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Procedimiento : 2008/2156(INI)
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Ciclo relativo al documento : A6-0420/2008

Textos presentados :

A6-0420/2008

Debates :

PV 17/11/2008 - 21
CRE 17/11/2008 - 21

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PV 18/11/2008 - 7.16
CRE 18/11/2008 - 7.16
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P6_TA(2008)0543

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Martes 18 de noviembre de 2008 - Estrasburgo
UEM@10: Los diez primeros años de la Unión Económica y Monetaria y los retos del futuro
P6_TA(2008)0543A6-0420/2008

Resolución del Parlamento Europeo, de 18 de noviembre de 2008, sobre la UEM@10: Los diez primeros años de la Unión Económica y Monetaria y los retos del futuro (2008/2156(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 7 de mayo de 2008, sobre la UEM@10 – Logros y retos tras diez años de Unión Económica y Monetaria (COM(2008)0238) (Comunicación sobre la UEM@10),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 24 de junio de 2008, sobre las Finanzas Públicas en la UEM – 2008 (COM(2008)0387),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 29 de octubre de 2008, titulada "De la crisis financiera a la recuperación: Un marco europeo de acción" (COM(2008)0706),

–  Vistas las previsiones económicas de la Comisión de otoño de 2008, de 3 de noviembre de 2008,

–  Vista la reunión del Consejo Europeo de los días 15 y 16 de octubre de 2008,

–  Vista su Resolución, de 22 de octubre de 2008, sobre el Consejo Europeo de los días 15 y 16 de octubre de 2008(1),

–  Vista la Cumbre extraordinaria del Eurogrupo, de 12 de octubre de 2008, sobre las garantías del Estado en relación con los préstamos interbancarios,

–  Vistas las conclusiones de la reunión del Consejo de 4 de noviembre de 2008,

–  Visto el resultado de la Cumbre informal de Jefes de Estado y de Gobierno de 7 de noviembre de 2008,

–  Vista su Resolución, de 14 de noviembre de 2006, sobre el Informe anual sobre la zona del euro 2006(2),

–  Vista su Resolución, de 12 de julio de 2007, sobre el Informe anual 2007 sobre la zona del euro(3),

–  Vista su Resolución, de 20 de febrero de 2008, sobre la contribución al Consejo Europeo de primavera de 2008 en relación con la Estrategia de Lisboa(4),

–  Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2007, sobre el interés europeo: Triunfar en la era de la mundialización(5),

–  Vista su Resolución, de 15 de febrero de 2007, sobre la situación de la economía europea: Informe preparatorio sobre las orientaciones generales de las políticas económicas para 2007(6),

–  Vista su Resolución, de 22 de febrero de 2005, sobre las Finanzas Públicas en la UEM - 2004(7),

–  Vista su Resolución, de 26 de abril de 2007, sobre las Finanzas Públicas en la UEM - 2006(8),

–  Vista su Resolución, de 9 de julio de 2008, sobre el Informe anual del BCE para 2007(9),

–  Vista su Resolución, de 1 de junio de 2006, sobre la ampliación de la zona del euro(10),

–  Vista su Resolución, de 20 de junio de 2007, sobre la mejora del método de consulta al Parlamento en los procedimientos relativos a la ampliación de la zona del euro(11),

–  Vista su Posición, de 17 de junio de 2008, sobre la propuesta de Decisión del Consejo de conformidad con el artículo 122, apartado 2, del Tratado para la adopción por Eslovaquia de la moneda única el 1 de enero de 2009(12),

–  Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2006, sobre la revisión estratégica del Fondo Monetario Internacional(13),

–  Vista su Resolución, de 5 de julio de 2005, sobre la aplicación de una estrategia de información y comunicación sobre el euro y la Unión Económica y Monetaria(14),

–  Vista su Resolución, de 23 de septiembre de 2008, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre los fondos de cobertura y los fondos de capital riesgo/inversión(15),

–  Vista la Resolución del Consejo Europeo, de 13 de diciembre de 1997, sobre la coordinación de las políticas económicas en la tercera fase de la UEM y sobre los artículos 109 y 109 B del Tratado CE(16),

–  Vista la contribución del Consejo de Economía y Finanzas, de 12 de febrero de 2008, a las conclusiones del Consejo Europeo de primavera,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 7 de octubre de 2008, sobre una respuesta coordinada de la Unión Europea a la ralentización de la economía,

–  Visto el Memorando de Acuerdo, de 1 de junio de 2008, sobre cooperación entre las autoridades de supervisión financiera, los Bancos Centrales y los Ministerios de Hacienda de la Unión Europea en materia de estabilidad financiera transfronteriza,

–  Visto el artículo 45 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y la opinión de la Comisión de Comercio Internacional (A6-0420/2008),

A.  Considerando que el 1 de enero de 1999 once Estados miembros ‐Bélgica, Alemania, Irlanda, España, Francia, Italia, Luxemburgo, los Países Bajos, Austria, Portugal y Finlandia‐ adoptaron la moneda única de la Unión Europea,

B.  Considerando que otros cuatro Estados miembros se han adherido a la zona del euro desde su entrada en vigor: Grecia, en 2001, Eslovenia, en 2007 y Chipre y Malta, en 2008,

C.  Considerando que la zona del euro seguirá ampliándose, ya que la mayoría de los Estados miembros que actualmente no pertenecen a la zona del euro se están preparando para adherirse en el futuro, y que Eslovaquia formará parte de la zona del euro a partir del 1 de enero de 2009,

D.  Considerando que la Unión Económica y Monetaria (UEM) ha sido un éxito en muchos sentidos, al haber incrementado la moneda única la estabilidad económica de los Estados miembros, teniendo en cuenta, en particular, la crisis financiera que se registra en la actualidad,

