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Procedimiento : 2012/2036(INI)
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Ciclo relativo al documento : A7-0186/2012

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A7-0186/2012

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PV 13/06/2012 - 7.2
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P7_TA(2012)0240

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Miércoles 13 de junio de 2012 - Estrasburgo
67º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas
P7_TA(2012)0240A7-0186/2012

Recomendación del Parlamento Europeo destinada al Consejo, de 13 de junio de 2012, sobre el 67º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (2012/2036(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Tratado de la Unión Europea (TUE), en particular sus artículos 21 y 34,

–  Vista la propuesta de recomendación destinada al Consejo, presentada por Alexander Graf Lambsdorff en nombre del Grupo ALDE, sobre el 67º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) (B7-0132/2012),

–  Vista su Recomendación, de 8 de junio de 2011, destinada al Consejo sobre el 66º período de sesiones de la AGNU(1), así como su Resolución, de 11 de mayo de 2011, sobre «la UE como actor global: su papel en las organizaciones multilaterales»(2),

–  Vistas las prioridades de la UE para el 66º período de sesiones de la AGNU, adoptadas por el Consejo el 10 junio 2011(3),

–  Visto el 66º período de sesiones del AGNU, en particular las siguientes resoluciones de este órgano: «Las Naciones Unidas en la gobernanza mundial»(4), «Promoción de la eficiencia, la rendición de cuentas, la eficacia y la transparencia de la administración pública mediante el fortalecimiento de las entidades fiscalizadoras superiores»(5), «La situación en la República Árabe Siria»(6), «Empoderamiento de las personas y desarrollo»(7), «Hacia asociaciones mundiales de colaboración»(8), «Cooperación Sur-Sur»(9), «Papel de las Naciones Unidas en la promoción del desarrollo en el contexto de la globalización y la interdependencia»(10), «Fortalecimiento de la función de las Naciones Unidas para mejorar las elecciones periódicas y auténticas y la promoción de la democratización»(11), «Informe de la Conferencia de Desarme»(12), «Promoción de un orden internacional democrático y equitativo»(13), y «Todos los derechos humanos y las libertades fundamentales son universales, indivisibles e interdependientes, están relacionados entre sí y se refuerzan mutuamente»(14),

–  Vista la Resolución de la AGNU, de 19 de diciembre de 2011, sobre la lucha contra la intolerancia, los estereotipos negativos, la estigmatización, la discriminación, la incitación a la violencia y la violencia contra las personas basada en la religión o las creencias(15),

–  Visto el proyecto de Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas de 3 de mayo de 2011 sobre la participación de la Unión Europea en los trabajos de la Organización de las Naciones Unidas(16),

–  Vista la Resolución de la AGNU, de 31 de marzo de 2010, sobre la ejecución del Programa 21 y del Plan para su ulterior ejecución, y aplicación de los resultados de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible(17),

–  Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, de 8 de septiembre de 2000, en la que se establecen los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) como criterios fijados conjuntamente por la comunidad internacional para la erradicación de la pobreza,

–  Vista la Comunicación de la Comisión de 10 de septiembre de 2003 sobre «La Unión Europea y las Naciones Unidas: la opción del multilateralismo» (COM(2003)0526),

–  Vistas las observaciones del Presidente del Consejo Europeo tras su reunión con el Secretario General de las Naciones Unidas del 16 de abril de 2012,

–  Vista su Resolución, de 16 de febrero de 2012, relativa a la posición del Parlamento sobre el 19º período de sesiones del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (CDHNU)(18),

–  Vista su Resolución, de 17 de noviembre de 2011, sobre «el apoyo de la UE a la Corte Penal Internacional: hacer frente a los retos y superar las dificultades»(19),

–  Vista su Resolución, de 7 de julio de 2011, sobre las políticas exteriores de la UE en favor de la democratización(20),

–  Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2010, sobre el futuro de la Asociación estratégica UE-África a raíz de la tercera Cumbre UE-África(21),

