a fin de lograr una proporción del 25 % de energías renovables en la energía primaria antes de 2020, así como una hoja de ruta a nivel de la Comisión y del Consejo para alcanzar un objetivo del 50 % para las energías renovables antes de 2040, una reducción del 30 % a nivel de la Unión Europea del objetivo de CO2 y una reducción del 60-80 % para 2050;

38.  Subraya que la necesidad de modificar la actual combinación de producción de energía no supone una carga sino una oportunidad; considera que la utilización de la energía solar, eólica, de la biomasa, hidroeléctrica o geotérmica y de tecnologías más eficientes desde el punto de vista energético contribuirá al respeto de los compromisos asumidos en Kyoto y en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y reforzará la innovación, la creación de empleo y la competitividad en Europa;

39.  Se muestra convencido de que el estudio estratégico sobre la energía propuesto debería integrar el trabajo del Observatorio Europeo del Suministro Energético propuesto (que no debería ser una entidad independiente) y que debería analizar la seguridad del suministro con periodicidad; considera que el mandato del estudio estratégico sobre la energía debería implicar un análisis estratégico de los problemas a los que se enfrenta la Unión Europea en el ámbito de la energía, incluidos los aspectos exteriores; anima a la Comisión a hacer uso del estudio estratégico sobre la energía para desarrollar una fórmula que permita a los Estados miembros analizar los pros y los contras de las distintas opciones políticas por lo que se refiere al medio ambiente, la seguridad del abastecimiento, la competitividad y la creación de empleo, para de ese modo contribuir a minimizar los riesgos; acoge favorablemente el esfuerzo realizado por la Comisión para llevar a cabo un estudio detallado de las subvenciones y los costes de todas las fuentes de energía, incluida la internalización de las externalidades, en el marco del estudio estratégico sobre la energía, aplicando el enfoque del ciclo de vida desde la producción hasta el uso en el transporte; solicita la publicación de ese estudio con objeto de sensibilizar a la opinión publica; propone que se lleve a cabo un estudio prospectivo de la oferta y la demanda a medio y largo plazo a escala europea para identificar las necesidades de inversión, sobre todo por lo que respecta a la producción, y reforzar el perfil de los operadores; propone que un análisis coste-beneficio se centre en la contribución de cada una de las fuentes de energía a los tres objetivos de la Unión Europea en el ámbito de la energía, a saber, la seguridad del suministro, la competitividad y la sostenibilidad ambiental;

40.  Se muestra convencido de que el estudio estratégico sobre la energía debería abordar asimismo los aspectos comerciales, esto es, analizar las consecuencias de la cooperación internacional y de los contratos de larga duración ya firmados y por firmar, así como valorar la coherencia entre la política empresarial y las políticas de los Estados miembros y de la Unión Europea en su conjunto;

41.  Recuerda que el petróleo sigue siendo la fuente de energía primaria más importante en la Unión Europea, para la que la Unión Europea depende casi en su totalidad de las importaciones; lamenta que en el Libro Verde de la Comisión no se preste atención a este hecho; pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta la necesidad de reducir la utilización de petróleo, disminuir la dependencia de las exportaciones y contribuir a reducir las emisiones de CO2;

42.  Insiste en que los Estados miembros deben desarrollar un planteamiento sistemático, incluidos los aspectos económico, ecológico y tecnológico, de cara a la producción, la distribución, el consumo y la penetración de mercado de los biocarburantes líquidos y gaseosos, en especial los utilizados en el transporte, con objeto de mejorar el acceso a los biocarburantes y de promover el comercio con los mismos; insiste en una aplicación plena de la legislación vinculante existente; pide a la Comisión que elimine los obstáculos técnicos y administrativos que bloquean los niveles de mezcla, que garantice la coherencia entre los distintos ámbitos políticos, como por ejemplo el transporte, la agricultura y el comercio, y que se reconozcan los biocarburantes tanto líquidos como gaseosos como opción para el sector del transporte, y no sólo como combustible para la generación de electricidad; alienta a los Estados miembros a que tomen en consideración un sistema de certificación obligatorio y global, que debe ser instaurado por la Comisión y permitir la producción sostenible de biocarburantes en todas las fases, así como el equilibrio global de los gases de efecto invernadero en todo el ciclo de vida tanto de los biocarburantes producidos dentro de la Unión Europea como a los importados;