E.  Considerando que la pertenencia a la zona del euro implica un alto grado de interdependencia económica entre los Estados miembros involucrados y, por tanto, requiere una mayor coordinación de las políticas económicas y obliga a la zona del euro a desempeñar un papel eficaz en la gobernanza económica y financiera global, con el fin de sacar el mayor provecho de la moneda única y afrontar futuros retos, como una mayor competencia en torno a los recursos naturales, los desequilibrios económicos mundiales, la creciente importancia económica de los mercados emergentes, el cambio climático y el envejecimiento de la población europea,

F.  Considerando que la inflación media durante los diez primeros años de la zona del euro se ajustó en líneas generales al objetivo del Banco Central Europeo (BCE) de estabilizar los precios en una tasa cercana, pero inferior, al 2 %; y que, últimamente, la inflación se ha elevado muy por encima de este nivel debido a los cambios estructurales mundiales, sobre todo los relacionados con el aumento de los precios de la energía y los alimentos y la relajación de la política monetaria en los Estados Unidos, así como con la falta de vigilancia por parte de una serie de bancos centrales de terceros países,

G.  Considerando que el rápido aumento de la demanda de energía y de otras materias primas escasas, en las economías emergentes ha empujado progresivamente la oferta hasta su capacidad máxima; y que la presión al alza de los precios se ha exacerbado, dado que las materias primas se consideran cada vez más como activos financieros, hasta el punto de que pueden utilizarse como salvaguarda de valor,

H.  Considerando que cabe celebrar la apertura de la zona del euro, y que se estima que la actual apreciación del euro puede tener efectos negativos, sobre todo en la medida en que pueda afectar a las exportaciones y favorecer las importaciones en el mercado interior, así como efectos positivos, al ayudar a la economía de la Unión Europea a hacer frente al drástico aumento de los precios del petróleo y a la crisis financiera que se registra en la actualidad,

I.  Considerando que el entorno económico mundial ha sido favorable a la creación de empleo durante los diez primeros años del euro, al provocar la creación de casi 16 millones de puestos de trabajo ‐sin tener en cuenta la calidad de los puestos de trabajo creados‐ y un descenso de la tasa de paro del 9 % en 1999 al 7,3 % o más estimado en 2008,

J.  Considerando que la Unión Europea está entrando en una fase de ralentización económica y que las tasas de crecimiento han descendido del 3,1 % en 2006 hasta una previsión revisada que oscila entre el 2 y el 1,4 % para 2008 y el 0,2 % para 2009, y que el desempleo y la exclusión social seguirán aumentando,

K.  Considerando que el crecimiento de la economía y de la productividad ha sido decepcionante, al haber disminuido el aumento de la producción por trabajador del 1,5 % en el período de 1989 a 1998 al 0,75 % estimado en el período de 1999 a 2008,

L.  Considerando que el euro se ha impuesto rápidamente como la segunda moneda internacional más importante, junto con el dólar estadounidense, y que desempeña una función esencial como moneda de referencia para muchos países de todo el mundo; considerando, no obstante, que el potencial del euro se aprovecha insuficientemente a nivel global, dado que la zona del euro carece de una estrategia internacional adecuadamente definida y de una representación internacional eficaz,

Los diez primeros años del euro

1.  Comparte la idea de que la moneda única se ha convertido en un símbolo de Europa y ha demostrado que Europa es capaz de tomar decisiones de gran alcance para lograr un futuro común y próspero;

2.  Acoge con satisfacción el hecho de que el euro haya traído estabilidad y una mayor integración económica a la zona del euro; celebra los efectos estabilizadores del euro en los mercados mundiales de divisas, especialmente en tiempos de crisis; indica que las diferencias económicas internas aún no han disminuido lo esperado y que la productividad no se ha desarrollado de forma satisfactoria en todas las partes de la zona del euro;

3.  Observa con satisfacción que en distintas partes del mundo se está contemplando la creación de otras uniones monetarias;

4.  Señala, tal y como demuestran numerosos estudios, el vínculo esencial que existe entre la política monetaria y la política comercial en el mundo y subraya, en este sentido, el papel positivo que desempeña la estabilidad de la cotización de las monedas para garantizar un crecimiento sostenible del comercio internacional;

5.  Señala que la creciente utilización del euro como moneda comercial internacional beneficia especialmente a los Estados miembros de la zona del euro, ya que reduce los riesgos de cambio para sus empresas y, por tanto, los costes del comercio internacional;

6.  Recuerda que durante los diez primeros años de la UEM, el Parlamento ha desempeñado una función activa, tanto en el aspecto económico como en el monetario, y ha hecho todo lo posible por garantizar una mayor transparencia y responsabilidad democrática;

7.  Subraya que es preciso realizar mayores esfuerzos por sacar el máximo provecho de la UEM, como lograr la recuperación de los Estados miembros y de las regiones con un producto nacional bruto (PNB) inferior a la media, y fortalecer la comprensión y el compromiso de los ciudadanos con respecto a la moneda única;

8.  Propone los siguientes elementos y medidas concretas con el fin de marcar el rumbo deseable para la UEM:

Divergencia económica, reformas estructurales y finanzas públicas

9.  Considera que unas reformas económicas más racionales y coherentes y encaminadas a prestar múltiples apoyos, oportunamente coordinadas sobre la base de las Directrices Integradas para el Crecimiento y el Empleo (Directrices Integradas) y un enfoque basado en la combinación de políticas de la Estrategia de Lisboa podrían reducir las divergencias económicas y convertirse en una gran ayuda para la recuperación económica y superar la crisis financiera que se registra en la actualidad; resalta la necesidad de mejorar y simplificar los procedimientos y metodologías de revisión y evaluación de la ejecución de estas directrices al final de cada año;