–  Vista su Resolución, de 25 de noviembre de 2010, sobre el décimo aniversario de la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer y la paz y la seguridad(22),

–  Vista su Resolución, de 23 de noviembre de 2010, sobre cooperación de los ámbitos civil y militar y desarrollo de capacidades conjuntas civiles y militares(23),

–  Vista su Resolución, de 9 de junio de 2005, sobre la reforma de las Naciones Unidas(24),

–  Visto el informe de la delegación conjunta de la Comisión de Asuntos Exteriores y la Subcomisión de Derechos Humanos al 66° período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, con fecha de 28 y 29 de noviembre de 2011,

–  Vistos el artículo 121, apartado 3, y el artículo 97 de su Reglamento,

–  Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y la opinión de la Comisión de Desarrollo (A7-0186/2012),

A.  Considerando que los valores y normas internacionales comunes tienen la intención de asegurar la paz, la protección de los derechos humanos, la seguridad y la prosperidad en el mundo y compartir los beneficios de la globalización entre todos de una forma más equitativa;

B.  Considerando que las Naciones Unidas se encuentran en el centro de la gobernanza mundial, al mismo tiempo que continúan con sus propias reformas a fin de mejorar su transparencia, eficacia y eficiencia;

C.  Considerando que existe una necesidad cada vez mayor de normas comunes y mecanismos de toma de decisiones para afrontar conjuntamente los nuevos retos mundiales y los efectos negativos de la crisis económica mundial;

D.  Considerando que la UE debe fortalecer su cohesión para seguir desempeñando un papel fundamental en un mundo cada vez más multipolar que necesita acciones concertadas a nivel mundial; considerando que los Estados miembros de la UE están obligados por los tratados a coordinar su acción en las organizaciones internacionales y con ocasión de las conferencias internacionales;

E.  Considerando que la UE está comprometida con el multilateralismo eficaz basado en la firmeza de las Naciones Unidas, puesto que esto es esencial para hacer frente a los retos mundiales;

F.  Considerando que la UE y sus Estados miembros son los mayores contribuyentes financieros al sistema de las Naciones Unidas; considerando que la UE-27 financia el 39 % del presupuesto ordinario de las Naciones Unidas y más del 40 % de sus operaciones de mantenimiento de la paz;

G.  Considerando que una colaboración sólida y estable entre la Unión Europea y las Naciones Unidas es fundamental para la labor de esta organización en el marco de los tres pilares ‐paz y seguridad, derechos humanos y desarrollo‐ y también es esencial para el protagonismo de la UE en la escena mundial;

H.  Considerando que la UE y las Naciones Unidas son socios naturales en la consolidación de la paz y del Estado y que juntos ofrecen un marco para las iniciativas colectivas encaminadas a la consolidación de la paz y el Estado;

I.  Considerando que los derechos humanos y la democracia son valores en los que se basa la UE y principios y objetivos de la acción exterior europea, incluido el comercio internacional; considerando que el respeto por la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos, así como su promoción y salvaguardia, constituyen las bases de la unidad y la integridad europeas;

J.  Considerando que la justicia y el Estado de Derecho son pilares de una paz sostenible, que garantiza los derechos humanos y las libertades fundamentales; considerando que el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional contribuye de forma decisiva a la defensa de los derechos humanos, al Derecho internacional y a la lucha contra la impunidad;

K.  Considerando que todos los países y todos los ciudadanos, así como la propia comunidad internacional, podrían beneficiarse del apoyo constante a los procesos democráticos; considerando que se enfrentan a los retos de construir, restablecer y preservar democracias;

1.  Formula al Consejo las siguientes recomendaciones:

  