43.  Pide a la Comisión que presente lo antes posible una propuesta de directiva sobre la calefacción y la refrigeración a partir de fuentes de energía renovables, y recuerda su Resolución de 14 de febrero de 2006, con recomendaciones destinadas a la Comisión, sobre calefacción y refrigeración a partir de fuentes de energía renovables;

44.  Invita a la Comisión a reconocer a medio plazo el importante papel de los combustibles fósiles y la posibilidad de llevar a cabo más estudios para reducir su intensidad de carbono, de acuerdo con el objetivo de 2º C para la reducción de CO2; considera que ello debería incluir la modernización permanente, el aumento de la eficiencia de las centrales, el desarrollo de una nueva generación de instalaciones basadas en la gasificación y la producción paralela de electricidad y sustancias químicas y el desarrollo adicional de un método económico de captura y almacenamiento del carbono en relación con el carbón, el gas y el petróleo, de conformidad con las decisiones adoptadas por la Plataforma Tecnológica Europea por Emisiones Cero en las Plantas de Generación con Combustibles Fósiles, así como la eliminación de las barreras planteadas por al legislación comunitaria;

45.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que reconozcan la importancia socioeconómica de las fuentes locales y autóctonas de energía en la Unión Europea y que estimulen su desarrollo como contribución a la seguridad del abastecimiento energético en Europa;

46.  Invita a la Comisión a realizar las redes transeuropeas en el sector de la energía y a establecer el plan prioritario de interconexión, en vista de la decisión recientemente modificada por la que se fijan las orientaciones en materia de redes transeuropeas de transporte de la energía, sin olvidar las infraestructuras de recepción/regasificación del gas natural líquido y las instalaciones de almacenamiento; asimismo, considera que debe darse a todas las fuentes de energía, incluidas las energías renovables, un acceso justo y no discriminatorio a las redes eléctricas, a fin de fomentar la integración de los mercados y de garantizar la seguridad del suministro; considera que las centrales eólicas en alta mar deben integrarse primero en una red regional y, en última instancia, en la red transeuropea en el sector de la energía;

47.  Pide a la Comisión que preste especial atención al desarrollo de energías renovables de origen marítimo (viento en alta mar, oleaje, mareas, etc.), en particular en el Mar del Norte, el Mar Báltico, el Mar de Irlanda y el Mar Mediterráneo, y solar, en particular en la región mediterránea, de manera que esos recursos se incluyan en la guía de 2007 sobre las fuentes de energía renovable y se desarrollen plena y rápidamente;

48.  Pide una revisión de la legislación comunitaria vigente para evitar el desarrollo de las prioridades en materia de política energética expuestas en la presente resolución, incluido el futuro desarrollo de proyectos mareomotrices de gran envergadura;

49.  Se muestra convencido de que la energía nuclear forma parte del debate político europeo sobre combinación energética; reconoce el papel que desempeña actualmente la energía nuclear en algunos Estados miembros para mantener la seguridad del suministro de electricidad como parte de la combinación energética y como medio de evitar emisiones de CO2; considera que las decisiones relativas a si la producción de energía nuclear debe seguir desempeñando un papel en algunos Estados miembros sólo pueden adoptarse a nivel de los Estados miembros, de conformidad con el principio de subsidiariedad;

50.  Insta a la Comisión a que investigue la cuestión del desarrollo de la energía nuclear en los Estados miembros, teniendo en cuenta tanto las ventajas que se derivan de esta tecnología (escasa variabilidad de los costes de producción, elevada seguridad en los suministros y cero emisiones de CO2) como el riesgo ligado a la existencia de las centrales nucleares (averías, problemas de eliminación de residuos);

51.  Indica, a la luz del alto nivel de dependencia de la Unión Europea de las importaciones, que reviste particular importancia incrementar la diversidad de los países de origen y las rutas de tránsito;

52.  Reconoce que la decisión sobre la composición de la combinación energética debe tomar en consideración las particularidades nacionales y regionales específicas; considera, por ello, que el fomento de las energías renovables debe orientarse con arreglo a las correspondientes condiciones geográficas, climáticas y económicas;

Infraestructura e inversiones para la seguridad del suministro

53.  Invita a los Estados miembros a poner en práctica los compromisos políticos sobre el desarrollo de las interconexiones energéticas que faltan, prestando especial atención a las regiones aisladas de la Unión Europea, tales como los Estados bálticos; recuerda la necesidad de inversiones para lograr dicho objetivo, y pide a la Comisión que proponga medidas para establecer un clima de inversión favorable a fin de que los mercados puedan enviar las señales de inversión oportunas a los inversores; invita a los Estados miembros y a la Comisión a examinar a fondo los aspectos medioambientales antes de aprobar nuevas inversiones en infraestructuras de envergadura, como por ejemplo el Gasoducto Noreuropeo – Corriente septentrional que está previsto;