10.  Reconoce que, en lo que respecta a los esfuerzos de modernización y al rendimiento económico, los países que han logrado mayores éxitos son aquellos que combinan reformas estructurales bien equilibradas y orientadas al futuro con una inversión superior a la media en investigación, desarrollo e innovación, educación, formación permanente y guarderías infantiles, así como en la renovación de redes sociales sólidas; afirma que, en su mayoría, dichos Estados miembros cuentan con una administración muy eficaz y transparente, con superávit presupuestarios, niveles de endeudamiento inferiores a la media y un gasto público de alta calidad, eficaz y focalizado, a la vez que muestran signos de una contribución del progreso técnico al crecimiento nacional que casi duplica la media de la Unión Europea; afirma, además, que estos Estados miembros "de referencia", gracias a sus altas tasas de empleo, incluido el empleo de mujeres y de trabajadores de mayor edad, y a sus tasas de natalidad especialmente altas, son los que están mejor preparados para una sociedad en proceso de envejecimiento y garantizar un alto nivel de competitividad;

11.  Recalca la necesidad de que las políticas macroeconómicas de estabilidad y orientadas al crecimiento se refuercen mutuamente, haciendo de una política equilibrada y de la inversión una cuestión de interés común; recalca igualmente la necesidad de seguir de cerca los equilibrios públicos a través de la gestión eficaz de la política fiscal y de los gastos y su impacto en la demanda y, paralelamente, de acordar la creación de un entorno favorable para las operaciones transfronterizas de las empresas;

12.  Señala que el Pacto de Estabilidad y Crecimiento (PEC) revisado ha demostrado su utilidad y que es necesario respetar el compromiso de una fuerte consolidación presupuestaria, ya que los cambios demográficos y el posible declive del crecimiento económico podrían provocar problemas presupuestarios en Estados miembros de la zona del euro, lo que a su vez podría afectar negativamente a la estabilidad de la zona del euro en su conjunto; critica en este contexto la falta de disciplina a la hora de combatir los déficit presupuestarios en tiempos de crecimiento económico y pone de relieve que los Estados miembros deben esforzarse por lograr una política fiscal anticíclica, especialmente con el fin de estar mejor preparados para resistir los embates del exterior; subraya, por tanto, la necesidad de una estrategia a corto plazo con vistas a reducir las deudas nacionales y unas estrategias de crecimiento sanas y sostenibles que permitan una reducción de las deudas nacionales a un máximo del 60 % a largo plazo;

13.  Señala que también es necesario seguir cumpliendo a rajatabla en el futuro los principales elementos del PEC, puesto que los límites del 3 % de déficit del Estado y del 60 % de deuda nacional en relación con el producto interior bruto se especificaron sobre la base de las condiciones económicas de los años noventa; opina que los Estados miembros deben ajustarse estrictamente al PEC bajo la supervisón de la Comisión; opina que ambos objetivos de deudas deberían tratarse como límites máximos que han de evitarse; señala que una coordinación efectiva de la política económica y financiera es una condición previa para el éxito económico de la UEM, aunque dicha coordinación debe respetar el principio de subsidiariedad; pide a la Comisión que contemple todos los medios de que disponga para fortalecer el aspecto preventivo del PEC; pone de relieve que la Comisión debe hacer un mejor uso de los actuales instrumentos de supervisión y que es preciso reforzar la evaluación intermedia de los presupuestos nacionales por el Eurogrupo;

14.  Apoya el punto de vista de la Comisión en el sentido de que el PEC ofrece un marco político importante en un momento en el que la coyuntura económica es especialmente tensa y hace hincapié en que la aplicación del PEC debería garantizar que todo deterioro de las finanzas públicas esté acompañado de medidas adecuadas para afrontar la situación, velando al mismo tiempo por el restablecimiento de unas condiciones sostenibles; considera, asimismo, que las políticas presupuestarias deberían beneficiarse plenamente del grado de flexibilidad que permite el PEC revisado y pide a la Comisión que dé orientaciones claras a los Estados miembros sobre cómo servirse de esta flexibilidad;

15.  Considera que un entorno macroeconómico estable y sostenible requiere una mejora de la calidad de las finanzas públicas, incluida una mayor consolidación presupuestaria, una elevada eficacia del gasto público, mayores inversiones en educación, capital humano, investigación y desarrollo y una infraestructura que sea favorable al crecimiento y capaz de estimular el empleo y que aborde las principales inquietudes sociales, como el cambio climático, en el sentido de los objetivos del paquete sobre el cambio climático y la energía y la recuperación económica en el contexto de la crisis financiera que se registra en la actualidad;

16.  Opina que las reformas estructurales deben centrarse en el incremento de la productividad mediante una mejor combinación de la política económica y social, garantizando al mismo tiempo un nivel adecuado de diálogo social, como se define en la estrategia de Lisboa;

17.  Indica que la política de competencia debería ser complementaria de las políticas estructurales, y apoya la reestructuración de la economía;

18.  Advierte de los riesgos de lograr la estabilidad de precios esencialmente a costa de la moderación salarial; recuerda, en este sentido, que la mayor competencia derivada de la globalización ya ha presionado los salarios a la baja, mientras que la inflación importada derivada del aumento del precio del petróleo y de otras materias primas ya ha mermado la capacidad de compra de los consumidores; manifiesta de nuevo su convicción de que este problema debería abordarse en concreto mediante una distribución más justa de la riqueza;

19.  Considera que las políticas salarial y tributaria son instrumentos eficaces tanto para la estabilización económica como para el crecimiento; opina que es preciso garantizar verdaderos aumentos salariales acordes con los niveles de inflación y productividad, y que la política tributaria debe utilizarse selectivamente para lograr los objetivos económicos; considera que la lucha contra el fraude fiscal, por lo que se refiere tanto a los impuestos directos como indirectos, es especialmente importante y que debe intensificarse; subraya que existe una necesidad urgente de fortalecer una cultura de estímulo y participación como parte integrante de los conceptos de gobernanza corporativa y responsabilidad social de las empresas;

20.  Subraya la necesidad de unas normas equitativas para el mercado interior; considera, por lo tanto, que la búsqueda de los tipos más bajos del impuesto de sociedades es contraproducente;