La UE en las Naciones Unidas

   (a) que coordine en la mayor medida posible, haga entender las posiciones unificadas y refuerce la coherencia y la visibilidad de la UE como actor mundial en las Naciones Unidas; que cumpla las expectativas de los miembros de las Naciones Unidas con respecto a la capacidad de la UE para actuar y resolver a tiempo; que adopte un enfoque amplio y flexible ante las posiciones de la Política Exterior de Seguridad Común (PESC) a nivel de las Naciones Unidas con el fin de dar a la UE la capacidad de actuar de forma rápida y global ante cuestiones relativas a la PESC;
   (b) que aumente su contribución al trabajo de las Naciones Unidas mediante una interpretación común de la Resolución de la Asamblea General sobre las modalidades de participación de la Unión Europea en la labor de la AGNU y colaborando con los demás asociados en pro de su plena aplicación; que presente al Parlamento un informe sobre su aplicación en la práctica;
   (c) que trabaje con los Estados miembros y con su propia delegación ante las Naciones Unidas para mejorar la coordinación, la transparencia y el intercambio de información en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU) y la defensa de las posiciones e intereses de la UE en el CSNU por parte de los Estados miembros que forman parte de ese órgano o, en su lugar, por parte de un representante de la UE por invitación de la Presidencia; que refuerce la repercusión de la UE en las decisiones del CSNU y mejore la imagen de la UE en las Naciones Unidas con respecto a cuestiones decisivas del CSNU;
   (d) que garantice una representación fuerte de la UE en todas las instituciones de las Naciones Unidas y agencias especializadas;
   (e) que desarrolle una estrategia a largo plazo destinada a los miembros de las Naciones Unidas y que aplique una diplomacia pública más firme en los asuntos de las Naciones Unidas;
  

La UE y la gobernanza a escala mundial

   (f) que promueva el multilateralismo eficaz como un interés estratégico principal de la UE, aumentando la representatividad, la transparencia, la rendición de cuentas, la eficiencia y la eficacia de las Naciones Unidas, con objeto de mejorar su desempeño sobre el terreno; que recuerde la necesidad de lograr un nuevo equilibrio institucional entre el papel emergente del G-20, las Naciones Unidas y sus agencias, así como las Instituciones Financieras Internacionales (IFI); a este respecto, que mejore la gobernanza mundial y que busque soluciones para mejorar ulteriormente la coordinación entre las formaciones del grupo G y el sistema de las Naciones Unidas, de forma que estos grupos pudieran cubrir de forma útil la dimensión económica, siempre que las Naciones Unidas mantengan su papel central y que sigan siendo el organismo legítimo para la acción mundial;
   (g) que colabore más activamente con socios estratégicos y otros socios bilaterales y multilaterales, especialmente con los Estados Unidos, a fin de promover soluciones eficaces a los problemas que afectan a los ciudadanos comunitarios y a todo el mundo, en especial a las personas más pobres y vulnerables;
   (h) que apoye activamente una reforma amplia y consensuada del CSNU a fin de reforzar su legitimidad, su representación regional, su responsabilidad y su eficacia; que recuerde que un escaño de la UE en un CSNU ampliado sigue siendo un objetivo central a largo plazo de la Unión Europea; que pida a la Vicepresidenta y Alta Representante (VP/AR) que desarrolle una posición común de los Estados miembros con tal propósito; con el fin de lograr dicho objetivo en el futuro, que trabaje con una coordinación previa de posiciones en el Consejo de la UE en la introducción de nuevos miembros del CSNU y en la reforma del proceso de toma de decisiones del CSNU;
   (i) que participe en la reflexión iniciada en la AGNU sobre el papel de las Naciones Unidas en la gobernanza mundial, con vistas a mejorar la transparencia y la cooperación; que promueva una mayor cooperación entre la UE y la AGNU;
   (j) que ayude a revitalizar la AGNU y a aumentar su eficacia, sobre todo mediante el apoyo a la labor del Grupo de Trabajo Especial, la facilitación de debates temáticos más exhaustivos y orientados a los resultados sobre cuestiones específicas e importantes y mediante una cooperación más estrecha de la AGNU con otras partes interesadas, en especial la sociedad civil y otras organizaciones y foros internacionales y regionales; que recalque la necesidad de racionalizar más los programas de trabajo de la AGNU y sus comités principales; que subraye que solo puede garantizarse la revitalización si la AGNU lleva a cabo medidas pertinentes y apropiadas respecto a cuestiones de interés común para la comunidad internacional;
   (k) que ratifique su compromiso de asegurar que los recursos financieros de las Naciones Unidas sean adecuados y se gestionen con eficacia, según los principios de disciplina y coherencia presupuestarias y de conformidad con las normas internacionales más estrictas;
  