   54. Considera que para el fomento de las fuentes de energía renovables debe resultar determinante, junto a la utilidad ecológica, también la eficacia económica, con objeto de minimizar la carga financiera para el consumidor final ;

Aspectos exteriores

55.  Considera que el establecimiento de una posición común de la Unión Europea en el diálogo con terceros países aumentará la capacidad de la Unión Europea para negociar con los países productores y consumidores de energía y que el Comisario responsable de energía debe contar con un mandato bien definido que establezca una visión europea a largo plazo de planificación energética;

56.  Insta a los Estados miembros, con miras a mejorar la cooperación con las instituciones de la Unión Europea, a que establezcan una lista de ámbitos prioritarios en los que hayan alcanzado un acuerdo sobre la política energética exterior, que incluya:

   a) objetivos en materia de cambio climático, eficiencia y ahorro energético, el desarrollo de tecnologías renovables,
   b) los derechos humanos y el diálogo social, en un esfuerzo por fijar normas para la responsabilidad social de las empresas en este ámbito, tanto a nivel de la Unión Europea como de las Naciones Unidas,
   c) la inclusión, en todos los nuevos acuerdos comerciales e internacionales de la Unión Europea, de una sección dedicada a la energía, en reconocimiento del principio de reciprocidad, transparencia y del Estado de derecho,
   d) el establecimiento a escala de la Unión Europea de un intercambio de información sobre contratos importantes de gas o la venta de infraestructura energética con terceros países,
   e) la diversificación de sus suministros y rutas de tránsito para el petróleo y el gas, en reconocimiento de la política de vecindad de la Unión Europea;

57.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que sólo apoyen las inversiones y las participaciones de mercado de las empresas de los países suministradores de energía en la Unión Europea sobre la base de la reciprocidad, es decir, de la seguridad de las inversiones en esos países, y de acuerdo con una estrategia que combine la transferencia de las mejores tecnologías disponibles con la creación de un marco estable para las inversiones basado en normas internacionales que tome como punto de partida los acuerdos económicos de la OMC y bilaterales;

58.  Considera vital que la Unión Europea siga liderando la lucha mundial contra el cambio climático y continúe esforzándose para alcanzar los objetivos del protocolo de Kyoto; considera necesario integrar los esfuerzos de la Unión Europea para el desarrollo de fuentes de energía y tecnologías renovables y limpias en pro del ahorro de energía y de la eficiencia energética en todas las relaciones exteriores, de conformidad con la agenda mundial de desarrollo sostenible acordada en Johannesburgo en 2002;

59.  Subraya la necesidad de elaborar una política energética común con vistas a regular el mercado interior así como los aspectos externos, que tenga en cuenta los intereses políticos y económicos de todos los Estados miembros;

60.  Subraya la importancia de desarrollar un tratado comunitario paneuropeo para la energía;

61.  Acoge con satisfacción, en el contexto del Libro Verde, la reciente iniciativa de la Comisión de emprender un estudio para "abordar las interdependencias entre la gestión de los recursos naturales y los conflictos en las relaciones exteriores de la Comisión Europea", y subraya en especial los vínculos entre la seguridad energética y la seguridad climática;

62.  Pide a la Comisión que formule como objetivo supremo de la política energética exterior de la Unión Europea la reducción de la dependencia de los combustibles fósiles procedentes de unos pocos grandes proveedores y que diversifique las fuentes de energía y, a este fin, considera que debería presentarse al Parlamento y al Consejo un plan a largo plazo con fechas orientativas;

63.  Destaca que resulta imprescindible una nueva forma de diálogo y cooperación políticos entre los países consumidores, especialmente con los EE. UU., China, la India y Japón; toma nota de que un diálogo similar entre los países consumidores y productores clave resulta igualmente necesario para desarrollar un enfoque global sobre la energía; considera que esas nuevas formas de diálogo energético global deberían tener por objeto que los mercados globales de la energía sean estables, seguros y transparentes, así como impulsar simultáneamente de manera sostenida las fuentes de energía limpia y la eficiencia energética;