21.  Solicita que los Estados miembros de la zona del euro fortalezcan la coordinación efectiva de la política económica y financiera, en particular mediante la elaboración de una estrategia común coherente dentro del Eurogrupo; apoya la propuesta de la Comisión de exigir a los Estados miembros que establezcan programas marco a medio plazo para sus políticas económicas y financieras y de controlar su ejecución; subraya que cada Estado miembro debe aceptar la responsabilidad de abordar estas reformas estructurales y mejorar su competitividad de forma cooperativa, de manera que se mantenga la confianza y aceptación del euro;

22.  Indica que los diferentes modelos de reformas estructurales y los distintos grados de apertura han contribuido a los divergentes resultados entre los miembros de la zona del euro; apoya las conclusiones de la Comisión en su Comunicación sobre la UEM@10 por lo que respecta a la insuficiente recuperación de varias economías de la zona del euro y a las crecientes divergencias entre los Estados miembros de la zona del euro; aboga por intercambios periódicos de puntos de vista y por una cooperación en el seno del Eurogrupo con miras a lograr el objetivo común de acelerar el proceso de convergencia;

23.  Solicita a la Comisión que aplique de modo uniforme los criterios comunes al evaluar los datos económicos y fiscales; recuerda la responsabilidad de la Comisión y de los Estados miembros en relación con la fiabilidad de los datos estadísticos y pide que, en el futuro, sólo se tomen decisiones cuando no haya ninguna duda sobre la validez y veracidad de los datos disponibles; solicita también la posibilidad de llevar a cabo investigaciones cuando haya discrepancias sobre el número de años transcurridos entre la fecha acordada para los programas de estabilidad y convergencia y la fecha que pueda preverse de modo realista;

Política monetaria

24.  Recuerda su firme defensa de la independencia del BCE;

25.  Señala que los informes periódicos del BCE al Parlamento, y en particular a su Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, contribuyen a la transparencia de la política monetaria y acoge con agrado la posibilidad de que los diputados al Parlamento Europeo formulen preguntas escritas al BCE sobre política monetaria, mejorando así la rendición de cuentas del BCE ante los ciudadanos de la Unión; apoya la demanda de un debate público más intenso sobre las futuras políticas comunes en materia monetaria y de tipos de cambio en la zona del euro;

26.  Considera que el diálogo sobre política monetaria entre el Parlamento y el BCE ha sido un éxito, sobre cuya base es preciso seguir avanzando; espera una mejora del diálogo monetario en varios aspectos, como la coordinación de las fechas de las comparecencias periódicas del Presidente del BCE con el calendario del BCE relativo a las decisiones sobre política monetaria, de manera que se pueda mejorar el análisis de las decisiones conservando la posibilidad de invitar al Presidente del BCE con el fin de debatir asuntos de actualidad cuando sea necesario;

27.  Señala que el objetivo principal de la política monetaria del BCE consiste en mantener la estabilidad de los precios y que el BCE aspira a una tasa de inflación inferior, pero cercana, al 2 % a medio plazo; destaca que el objetivo de la estabilidad de los precios sólo podrá conseguirse si se abordan adecuadamente las principales causas de la inflación; recuerda que el Tratado CE también asigna al BCE el cometido de apoyar las políticas económicas generales de la Comunidad;

28.  Opina que el BCE debería adoptar un régimen de objetivos de inflación directa en el que una inflación deseable puntual vaya acompañada de una gama de fluctuaciones permitidas en torno a la inflación deseable; pide al BCE que publique sus previsiones en materia de inflación; dicho cambio a un régimen de objetivos de inflación directa no debe impedir que el foco se sitúe en la dinámica de los agregados monetarios, a fin de evitar nuevas burbujas de activos;

29.  Considera que la inflación es una realidad mundial y que en una economía abierta no se puede luchar contra este fenómeno global únicamente a través de la política monetaria de la Unión Europea;

30.  Pone de relieve su voluntad de explorar posibles mejoras del procedimiento para designar a los miembros del Comité Ejecutivo del BCE antes de 2010; estima importante que los miembros del Comité Ejecutivo posean experiencia y méritos académicos o profesionales y representen distintas procedencias en el sector económico, monetario y financiero; llama la atención sobre sus peticiones de crear un Comité Ejecutivo del BCE compuesto por nueve miembros con competencias exclusivas para fijar los tipos de interés sustituyendo así al sistema actual y evitando la solución aún más compleja que se ha decidido para el futuro; insta a que se adopten las modificaciones correspondientes al Tratado;

Integración y supervisión de los mercados financieros

31.  Opina que la integración financiera debería comportar un mayor crecimiento económico y más competitividad, además de una mayor estabilidad y liquidez en el mercado interior;

32.  Señala que el principal centro financiero de la Unión Europea se encuentra fuera de la zona del euro; recuerda que, a pesar de ello, la legislación comunitaria engloba a todos los Estados miembros y agentes activos en el mercado interior; considera que la Unión Europea necesita urgentemente mejorar su estructura de supervisión, tomando en consideración el papel específico del BCE;

33.  Opina que aún queda mucho por hacer en lo referente a la compensación y liquidación de transacciones transfronterizas de títulos, en las que no existe ninguna integración real hasta la fecha;

34.  Subraya que, con respecto a los servicios al por menor, es necesaria una mayor integración, sin que esta integración vaya en detrimento de la protección de los consumidores; considera que es necesario mejorar la movilidad de los clientes, el conocimiento financiero, el acceso a los servicios básicos y la comparabilidad de los productos;