Paz y seguridad

  

Mantenimiento y consolidación de la paz

   (l) que refuerce la asociación operativa y promueva la coherencia estratégica y la eficacia de los esfuerzos colectivos de consolidación de la paz, en particular mediante la labor del Comité Especial de Operaciones de Mantenimiento de la Paz;
   (m) que fomente la cooperación y establezca asociaciones en el ámbito de la prevención de conflictos, la gestión de crisis civiles y militares y la resolución de conflictos con las Naciones Unidas, la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la Unión Africana (UA), la Liga de los Estados Árabes y otras organizaciones internacionales y regionales, así como la sociedad civil; que mejore las capacidades de consolidación de la paz de las organizaciones regionales, en particular mediante las asociaciones tripartitas propuestas de UE–ONU–UA y UE–ONU–CEDEAO;
   (n) que promueva la colaboración de distintos actores en la estructura de la consolidación de la paz, especialmente entre la Secretaría de las Naciones Unidas, el CSNU, la AGNU y los Estados miembros de las Naciones Unidas que participan en misiones de consolidación de la paz; que continúe esforzándose por garantizar que los Estados miembros de la UE contribuyan a las misiones de paz de las Naciones Unidas con capacidades especiales, como el transporte, la logística y la formación; que considere la opción de iniciar una operación militar en el marco de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) que incluya el posible despliegue de una agrupación táctica que preceda a la misión de paz de las Naciones Unidas si así lo solicita esta organización, prestando al mismo tiempo una atención especial a la protección de todos los miembros de las misiones de paz así como de cualesquiera grupos tácticos; que apoye el desarrollo de la prevención y gestión de conflictos, así como de la capacidad de mediación y de mantenimiento y consolidación de la paz, a escala nacional y subnacional; que promueva el intercambio de conocimientos técnicos y buenas prácticas entre los socios;
   (o) que ofrezca apoyo al examen de la capacidad civil de las Naciones Unidas al identificar formas prácticas de adecuar la demanda a la oferta en esferas críticas de la capacidad civil; que agilice la contratación, elimine las incompatibilidades operativas y evite el solapamiento cuando se pongan en práctica las capacidades civiles de la PCSD como apoyo a las acciones de las Naciones Unidas; que explore opciones para el despliegue conjunto de equipos de respuesta a las crisis dentro de una operación de las Naciones Unidas en los casos en que se precisen capacidades de despliegue rápido;
   (p) que garantice la participación de las mujeres en todas las etapas de los procesos de paz y de hacer que participen sistemáticamente en la diplomacia preventiva, la alerta temprana y la vigilancia de la seguridad; que se centre, en cumplimiento de la Resolución 1325/2000 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la mujer y la paz y la seguridad, en la necesidad de incorporar las perspectivas de género en la prevención de conflictos, la ayuda humanitaria, la reconstrucción posterior a los conflictos y las iniciativas DDR(25); que colabore activamente para garantizar que todos los Estados miembros de las Naciones Unidas apliquen dicha Resolución 1325 (2000);
   (q) que coopere con las Naciones Unidas para hacer frente a las amenazas mundiales actuales, tales como el cambio climático, la proliferación de las armas nucleares, el crimen organizado y el terrorismo y las pandemias;
   (r) que contribuya a los resultados satisfactorios y el seguimiento de la Conferencia de 2012 de las Naciones Unidas relativa al Tratado sobre el Comercio de Armas y la Conferencia de 2012 encargada del examen del Programa de Acción para prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos sus aspectos;
  