64.  Pide a la Comisión y al Consejo que establezcan una asociación estratégica en el ámbito de la energía con países como China, la India, Sudáfrica, Brasil y México, con el fin de ayudarles técnicamente a desarrollar unas estrategias energéticas sostenibles, garantizando de ese modo su participación en los esfuerzos de moderación del cambio climático;

65.  Pide a la Comisión con carácter de urgencia que no se centre sólo en una cooperación más estrecha con Rusia sino que intensifique también la cooperación con otros países exportadores de energía, la CEI y, en particular, los países de la OPEP; acoge con satisfacción el desarrollo proyectado de una comunidad energética a escala de la Unión Europea;

66.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a tomar muy en serio el peligro real de un déficit del suministro de gas ruso a partir de 2010 debido, entre otras cosas, a la falta de inversiones, a unos escapes excesivos y al desperdicio de energía en el mercado interior ruso; insiste en que los Estados miembros aclaren que es más probable que la clase de inversión necesaria se produzca si existe una mayor seguridad para las inversiones, que no se realizarán sin contratos a largo plazo; insiste en que los Estados miembros y la Unión, en sus debates energéticos con Rusia, exijan que Rusia ratifique el protocolo relativo al tránsito y el Tratado sobre la Carta de la Energía, que es fundamental para garantizar las futuras y tan necesarias inversiones extranjeras en la infraestructura energética de Rusia y para asegurar un abastecimiento adecuado de gas de la Unión Europea en el futuro;

67.  Señala que en la reunión informal del Consejo Europeo de Lahti se acordó que los principios de la Carta de la Energía y las conclusiones del G8 deben incorporarse en el próximo acuerdo entre la Unión Europea y Rusia, que debería incluir, entre otras cosas:

   a) un mecanismo de solución de diferencias como los de la OMC para resolver eventuales conflictos en relación con la Unión Europea y Rusia y los inversores particulares, en su caso,
   b) una disposición para el acceso mutuo a la infraestructura,
   c) normas en materia de competencia que limiten la posibilidad de que empresas cuasimonopolísticas que aún no se hayan desagregado tengan acceso a sus respectivos mercados energéticos,
   d) el tratamiento de la cuestión de los fallos técnicos en terceros países que afecten a los suministros transfronterizos de los Estados miembros de la Unión Europea;

68.  Subraya que la precariedad de la seguridad del abastecimiento energético y de la seguridad climática desencadena a menudo crisis y conflictos internacionales que tienen repercusiones sobre la democracia, los derechos humanos y la pobreza;

69.  Señala que las graves deficiencias observadas el pasado invierno en el mercado del gas en varios Estados miembros han tenido como consecuencia la deslocalización de empresas en las industrias que hacen un uso intensivo de la energía; considera necesario, en este contexto, examinar las posibilidades de fomentar la solidaridad entre los Estados miembros y de otorgar prioridad a este asunto, con miras a garantizar el adecuado funcionamiento de los interconectores actuales y futuros;

70.  Pide a la Unión Europea que intente incluir en las normas de la OMC disposiciones reguladoras del comercio de la energía, otorgando así a dicha organización funciones de mediación internacional en la solución de litigios relativos al suministro y distribución de energía;

71.  Expresa su convicción de que la Unión Europea tiene la responsabilidad de desarrollar con los países correspondientes soluciones energéticas descentralizadas adaptadas a las zonas rurales;

72.  Pide a la Comisión que analice y aborde el asunto de los fallos técnicos en terceros países que afecten a los suministros transfronterizos de los Estados miembros, por ejemplo las interrupciones del suministro de petróleo en el oleoducto de Druzhba;

73.  Subraya la necesidad de aumentar la diversidad en el mercado del gas de la Unión Europea, procurando asegurar un mayor abastecimiento de energía directamente de los productores de Asia central, es decir, de Kazajstán, Azerbaiyán, Turkmenistán y Uzbekistán;

74.  Pide que se tomen medidas para garantizar el desarrollo de la Comunidad Paneuropea de la Energía (CPEE), ampliando el Tratado de la Comunidad de la Energía para incluir a Turquía y examinando la posibilidad de que el Mashreq y el Magreb se adhieran a la CPEE;