35.  Estima necesarias a medio plazo la europeización de la estructura de supervisión financiera, la transparencia del mercado financiero, unas normas eficaces de competencia y una regulación adecuada, con el fin de mejorar la gestión de crisis y la cooperación entre el Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC), las autoridades de supervisión, los gobiernos y los partícipes del mercado; defiende que un marco de supervisión integrado, global (que abarque todos los sectores financieros), sólido y coherente, que empiece por un enfoque equilibrado en la regulación de la ampliación transfronteriza del riesgo financiero sobre la base de una legislación armonizada, reduciría los costes de conformidad en el caso de las actividades multijurisdiccionales; señala que es preciso evitar tanto la "sobrerregulación" (regular más allá de los requisitos mínimos de la legislación de la CE) como el arbitraje normativo; pide a la Comisión que presente propuestas para revisar la actual estructura de supervisión con arreglo a estos principios; opina que la función supervisora del BCE debe ampliarse más allá de los límites de la zona del euro a través del SEBC;

36.  Acoge con agrado el Memorando de Acuerdo sobre cooperación entre las autoridades de supervisión financiera, los Bancos Centrales y los Ministerios de Hacienda de la Unión Europea en materia de estabilidad financiera transfronteriza, acordado en la primavera de 2008; subraya, no obstante, que el Memorando de Acuerdo no es más que un derecho indicativo y depende de la voluntad de los Estados miembros de cooperar entre sí; opina que por mucho que las normas de reparto de cargas sean difíciles de definir de antemano, es necesario que prosiga el trabajo relacionado con la gestión de crisis;

37.  Pone de relieve que la Unión Europea, en tanto que mayor zona económica del mundo con los principales mercados financieros, debe asumir el liderazgo a escala internacional en el impulso de la reforma del marco normativo de los servicios financieros en beneficio de todos los países implicados y de la estabilidad global; opina que la estabilidad financiera debe convertirse en uno de los objetivos fundamentales de las políticas en un mundo de mercados financieros cada vez más integrados y de innovación financiera, que a veces pueden tener efectos desestabilizadores en la economía real y acarrear riesgos sistémicos; está convencido de que todas las decisiones ambiciosas que se adopten en la Unión Europea animarán a otros países a hacer lo mismo y, a este respecto, destaca la responsabilidad de enfrentarse también a problemas globales o "extraterritoriales"; opina que es preciso abordar la responsabilidad política de los órganos reguladores internacionales en paralelo con dicho trabajo regulador;

38.  Solicita que la Comisión examine la creación de bonos europeos y elabore una estrategia a largo plazo que permita la emisión de dichos bonos dentro de la zona del euro, además de los bonos nacionales de los Estados miembros; destaca la necesidad de evaluar sus consecuencias tanto para los mercados financieros internacionales como para la UEM;

Ampliación de la zona del euro

39.  Solicita que todos los Estados miembros no integrados en la zona del euro respeten los criterios de Maastricht y el PEC reformado y generalmente flexible; considera que la Comisión debe garantizar la interpretación estricta del PEC y la aplicación de los criterios de exclusión antes de cualquier posible adhesión; considera que es preciso garantizar la igualdad de trato entre los Estados miembros integrados en la zona del euro y los Estados miembros que deseen adherirse; indica, en este contexto, que la estabilidad a largo plazo de la zona del euro debe considerarse un objetivo de interés común y que ampliación y estabilidad deben ir de la mano; estima que es esencial que los Estados miembros de la zona del euro y los que ostentan un estatuto especial cumplan estrictamente sus obligaciones y no dejen lugar a dudas en torno a las metas comunes de estabilidad de precios, independencia del BCE y disciplina presupuestaria o su voluntad de impulsar el crecimiento, el empleo y la competitividad;

40.  Considera que los Estados miembros no pertenecientes a la zona del euro, que cumplen los criterios de Maastricht y no son objeto de excepción en el Tratado, deben adoptar la moneda común lo antes posible;

41.  Destaca que la adhesión a la zona del euro requiere el pleno cumplimiento de los criterios de Maastricht, tal como se especifican en el Tratado y en el Protocolo relativo al artículo 121 del Tratado, a saber: un alto grado de estabilidad mesurada de precios, así como la sostenibilidad de dicha estabilidad de precios, unas finanzas públicas que no presenten un déficit excesivo, la participación durante un mínimo de dos años en el mecanismo de tipos de cambio (MTC II), el respeto de los márgenes normales de fluctuación, la convergencia de los tipos de interés a largo plazo, la compatibilidad del sistema de regulación con las disposiciones del Tratado de Maastricht relativas a la UEM y un banco central independiente;

42.  Opina que uno de los retos principales que supone adherirse a la zona del euro es garantizar la sostenibilidad de los criterios de Maastricht; subraya, no obstante, que, al mismo tiempo, los criterios de Maastricht también son un primer paso hacia la realización de procesos de reforma, inclusive ulteriores compromisos y esfuerzos por lo que se refiere a reformas estructurales, inversiones y coordinación económica;

43.  Acoge con satisfacción la supervisión más estricta y eficiente de los Estados miembros que participan en el MTC II y desean adherirse a la zona del euro, así como su desarrollo económico; señala que una participación con éxito en el MTC II debe seguir siendo una verdadera condición previa y no meramente un requisito secundario para la pertenencia a la zona del euro; y que deben aplicarse los mismos requisitos de adhesión a todos los Estados miembros que se adhieran a la zona del euro;

44.  Considera que la expansión duradera y efectiva de la zona del euro supone un reto importante para los próximos años y que deben adaptarse a este cambio tanto las normas institucionales del BCE como el proceso de toma de decisiones del mismo, y que el modelo de rotación debe tener en cuenta el peso económico de los diferentes Estados miembros;

45.  Subraya, en relación con la ampliación de la zona del euro, la conveniencia de un alto nivel de convergencia en la economía real con objeto de limitar las tensiones que puedan sufrir tanto la zona del euro como los Estados miembros que deseen adherirse; considera, en este contexto, que deberían establecerse medidas en favor de aquellos Estados miembros que, integrados en la zona del euro, puedan sufrir una especial contracción como consecuencia de la política monetaria única;