Responsabilidad de proteger

   (s) que ayude a los Estados a cumplir sus responsabilidades en la protección de sus poblaciones; que insista en la necesidad de una acción internacional adecuada y a tiempo para prevenir y frenar el genocidio, la depuración étnica, los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad;
   (t) que genere nuevos progresos políticos e institucionales en cuanto a la aplicación del concepto de «responsabilidad de proteger» en los órganos de las Naciones Unidas, especialmente en el CSNU, la AGNU y el CDHNU, sacando conclusiones y aprendiendo tanto de la intervención en Libia como de la incapacidad para actuar de forma rápida en el caso de Siria; que facilite el debate sobre la forma en que los órganos de las Naciones Unidas, en particular el CSNU, podrían utilizar este concepto para asegurar una mayor cooperación entre los Estados miembros de las Naciones Unidas durante las crisis; que promueva el papel positivo de las organizaciones regionales, a la hora de desarrollar y aplicar un enfoque operativo de la responsabilidad de proteger;
   (u) que trabaje con los socios para asegurar que este concepto se centre en la prevención y en la reconstrucción posterior a los conflictos, conforme a la tripartición de la responsabilidad de proteger en la responsabilidad de prevenir, de proteger y de reconstruir; que ayude a los Estados a desarrollar las capacidades a tal efecto, entre otras formas mediante el fortalecimiento de los mecanismos de alerta temprana y de las capacidades de mediación de las Naciones Unidas, que fomente, en cooperación con los Estados miembros de las Naciones Unidas, la creación de centros de coordinación para supervisar nuevas situaciones de conflicto y que desarrolle las capacidades pertinentes en las delegaciones de la UE;
   (v) que confirme de nuevo enérgicamente el compromiso de la UE con el concepto de responsabilidad de proteger e inicie el desarrollo de un consenso interinstitucional sobre ese mismo concepto entre el Parlamento Europeo, el SEAE y los Estados miembros de la UE que podrían garantizar una acción más coherente de la UE sobre esas cuestiones en los foros de Naciones Unidas.
  

Mediación

   (w) que promueva la mediación como instrumento rentable para prevenir y resolver desacuerdos de forma pacífica, así como para impedir que los países que salen de un conflicto vuelvan a caer en una situación de conflicto; que desarrolle directrices de mediación más eficaces en el ámbito del Estado de Derecho y la obligación democrática de rendir cuentas;
   (x) que priorice y desarrolle la aplicación de esta herramienta y continúe desarrollando las capacidades de mediación en el marco del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), basándose en el concepto de fortalecimiento de las capacidades de mediación y diálogo de la UE;
   (y) que coopere estrechamente con las Naciones Unidas y otros actores en la mediación; que se esfuerce por conseguir sinergias en las actividades de mediación con el Departamento de Asuntos Políticos (DAP) de las Naciones Unidas; que promueva las colaboraciones y la cooperación de las organizaciones internacionales, regionales y subregionales con las Naciones Unidas, entre sí y con la sociedad civil, por ejemplo, mediante una colaboración común entre la Unión Europea y las Naciones Unidas en cuanto a capacidades de mediación; que mejore el intercambio de información, la cooperación y la coordinación con el fin de garantizar la coherencia y la complementariedad de los esfuerzos de los actores que participan en la mediación específica;
  

Justicia internacional

   (z) que consolide el sistema de justicia penal internacional; que destaque el papel de la Corte Penal Internacional en la lucha contra la impunidad y la promueva como el único órgano judicial permanente con jurisdicción sobre los autores individuales de crímenes de guerra, crímenes contra la humanidad y genocidio, cuando los tribunales nacionales no quieran o sean incapaces de hacerlo;
   (aa) que refuerce la CPI dándole apoyo político, diplomático, financiero y logístico; que aliente a los Estados miembros a adherirse a la Corte ratificando el Estatuto de Roma; que fomente una enérgica cooperación con la Corte por parte de las Naciones Unidas y sus organismos y agencias;
  