Mercado único en el ámbito de la energía y la competitividad

75.  Pide los Estados miembros que reconozcan que el mercado de la energía de la Unión Europea aún no está plenamente liberalizado y que son inexcusables mejoras ulteriores; opina que un marco político claro y estable y un mercado energético competitivo son necesarios para establecer un alto grado de autonomía energética, estabilidad a largo plazo, eficiencia, sensibilidad medioambiental y seguridad del abastecimiento; pide, por tanto, a la Comisión y a los Estados miembros que evalúen detenidamente la necesidad de una intervención reguladora en este contexto;

76.  Constata el carácter heterogéneo del impulso que los Estados miembros han dado a las políticas de liberalización del mercado energético y señala que las diferencias se aprecian asimismo entre sus marcos normativos;

77.  Pide que el Consejo Europeo de Primavera de 2007 proporcione una visión más amplia de los intereses comunes europeos en el sector energético con el fin de situar la realización del mercado interior en un marco político claro, algo que falta actualmente;

78.  Pide a la Comisión que haga uso de sus competencias con arreglo al artículo 86, apartado 3, del Tratado CE para aumentar sus esfuerzos dirigidos a desagregar las infraestructuras del gas con el fin de promover la competencia en el sector de las redes de tránsito del gas y alentar a los operadores a que abran los mercados a otros operadores distintos de los suministradores tradicionales de gas;

79.  Felicita a la Comisión por la investigación en el sector de la energía; invita a la Comisión a proseguir las medidas de aplicación, incluidas multas, contra las empresas que violen las normas sobre la competencia; alienta a la Comisión a perseguir a los Estados miembros que, de forma indebida, protejan a los abanderados nacionales del sector de la energía, se propongan regular de nuevo los precios finales a un nivel inferior al precio de mercado o intenten bloquear fusiones y adquisiciones, pues tal conducta iría en perjuicio del mercado interior; pide a la Comisión que proporcione orientaciones sobre la forma apropiada de los contratos de suministro a largo plazo y las condiciones conforme a las cuales serían aceptables las disposiciones;

80.  Opina que los Estados miembros y las regiones deberían garantizar un trato de mercado igualitario a los pequeños y medianos productores de energía y a los grandes productores, a fin de proteger al consumidor de los efectos de la monopolización del mercado;

81.  Insta a la Comisión a que, en su valoración de los planes nacionales de asignación (PNA), rechace las distorsiones del mercado causadas por los PNA e insista en la armonización de los mismos, muchos de los cuales socavan actualmente el principio de "quien contamina paga";

82.  Pide a la Comisión que ponga fin a los precios regulados de la energía, porque socavan la propia esencia de los mercados energéticos abiertos; pide, sobre todo, a la Comisión que aborde los sistemas de precios regulados de la energía para las empresas con gran consumo energético, porque estas socavan, no sólo el mercado energético de la Unión Europea, sino también el mercado interior en otros productos básicos; acepta que podrían resultar necesarias medidas especiales para las empresas de la Unión Europea con gran consumo energético que estén expuestas a la competencia mundial, pero dichas medidas deben tomarse de modo coordinado a escala de la Unión Europea; insta, por tanto, a la DG Competencia a que presente un conjunto claro de criterios para definir qué se consideran empresas con gran consumo energético expuestas a la competencia mundial y utilice dichos criterios para evaluar la validez de los sistemas energéticos nacionales especiales para empresas con gran consumo energético;

83.  Insta a la Comisión a tomar medidas adicionales para abordar la cuestión de las concentraciones en el mercado de la energía en caso de abuso de una posición dominante de mercado;

84.  Propone aumentar de manera significativa las competencias de los reguladores de los Estados miembros, que deberían ser completamente independientes de los gobiernos y la industria, así como armonizar sus competencias, lo que podría lograrse mediante el establecimiento de normas comunes en materia de transparencia, información y responsabilidad, que deberían ser supervisadas por la Comisión y, una vez al año, por el Parlamento Europeo, y establecer unas directrices mínimas vinculantes sobre el procedimiento para el nombramiento de los reguladores; considera que debe confiarse a los reguladores energéticos nacionales la tarea de asesorar a las autoridades en materia de competencia de los Estados miembros y garantizar que las empresas energéticas tengan la obligación estatutaria de asesorar a sus clientes sobre el ahorro de energía;

85.  Pide a la Comisión que prepare la revisión de los poderes y la independencia de los reguladores nacionales y que sólo entonces prepare una recomendación sobre el desarrollo armonizado de la regulación en el mercado interior;