46.  Hace hincapié en la importancia que reviste, en el contexto de las futuras ampliaciones, el establecimiento de intervenciones específicas de apoyo a los Estados miembros que no pertenecen a la zona del euro que se han visto especialmente afectados por la crisis financiera que se registra en la actualidad;

Comunicación

47.  Pone de relieve que, aunque hasta la fecha se ha mantenido en la zona del euro un alto grado de estabilidad de precios, la "inflación percibida" ha diferido sustancialmente de las tasas de inflación reales de los Estados miembros en los diez últimos años, que son más bajas; reclama, por tanto, una mejor información y clarificación de los hechos de cara a la población en torno a la necesidad y al funcionamiento de la UEM, en particular con respecto a la estabilidad de precios, los mercados financieros internacionales y las ventajas de la estabilidad dentro de la zona del euro en situaciones de crisis financieras internacionales;

48.  Considera que la información sobre la moneda única sigue siendo una prioridad para la Unión Europea; manifiesta su convencimiento de que las ventajas del euro y de la UEM, a saber, estabilidad de precios, bajos intereses hipotecarios, mayores facilidades para viajar, protección contra las fluctuaciones de los tipos de cambio y las convulsiones externas, deben seguir presentándose y explicándose al público en detalle; está convencido de que es preciso prestar especial atención a que se mantenga informados a los ciudadanos y consumidores europeos y a las pequeñas y medianas empresas (PYME) que no tengan suficiente capacidad para ajustarse inmediatamente a los avances y los retos para el euro, y a que se les mantenga al día de la evolución de los acontecimientos;

49.  Pide al BCE que en su informe anual o en un informe especial realice un análisis cuantitativo anual de los beneficios que supone el euro para el ciudadano normal, con ejemplos concretos de cómo el uso del euro ha tenido efectos positivos en la vida diaria de la gente;

50.  Considera que la comunicación reviste la máxima importancia para preparar la introducción del euro en los Estados miembros que tienen previsto adherirse a la zona del euro; señala que la comunicación sobre la ampliación de la zona del euro también es importante para todos los Estados miembros de la zona del euro;

51.  Opina que la Comisión debe concentrar sus esfuerzos en ayudar a los nuevos Estados miembros a preparar a sus ciudadanos a la adopción del euro mediante una intensa campaña de información; a supervisar su puesta en práctica cuando dicha campaña se esté llevando a cabo y a informar regularmente sobre mejores prácticas relativas a la ejecución de los planes de acción nacionales para la adopción del euro; opina asimismo que las mejores prácticas y los conocimientos adquiridos en anteriores transiciones pueden ser útiles para la transición en los nuevos Estados miembros y para la próxima ampliación y preparación de los nuevos países candidatos;

Función internacional del euro y representación externa

52.  Acoge con agrado el rápido desarrollo del euro como la segunda moneda de reserva y transacción más importante después del dólar estadounidense, con una cuota del 25 % de las reservas mundiales de divisas; señala que especialmente en los países vecinos de la zona del euro, éste desempeña una función importante como moneda de financiación y que los respectivos tipos de cambio de esos países se encuentran alineados con el euro; aprueba expresamente la opinión del BCE de que la introducción del euro constituye el último paso hacia un proceso de convergencia estructurado dentro de la Unión Europea y que, por lo tanto, la introducción del euro sólo posible en el marco del Tratado CE;

53.  Opina que la agenda política de la UEM para la próxima década se caracterizará, entre otras cosas, por los retos que suponen las economías emergentes en Asia y la crisis financiera mundial que se registra en la actualidad; lamenta que, pese al creciente papel que desempeña el euro en el mundo, los intentos por mejorar la importancia externa de la zona del euro en asuntos financieros y monetarios apenas hayan conseguido resultados positivos; subraya que la zona del euro debe crear una estrategia internacional proporcional al estatuto internacional de su moneda;

54.  Recuerda que la forma más eficaz para la zona del euro de alinear su influencia con su peso económico es establecer posiciones comunes y consolidar su representación, obteniendo finalmente un escaño único en las instituciones y foros financieros internacionales pertinentes; urge a los Estados miembros de la zona del euro, entre otras cosas, a hablar con una sola voz en relación con las políticas de tipos de cambio;

55.  Subraya que el euro se usa como moneda nacional fuera de la zona del euro; opina que es necesario analizar las implicaciones que supone dicho uso;

56.  Destaca que la importante función del euro en los mercados financieros internacionales acarrea obligaciones, y que el efecto de la política monetaria, así como de la política de crecimiento, en la zona del euro tiene un impacto global; pone de relieve la mayor importancia del euro en los servicios y el comercio internacional como elemento estabilizador en el entorno mundial, como motor de integración de los mercados financieros y como base para el aumento de las inversiones directas y las fusiones empresariales transfronterizas, ya que ha permitido reducir sustancialmente los costes de transacción; pide un estudio sobre los desequilibrios globales y la función del euro, así como los posibles escenarios de ajuste para preparar mejor a la Unión Europea para hacer frente a importantes embates del exterior;

57.  Sugiere una mayor cooperación y un diálogo internacional mejorado entre las autoridades responsables de los bloques monetarios más importantes, a fin de mejorar la gestión de las crisis internacionales y contribuir a abordar las consecuencias de los movimientos de divisas en la economía real; recuerda el éxito de la gestión común al inicio de la reciente "crisis de las hipotecas de alto riesgo" en los Estados Unidos, así como de la crisis inmediatamente posterior a los acontecimientos del 11 de septiembre de 2001, que contribuyó a evitar el hundimiento instantáneo del dólar estadounidense;

58.  Respalda la intención de la Comisión de fortalecer la influencia de la UEM en las instituciones financieras internacionales mediante la posición común de la Unión Europea canalizada por representantes seleccionados, como el Presidente del Eurogrupo, la Comisión y el Presidente del BCE; señala que en la práctica ya se les permite participar como observadores en las principales instituciones financieras internacionales; reclama, no obstante, una mejor coordinación de las posiciones europeas para que la política monetaria común europea esté representada en el futuro por sus representantes legítimos; espera que se pueda expresar la posición de la zona del euro sobre las políticas de tipos de cambio de sus socios principales; pide al Presidente del Eurogrupo que represente a la zona del euro en el Foro sobre Estabilidad Financiera (FSF); propone modificar los estatutos del Fondo Monetario Internacional (FMI) para permitir la representación de bloques económicos y organizaciones;