Derechos humanos

   (ab) que potencie los esfuerzos internacionales para que todos los derechos humanos acordados en convenciones de las Naciones Unidas se consideren universales, indivisibles, interdependientes y relacionados entre sí; que ayude a fortalecer las capacidades nacionales para cumplir con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos; que haga hincapié, a este respecto, en la necesidad de garantizar el derecho a la libertad de religión y creencias para todos;
   (ac) que apoye activamente la iniciativa de África y la recomendación de la Comisión sobre la condición de la mujer en el sentido de trabajar en pro de la adopción de una resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en el año 2012 con el fin de prohibir la mutilación genital femenina (MGF) en todo el mundo; que solicite a la VP/AR y a la Comisión que otorguen la máxima prioridad a conseguir el éxito de ese proceso;
   (ad) que continúe promoviendo la integración de los derechos humanos en todos los aspectos de la labor de las Naciones Unidas, reafirmando el hecho de que los derechos humanos están vinculados de forma inseparable a los demás objetivos de las Naciones Unidas en el ámbito de la paz y seguridad y el desarrollo;
   (ae) que participe con iniciativa en la labor del CDHNU, copatrocinando resoluciones, emitiendo declaraciones e interviniendo en diálogos y debates interactivos a fin de asegurar un mayor equilibrio en el trabajo del CDHNU;
   (af) que mejore la capacidad de alerta rápida de los Procedimientos Especiales previendo un mecanismo que les permita iniciar automáticamente el examen de una situación por parte del CDHNU; que refuerce el proceso de seguimiento de la aplicación de las recomendaciones de los Procedimientos Especiales;
   (ag) que intente fortalecer el proceso del Examen Periódico Universal (EPU) integrando las recomendaciones en los diálogos bilaterales y multilaterales con los Estados miembros de las Naciones Unidas y basando estos diálogos en las normas y directrices internacionales;
   (ah) que continúe con sus esfuerzos en la AGNU y sus comités en relación con el llamamiento en favor de una moratoria del uso de la pena de muerte ‐la cual sigue recibiendo el apoyo creciente de un número de países cada vez mayor‐, los derechos del niño, los medios de comunicación libres y la tolerancia religiosa; que apoye todos los esfuerzos por erradicar la tortura; que fomente en particular la adopción del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura de las Naciones Unidas;
  

Apoyo a la democracia

   (ai) que ayude a asegurar la responsabilización local del proceso democrático y el desarrollo de una cultura de democracia y el Estado de Derecho; que amplíe el apoyo a la democracia más allá del proceso electoral con objeto de mantenerlo a largo plazo y poder ofrecer resultados tangibles a los ciudadanos; que asegure la inclusión en mayor medida de parlamentos y partidos políticos en los programas de apoyo a la democracia; que insista en la importancia de la independencia de ONG que puedan operar libremente a favor del desarrollo de una cultura cívica sólida;
   (aj) que se centre en la inclusión social y económica, la transición democrática y los procesos políticos/electorales, el desarrollo de la capacidad, el fortalecimiento de la sociedad civil, la participación de los jóvenes en la democracia parlamentaria y la protección de la libertad de expresión, la libertad de conciencia y la libertad religiosa, así como de los derechos de la mujer, incluyendo el de participar en la vida pública y política, tanto a nivel de prácticas sociales como legislativo;
   (ak) que integre mejor el apoyo a la democracia en la acción exterior europea; que apoye la gobernanza democrática mediante sus diferentes instrumentos financieros y usando los recursos de las delegaciones de la UE siempre que sea posible; que trabaje con las Naciones Unidas y otros socios a escala mundial y local para potenciar el Estado de Derecho, fomentar los medios de comunicación independientes y desarrollar y fortalecer las instituciones democráticas que pueden cumplir;
   (al) que garantice que los mandatos de las misiones de mantenimiento de la paz reflejen la necesidad de apoyar las misiones de observación electoral y de proporcionarles los medios necesarios para garantizar la seguridad de los observadores en el terreno;
  