86.  Pide a los Estados miembros que otorguen a los reguladores nacionales competencias acordadas a nivel de la Unión Europea para que puedan obtener resultados en materia de transmisión transfronteriza de electricidad y gas, incluido un acceso no discriminatorio a la red, tarifas de transmisión, asignación de la capacidad, adjudicación de contratos para la gestión de la congestión y operación de la red, así como un calendario claro para las ofertas en el mercado de la energía; considera que los reguladores nacionales deben también insistir en la necesidad de que los operadores de redes actúen en interés de los consumidores europeos; opina que, antes del establecimiento de un regulador unificado, se impone una armonización de las competencias de los reguladores nacionales en aras de una mayor homogeneidad de las acciones orientadas a un mejor funcionamiento del mercado;

87.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a que fomenten una mejor coordinación por parte de los operadores de las redes de transporte, en especial en ámbitos como la asignación de capacidad transfronteriza, la transparencia, los mercados intradiarios y la planificación de redes e inversiones de cara al desarrollo de los mercados regionales; pide a la Comisión que elabore, en colaboración con los operadores de la redes de transporte, un código de la red europea;

88.  Pide a la Comisión que aporte una solución a los problemas relacionados con la independencia, los conflictos de intereses y la transparencia por lo que se refiere a los operadores de las redes de transporte; que presente propuestas que permitan a los operadores de las redes de transporte asumir su responsabilidad como facilitadores de mercado y que armonice las normativas internacionales aplicables a los operadores de las redes de transporte con el fin de mejorar el transporte transfronterizo;

89.  Pide a la Comisión que garantice el estricto cumplimiento por parte de los Estados miembros de las condiciones establecidas en el artículo 7, apartado 6, de la Directiva 2001/77/CE, a saber, que la tarificación del transporte aplicada por los operadores para el transporte de electricidad a través de la red no suponga en modo alguno una discriminación de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en regiones periféricas, como son las regiones insulares y las regiones con escasa densidad de población; insta a la Comisión a adoptar nuevas medidas con vistas al cese de la actual discriminación dentro de los Estados miembros;

90.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que consideren detenidamente si, para lograr la igualdad de condiciones, son necesarias nuevas instituciones como el Centro Europeo de Redes de Energía, habida cuenta del gran número de instituciones ya existentes que se podrían ampliar;

91.  Insta a la Comisión a prestar un mayor apoyo a los interconectores entre los Estados miembros y particularmente dentro de los mismos, con objeto de proporcionar a los proveedores de las regiones insulares y ultraperiféricas un mejor acceso a la red continental;

92.  Invita a la Comisión a analizar de forma precisa los problemas existentes para conceder licencias de obras en las fronteras y a presentar un informe al Parlamento Europeo; pide a los Estados miembros concedan licencias de obras en las fronteras en un plazo de cuatro años a partir de al presentación de una solicitud; añade que un medio posible para lograrlo podría ser la introducción de legislación, cuando sea necesario;

93.  Considera que la creación de mercados energéticos regionales debería contribuir a acelerar una mayor integración de los mercados energéticos de la Unión Europea y que en ningún caso deberían levantarse nuevas barreras a la integración del conjunto de los mercados energéticos;

94.  Pide a la Comisión que vele por una utilización más intensa de los mecanismos de reparto basados en el mercado en caso de una capacidad limitada de los transportes transfronterizos;

95.  Invita a la Comisión a conceder prioridad al establecimiento de mercados regionales operativos de la electricidad antes de 2009, con miras a integrar los mercados con el mayor potencial de desarrollo a nivel europeo para 2012 y a impulsar el establecimiento de un mercado y una red de la energía europeos únicos;

96.  Señala que las interconexiones transfronterizas requerirán medidas especiales, como el trato preferencial de la financiación o exenciones fiscales; insta a la Unión Europea a que avance rápidamente con sus proyectos de redes transeuropeas de la energía (RTE); señala que completando los enlaces de las RTE aún pendientes se aumentará la seguridad de los suministros, a la vez que se contribuirá a la realización del mercado interior;

97.  Considera adecuado que se posponga la posible ampliación del marco reglamentario y que, en su lugar, se acelere la aplicación en los Estados miembros de las normas comunitarias existentes; opina que sólo debería considerarse la posibilidad de introducir medidas reglamentarias adicionales tales como la desagregación total de la propiedad en caso de que los mecanismos previstos en la legislación existente sobre el mercado interior resultasen ineficaces en la práctica; subraya la importancia de mejorar la eficacia de la reglamentación y de garantizar una aplicación adecuada y coherente de las disposiciones relativas a la separación de actividades establecidas en las directivas existentes;