59.  Subraya que es necesario un planteamiento común de la Unión Europea sobre la reforma de las instituciones financieras internacionales, la cual deberá tener en cuenta los retos de una economía global, incluida la emergencia de nuevas potencias económicas;

60.  Lamenta que la Comisión no haya efectuado un análisis más detallado y preciso sobre el papel internacional del euro en su Comunicación sobre la UEM@10; pide a la Comisión que elabore un informe detallado sobre la dimensión exterior de la política monetaria común y sobre sus repercusiones en la actuación económica y comercial de la zona del euro;

61.  Subraya que ciertos socios de la Unión Europea aplican políticas monetarias con el objetivo de infravalorar su moneda, que esta práctica perjudica de manera desleal los intercambios comerciales y que podría ser considerada como una barrera no arancelaria al comercio internacional;

Instrumentos económicos y gobernanza de la UEM

62.  Considera que todas las partes relevantes ‐el Parlamento, el Consejo, la Comisión, el Eurogrupo y los interlocutores sociales a escala de la Unión Europea y nacional‐ deben trabajar conjuntamente para fortalecer el trabajo futuro de la UEM en lo que respecta a la gobernanza económica sobre la base de las siguientes sugerencias:

   a) Como componente esencial de la Estrategia de Lisboa e instrumento económico central, las directrices integradas deben impulsar, con vistas a un "enfoque de combinación de políticas" equilibrado, reformas mutuamente estimulantes en materia de empleo, medio ambiente y seguridad social;
   b) Las directrices integradas deben establecer un amplio marco para una coordinación más estrecha de las políticas económicas con el fin de alinear los programas nacionales de reforma (PNR), teniendo en cuenta, no obstante, la diversidad económica y las distintas tradiciones nacionales. Conviene establecer una consulta de los Parlamentos nacionales en relación con los programas de estabilidad y convergencia y los PNR;
   c) Es preciso establecer un vínculo más fuerte entre las directrices integradas, en particular las Orientaciones generales de política económica (OGPE), y los programas de estabilidad y convergencia. Estos últimos y los PNR podrían presentarse al mismo tiempo (anualmente, al comienzo del otoño) tras un debate en el Parlamento nacional. Las OGPE podrían contener objetivos presupuestarios comunes acordes con el brazo preventivo del PEC;
   d) Al decidir sus presupuestos nacionales, los Gobiernos de los Estados miembros deben tener en cuenta las directrices integradas y las recomendaciones específicas para cada país, así como la situación presupuestaria global en la zona del euro. Los distintos calendarios fiscales nacionales y los supuestos principales en que se basan las previsiones subyacentes deben armonizarse para evitar disparidades causadas por distintas previsiones macroeconómicas (crecimiento mundial, crecimiento de la UE, precio del barril de petróleo y tipos de interés) y otros parámetros; pide a la Comisión, a Eurostat y a los Estados miembros que adopten medidas para definir los instrumentos para reforzar la comparabilidad de los presupuestos nacionales en lo que al gasto en las distintas categorías se refiere;
   e) Siempre que sea posible, conviene formular recomendaciones más formales para los Estados miembros de la zona del euro, como la definición de objetivos de gasto a medio plazo, reformas estructurales específicas, inversiones y calidad de las finanzas públicas; asimismo hay que crear una estructura de presentación de informes más normalizada en el contexto de los PNR, sin obstaculizar las prioridades de las reformas nacionales; todos los compromisos, objetivos y referencias comparativas deben quedar plenamente incorporados en las directrices integradas y los PNR, con el fin de mejorar la coherencia y eficacia de la gobernanza económica;
   f) En el marco de la gobernanza económica debe incluirse, en los períodos favorables, una estrategia a largo plazo con vistas a reducir las deudas nacionales a un máximo del 60 % del PNB, ya que esto reduciría el coste del servicio de la deuda y el coste del capital para inversiones privadas;
   g) Debe establecerse un marco vinculante dentro del cual los Estados miembros de la zona del euro se consulten entre sí y a la Comisión antes de adoptar decisiones importantes de política económica, como en el caso de las medidas destinadas a abordar el aumento de los precios de la energía y de los alimentos;
   h) La coordinación económica debe adoptar la forma de una "estrategia europea económica y de empleo" integrada, sobre la base de los actuales instrumentos de política económica, en particular la Estrategia de Lisboa, las directrices integradas, la estrategia de desarrollo sostenible y los programas de estabilidad y convergencia; pide a los Gobiernos de los Estados miembros, bajo el liderazgo del Presidente del Eurogrupo, que respalden la actividad económica de forma coherente, simultáneamente y en la misma dirección;
   i) Esta estrategia europea económica y de empleo a que se hace referencia en la letra h) debe reconocer el potencial de la tecnología nueva y ecológica como piedra angular del crecimiento económico, unido a una combinación de políticas macroeconómicas;
   j) La financiación de empresas innovadoras, en particular las PYME, debe ser facilitada, entre otras cosas mediante el establecimiento por parte del Banco Europeo de Inversiones de un "Fondo Europeo de Crecimiento Inteligente";
   k) El informe anual sobre la zona del euro debe proveer una serie más práctica de instrumentos y evaluaciones para poder mantener un diálogo más detallado entre los distintos organismos de la Unión Europea involucrados en la gobernanza económica;
   l) Es necesario establecer como instrumento económico clave un código de conducta entre el Parlamento, la Comisión y el Consejo que garantice una cooperación adecuada y la plena participación de las tres instituciones de la Unión Europea interesadas en la adecuada aplicación posterior de las directrices integradas;
  m) Es preciso fortalecer el dispositivo institucional para la coordinación de las políticas económicas como sigue:
   - deben también crearse "formaciones del Eurogrupo" en materia de competitividad/industria, medio ambiente, empleo y educación;
   - hay que dotar al Eurogrupo de un dispositivo institucional más fuerte y de más recursos humanos;
   - el mandato del Presidente del Eurogrupo debe ser acorde con los ciclos económicos de las directrices integradas;
   - el Comité de Política Económica debe ser absorbido por el Comité Económico y Financiero, a fin de constituir un organismo preparatorio único y coherente para el Consejo de Asuntos Económicos y Financieros y el Eurogrupo;
   - hay que otorgar a un representante del Parlamento el estatuto de observador dentro del Eurogrupo y en las reuniones informales del Consejo;
   - deben organizarse reuniones entre la troika, el Parlamento y la Comisión cuatro veces al año , y si procede, con el Eurogrupo;
   n) Es preciso establecer un diálogo más estructurado y periódico sobre los asuntos macroeconómicos entre el Parlamento, la Comisión y el Eurogrupo, similar al diálogo monetario entre el Parlamento y el BCE, que tenga lugar al menos una vez por trimestre, con el fin de profundizar en los contextos actuales y debatir los retos que debe afrontar la economía de la zona del euro; y
   o) Es necesario establecer un diálogo activo entre el Parlamento, el Eurogrupo, el BCE y el Comité Económico y Social Europeo, con objeto de determinar la combinación adecuada de políticas;