Desarrollo

   (am) que incorpore las políticas de la UE relativas al desarrollo a todos los niveles, con el fin de evitar contradicciones entre, por una parte, las políticas favorables al desarrollo y, por otra parte, los obstáculos al desarrollo de países asociados en acuerdos y foros bilaterales, plurilaterales y multilaterales; que preste particular atención a los derechos humanos y a las repercusiones en el desarrollo en los acuerdos de libre comercio, así como durante las negociaciones en el marco de la OMC;
   (an) que continúe trabajando por situar a las personas en el centro del proceso de desarrollo; que realice un seguimiento de la Declaración de las Naciones Unidas sobre el derecho al desarrollo, centrándose en medidas prácticas para lograr su aplicación;
   (ao) que garantice que no se reduzca la parte de la ayuda general europea canalizada a través del presupuesto de la UE y que se mantenga un enfoque centrado en la lucha contra la pobreza y el hambre; que considere la asignación del 20 % del total de la ayuda de la UE a los servicios sociales básicos, tal y como los definen las Naciones Unidas, centrándose especialmente en el acceso gratuito y universal a la atención sanitaria primaria y la educación básica y teniendo en cuenta el apoyo de la UE a la iniciativa «Educación para Todos» y su compromiso de contribuir a la salud mundial;
   (ap) que contribuya a intensificar la coherencia política para el desarrollo y a mejorar la eficacia de la ayuda al desarrollo, puesto que estas cuestiones siguen siendo fundamentales para alcanzar los ODM;
   (aq) que dirija y acelere el esfuerzo en las Naciones Unidas para alcanzar los ODM, centrándose particularmente en esos objetivos para los que se haya avanzado menos hasta ahora;
   (ar) que trabaje, manteniendo el compromiso de acabar con la pobreza en colaboración con la comunidad internacional, a favor de la definición de un ambicioso programa de ODM para después de 2015, teniendo en cuenta los progresos realizados pero también los desafíos que siguen pendientes;
   (as) que realice un seguimiento y trabaje por lograr la plena aplicación de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible de 2012 (Río +20), sobre todo promoviendo el desarrollo sostenible como principio guía para el desarrollo mundial a largo plazo;
   (at) que establezca un grupo de personas eminentes de las Naciones Unidas;
   (au) que realice un seguimiento activo de las conclusiones adoptadas en Busan;
   (av) que realice una contribución decisiva a la lucha contra la especulación con alimentos, a fin de resolver el acuciante problema de la pobreza y el hambre;
   (aw) que dé prioridad a la seguridad alimentaria, a la capacidad productiva en la agricultura, a las infraestructuras, a la creación de capacidades, al crecimiento económico inclusivo, a mercados favorables y nuevas empresas, al acceso a la tecnología y al desarrollo humano y social en los países menos desarrollados, de conformidad con el programa de acción de Estambul y las conclusiones adoptadas en la decimotercera Conferencia de las Naciones Unidas para el Comercio y Desarrollo (CNUDYD) de Doha celebrada el 26 de abril de 2012;
   (ax) que reitere su compromiso con los principios de Roma en materia de seguridad alimentaria; lamentar las consecuencias de la especulación con los productos básicos alimentarios;
   (ay) que aliente a los países en desarrollo, con la ayuda de donantes internacionales, a adoptar medidas a largo plazo a fin de garantizar que la sequía no derive inevitablemente en hambruna; aplicar estrategias de reducción del riesgo de desastres y sistemas de alerta temprana;
   (az) que dé su pleno apoyo al papel axial desempeñado por las Naciones Unidas, y en particular la Oficina de las Naciones Unidas de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCAH);
   (ba) que reafirme el compromiso a largo plazo de la UE de respaldar el bienestar de la población en el Cuerno de África y tratar las causas subyacentes del conflicto y la inseguridad estructurales en el ámbito alimentario.
  