98.  Exhorta a la Comisión a que, cuando establezca su posición sobre la gestión y la propiedad futuras de las redes eléctricas y la necesidad de nuevas iniciativas legislativas para regular mejor el sector eléctrico de la UE, tenga plenamente en cuenta los recientes informes de la UCTE y del ERGEG sobre el apagón originado en noviembre de 2006 en Alemania;

99.  Opina que debería procederse a una separación completa de la propiedad de los sistemas de transmisión en el sector de la energía en cuanto la Comisión considere que la actual legislación es ineficaz, porque de ese modo se evitaría la aparición de conflictos de intereses entre empresas competidoras dentro del sector de la energía;

100.  Se muestra convencido de que la Comisión debe presentar una estrategia exhaustiva sobre el gas que examine la necesidad de reducir el consumo de gas, la garantía del acceso de terceros de forma que se prevea un uso económico y eficiente del gas, la diversificación del abastecimiento y de las rutas de tránsito y la mejora de la infraestructura del gas, (por ejemplo, el almacenamiento del gas, las instalaciones de GNL y los centros del gas que aún faltan) ‐preparando también, por consiguiente, la introducción del biogás‐, así como la necesidad en algunos Estados miembros de invertir la dirección del flujo de gas, y que aborde también la cuestión del almacenamiento y las reservas tras realizar un análisis coste-beneficio pormenorizado que tenga en cuenta los condicionamientos físicos y económicos del sector del gas;

101.  Pide a la Comisión que presente una propuesta de Directiva sobre el gas natural, a fin de equilibrar las presentadas sobre los biocombustibles y el hidrógeno;

102.  Pide a la Comisión que presente una definición de usuario de elevado uso energético y que otorgue especial consideración a los usuarios de elevado uso energético de la Unión Europea que compiten en la economía mundial;

103.  Insta a la Comisión a utilizar sus poderes en materia de competencia para abordar la existencia de cláusulas de diferenciación geográfica de mercados en los contratos de suministro suscritos entre productores de gas y proveedores nacionales de energía de la Unión Europea, cláusulas que prohíben a estos últimos revender a otros mercados comunitarios el gas sobrante de los productores de gas; insta asimismo a la Comisión a investigar la legalidad de aquellos contratos de suministro a largo plazo que privan del acceso al mercado a otros proveedores;

Pobreza energética y derechos del consumidor

104.  Se muestra convencido de que los consumidores deben situarse en el centro de todas las políticas energéticas futuras y de que la pobreza energética debería figurar de manera más clara en las propuestas de la Comisión; recuerda que los consumidores, especialmente los poderes públicos, que deben dar ejemplo en este ámbito, también tienen obligaciones en términos de economía de la energía; reconoce el papel protagonista que la medición y el cobro inteligentes pueden desempeñar para sensibilizar al consumidor respecto al cómo y por qué se utiliza la energía y por ende también para cambiar las actitudes del consumidor; invita al Consejo y a la Comisión a proponer medidas que ayuden a los hogares con un nivel bajo de ingresos a conseguir ahorrar energía en sus casas, reduciendo de ese modo sus facturas de energía y su exposición a futuros aumentos de los precios;

105.  Insiste en la necesidad de hacer campaña en favor de la educación y los cambios de comportamiento con vistas a una movilidad más sostenible de los ciudadanos europeos.

106.  Solicita que se preste un apoyo continuo e integrado a las autoridades locales y regionales en relación con las medidas de eficiencia energética y sostenibilidad a través de todos los regímenes europeos de financiación, tales como, en particular, los Fondos Estructurales, el Séptimo Programa Marco, el programa Energía inteligente - Europa y, en general, todos los instrumentos de política regional y de ingeniería financiera contemplados en la política de cohesión para el periodo 2007-2013, así como en relación con las actividades del BEI;

107.  Pide a la Comisión que muestre interés tanto por las energías renovables como por el ahorro de energía, destacando estas políticas en todas las iniciativas financiadas por los Fondos Estructurales y el Fondo de Cohesión (integración), y especialmente las acciones financiadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en todas las regiones de la Unión durante el próximo periodo de programación 2007-2013, que elabore una propuesta sobre cómo eliminar la limitación de los progresos en materia de ahorro de energía que supone el límite del 3 % en el gasto en eficiencia energética de dichos fondos y que estudie la posibilidad de suprimir dicho umbral a partir de 2013;