63.  Opina que la agenda política de la UEM para la próxima década se caracterizará, en particular, por los retos que suponen las recientes turbulencias en los mercados financieros y sus repercusiones para la economía real; observa positivamente, en este contexto, que los Estados miembros dentro de la zona del euro están mejor equipados que en el pasado para hacer frente a grandes convulsiones gracias a una política monetaria común y a las reformas llevadas a cabo en los últimos años; no obstante, con vistas a luchar contra la desaceleración económica y la alta inflación, aboga a favor de:

o
o   o

   a) una respuesta coordinada a nivel de la Unión Europea, sobre la base de un entendimiento común de los problemas y de unas medidas de seguimiento comunes, si bien aceptando algunas especificidades nacionales incluida la coordinación de los PNR;
   b) unos PNR ambiciosos y concertados y un compromiso con la aplicación de los mismos, incluida una revisión de los presupuestos nacionales para reaccionar ante las últimas previsiones económicas, contrarrestar la recesión económica e impulsar el crecimiento, al mismo tiempo que se establece un diálogo firme con los interlocutores sociales;
   c) la adopción de medidas de apoyo a las PYME, en particular, que sirvan de complemento a las acciones emprendidas recientemente por el Banco Europeo de Inversiones y para velar por que el sistema bancario garantice el mantenimiento de unas líneas de crédito en favor de las PYME;
   d) la definición de medidas concretas para proteger a los grupos vulnerables de los efectos de la crisis financiera que se registra en la actualidad;
   e) una aplicación plena y oportuna de la hoja de ruta de los servicios financieros, incluidas las acciones de seguimiento, y un aumento de la eficacia de la supervisión en lo que respecta a las actuales perturbaciones financieras;
   f) la mejora de los dispositivos para la resolución de crisis mediante la mejora de las normas de la Unión Europea en materia de liquidación de empresas y la creación de regímenes claramente definidos y unánimemente aceptados para el reparto de la carga entre los Estados miembros en casos de insolvencia de grupos financieros transfronterizos;
   g) finalización de los instrumentos utilizados para el diseño de la política monetaria mediante el análisis detallado de los factores que influencian la estabilidad y el funcionamiento del sistema financiero, entre otras cosas, por lo que respecta a la transferencia de la política monetaria, el desarrollo del crédito y de los activos financieros, las características de los nuevos productos y la concentración de los riesgos y de la liquidez;
   h) una reacción europea dinámica en los foros internacionales, en particular el Foro sobre Estabilidad Financiera y el FMI y un aumento de los procesos de toma de decisiones políticas comunes;
   i) la formulación de una voz de la Unión Europea en el G8 y el reflejo del papel de la Unión Europea como un organismo global y más eficaz de toma de decisiones económicas, si bien adaptando dicho papel a las consecuencias de la globalización y a los mercados financieros mundiales más dominantes;
   j) una coordinación mejor y más eficaz entre la Organización Mundial del Comercio y las llamadas instituciones de "Bretton Woods" (el FMI y el Grupo del Banco Mundial) para luchar contra la especulación y afrontar los retos provocados por la grave crisis monetaria; y
   k) la organización, a la vista de los graves desórdenes monetarios actuales, de una conferencia monetaria mundial bajo los auspicios del FMI a fin de celebrar consultas mundiales sobre cuestiones monetarias. También debería estudiarse la viabilidad de crear un mecanismo de solución de diferencias en el marco del FMI.

64.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Banco Central Europeo, al Comité Económico y Social Europeo, al Presidente del Eurogrupo y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.

(1) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0506.
(2) DO C 314E de 21.12.2006, p. 125.
(3) DO C 175E de 10.7.2008, p. 569.
(4) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0057.
(5) DO C 282 E de 6.11.2008, p. 422.
(6) DO C 287 E de 29.11.2007, p. 535.
(7) DO C 304 E de 1.12.2005, p. 132.
(8) DO C 74E de 20.03.2008, p. 780.
(9) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0357.
(10) DO C 298 E de 8.12.2006, p. 249.
(11) DO C 146 E de 12.6.2008, p. 251.
(12) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0287.
(13) DO C 291 E de 30.11.2006, p. 118.
(14) DO C 157 E de 6.7.2006, p. 73.
(15) Textos Aprobados, P6_TA(2008)0425.
(16) DO C 35 de 2.2.1998, p. 1.

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