Cambio climático, protección medioambiental global y sostenibilidad

   (bb) que tome la iniciativa en la gobernanza mundial del clima y la cooperación internacional sobre el cambio climático; que contribuya a una arquitectura institucional incluyente, transparente y equitativa y que haga posible una representación equilibrada de países desarrollados y países en vías de desarrollo en los órganos rectores pertinentes; que siga desarrollando un diálogo con otros actores clave, como los países BRIC y los países en desarrollo, dado que el cambio climático se ha convertido en un elemento fundamental en las relaciones internacionales; que siga desarrollando las capacidades del SEAE respecto a la elaboración de una política climática de la UE;
   (bc) que continúe facultando a los ciudadanos en la gobernanza medioambiental mediante la aplicación mundial eficaz del Principio 10 de la Cumbre de Río; a este respecto, que amplíe las disposiciones del Convenio de Aarhus más allá de la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) mediante un convenio mundial o abriendo el Convenio de Aarhus a otras partes interesadas ajenas a la CEPE; que fomente una mejora de la gobernanza en materia de desarrollo sostenible mediante el fortalecimiento del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA); que coopere activamente con los socios para lograr una mejora en la aplicación de las leyes medioambientales;
   (bd) que impulse una posición común de la Unión Africana y la Unión Europea a favor de convertir el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) en una agencia especializada de las Naciones Unidas con sede central en Nairobi, Kenia; que aborde, en este nuevo marco institucional, las cuestiones de la financiación, la transferencia de tecnología y la creación de capacidades para el desarrollo sostenible;
   (be) que apoye la protección de la biodiversidad y el clima en los países en vías de desarrollo de acuerdo con los objetivos establecidos en la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) y en la Convención sobre la Diversidad Biológica (CDB); que convierta los mares y océanos en uno de los pilares clave del Marco de Río, junto con la protección del clima y de la biodiversidad;
   (bf) que apoye la participación activa de la Comisión en el actual debate sobre las lagunas de la protección y respuestas («Protection Gaps and Responses») iniciado por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) en el marco del Diálogo de 2010 del Alto Comisionado sobre los retos en material de protección, que tiene por objetivo mejorar el actual marco de protección internacional para personas desplazadas por la fuerza o personas apátridas; que participe activamente en el debate sobre el término «refugiado climático», referido a las personas que se han visto forzadas a abandonar su hogar y a buscar refugio en el extranjero debido al cambio climático, incluida una posible definición jurídica de este término, que aún no reconoce el Derecho internacional ni ningún acuerdo internacional legalmente vinculante;
  

Varios

   (bg) que promueva la interacción sobre asuntos de carácter mundial entre gobiernos y parlamentos y fomente el debate acerca de la función a nivel mundial de los parlamentos; que fortalezca la naturaleza democrática, la obligación de rendir cuentas y la transparencia de la gobernanza mundial y permita una mayor participación pública y parlamentaria en las actividades de las Naciones Unidas;

2.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Recomendación a la VP/AR, al Consejo y, para información, a la Comisión.

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0255.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0229.
(3) Consejo de la Unión Europea 11298/2011.
(4) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/256.
(5) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/209.
(6) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/253.
(7) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/224.
(8) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/223.
(9) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/219.
(10) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/210.
(11) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/163.
(12) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/59.
(13) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/159.
(14) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/151.
(15) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/66/167.
(16) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/65/276.
(17) Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas A/RES/64/236.
(18) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0058.
(19) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0507.
(20) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0334.
(21) Textos Aprobados, P7_TA(2010)0482.
(22) DO C 99 E de 3.4.2012, p. 56.
(23) DO C 99 E de 3.4.2012, p. 7.
(24) DO C 124 E de 25.5.2006, p. 549.
(25) Desarme, desmovilización, reinserción y reintegración.

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