108.  Reitera su convencimiento de que el suministro de energía a la población para satisfacer sus necesidades elementales es fundamental y que debe garantizarse; pide, por lo tanto, a los reguladores energéticos en los Estados miembros que se aseguren de que se cumplen las obligaciones de servicio universal y de que los consumidores vulnerables y con pocos medios económicos sean protegidos adecuadamente;

109.  Apoya la inclusión de objetivos de política energética en la formulación de los criterios de atribución de los contratos públicos en aquellos casos en que resulte viable para la autoridad que los adjudique y razonable para el licitador respectivo y no signifique una injerencia contraria a las normas de competencia;

110.  Subraya la importancia de que los consumidores tengan fácil acceso a la información sobre los precios y las opciones, una manera fácil de cambiar de proveedor energético y el derecho a ser escuchador por los reguladores en cada Estado miembro;

Desarrollo

111.  Pide que la Comisión y el Consejo reconozcan que hay 2 000 millones de personas en el mundo sin acceso a servicios energéticos básicos y considera que la Unión Europea debería establecer una orientación política para paliar tal situación y cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio;

112.  Acoge con satisfacción la iniciativa de un Fondo Mundial para la Eficiencia Energética y las Energías Renovables como parte de una responsabilidad política mundial para promover el desarrollo;

113.  Subraya que la Unión Europea y los Estados miembros deberían utilizar sus relaciones diplomáticas, de asistencia y comerciales con los países suministradores de energía para promover la transparencia fiscal; pide a la Comisión que apoye y promueva la Iniciativa para la Transparencia de la Industria Extractiva (EITI) y desarrolle una estrategia para integrar los principios de la EITI y del Plan de Responsabilidad Social de las Empresas en todos los acuerdos con países terceros; considera que deberían preverse disposiciones específicas en tales acuerdos para apoyar el papel de la sociedad civil como instancia independiente de control de la gestión de los ingresos de la energía;

114.  Considera que la repercusión de las acciones de la Unión Europea se reforzaría de forma significativa mediante una política exterior firme que tuviera por objetivo convencer a todos los países industrializados para que participen en la lucha contra el cambio climático y mediante la inclusión de un mayor número de programas que tengan por objetivo promover las energías limpias y eficientes en la política de desarrollo de la Unión;

115.  Se muestra convencido, asimismo, de que la Unión Europea deberá examinar con los países en desarrollo más "avanzados" maneras para desempeñar un papel más importante en el esfuerzo mundial de lucha contra el calentamiento del planeta y adaptación al mismo, y de que la Unión Europea también deberá prever acciones para reforzar la solidaridad mundial frente a las repercusiones del cambio climático, en particular para los países más pobres;

116.  Subraya que el desarrollo económico es un derecho de todos los países en desarrollo, si bien estos países no deben repetir las prácticas contaminantes de los países industrializados, por lo que pide que se preste mayor atención a la cooperación tecnológica y al desarrollo de las capacidades en el ámbito de la energía sostenible, así como a normas internacionales de eficacia para los productos que consuman energía;

117.  Pide que se introduzcan formas de energía sostenibles y utilizables a nivel local y redes de energía descentralizadas en particular en los países en desarrollo, por ejemplo, a través del refuerzo del apoyo a la transferencia de ciencia y tecnología, de forma que se asegure el acceso a la energía, se economicen recursos, se creen puestos de trabajo, se reduzca la dependencia y se contribuya a la creación de una economía de mercado que funcione;

o
o   o

118.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.

(1) DO C 320 E de 15.12.2005, p. 36.
(2) DO C 272 E de 9.11.2006, p. 404.
(3) DO C 286 E de 23.11.2006, p. 172.
(4) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0118.
(5) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0219.
(6) DO C 280 E de 18.11. 2006, p. 108.
(7) DO C 280 E de 18.11. 2006, p. 117.
(8) DO C 280 E de 18.11. 2006, p. 120.
(9) DO C 226 E de 15.9.2005, p. 44.
(10) DO C 157 E de 6.7.2006, p. 61.
(11) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0300.
(12) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0058.
(13) DO C 227 E de 21.9. 2006, p. 599.
(14) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0110.
(15) Textos Aprobados, P6_TA(2006)0243.
(16) www.iphe.net
(17) www.iter.org
(18) DO L 191 de 22.7.2005, p. 29.
(19) DO L 114 de 27.4.2006, p. 64.

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