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Procedimiento : 2012/2041(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : A7-0373/2012

Textos presentados :

A7-0373/2012

Debates :

PV 10/12/2012 - 22
CRE 10/12/2012 - 22

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PV 11/12/2012 - 8.18
CRE 11/12/2012 - 8.18
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Textos aprobados :

P7_TA(2012)0483

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Martes 11 de diciembre de 2012 - Estrasburgo
El desafío microbiano: la creciente amenaza de la resistencia a los antimicrobianos
P7_TA(2012)0483A7-0373/2012

Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de diciembre de 2012, sobre el desafío microbiano: la creciente amenaza de la resistencia a los antimicrobianos (2012/2041(INI))

El Parlamento Europeo,

–  Vistas las Conclusiones del Consejo, de 22 de junio de 2012, sobre el impacto de la resistencia a los antimicrobianos en el sector de la salud humana y en el sector veterinario desde un enfoque de «salud compartida»,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 15 de noviembre de 2011, sobre un plan de acción contra la creciente amenaza de la resistencia a los antimicrobianos (COM(2011)0748),

–  Vista la Recomendación de la Comisión, de 27 de octubre de 2011, relativa a la iniciativa de programación conjunta de investigación «El desafío microbiano: una amenaza incipiente para la salud humana» (C(2011)7660),

–  Vista su Resolución, de 27 de octubre de 2011, sobre la amenaza para la salud pública que representa la resistencia a los antimicrobianos(1),

–  Vista su Resolución, de 12 de mayo de 2011, sobre la resistencia a los antibióticos(2),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 18 de noviembre de 2009, sobre la resistencia a los antimicrobianos (SANCO/6876/2009r6),

–  Visto el informe técnico conjunto del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) y la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), de 17 de septiembre de 2009, titulado «The bacterial challenge: time to react – A call to narrow the gap between multidrug-resistant bacteria in the EU and the development of new antibacterial agents»(3),

–  Visto el segundo informe conjunto de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) y el Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC), de 14 de marzo de 2012, sobre la resistencia a los antimicrobianos en bacterias zoonóticas que afectan a seres humanos, animales y alimentos(4),

–  Vistas las Conclusiones de la sesión n° 2876 del Consejo, de 10 de junio de 2008, sobre la resistencia a los antimicrobianos,

–  Vistas las Conclusiones de la sesión n° 2989 del Consejo, de 1 de Diciembre de 2009, sobre incentivos innovadores para antibióticos eficaces,

–  Vista la Recomendación del Consejo, de 9 de junio de 2009, sobre la seguridad de los pacientes, en particular la prevención y lucha contra las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria(5),

–  Vista la tercera revisión de la lista de la Organización Mundial de la Salud (OMS) de antimicrobianos de importancia crítica para la medicina humana (informe de la tercera reunión del Grupo Asesor sobre Vigilancia Integrada de la Resistencia a los Antimicrobianos de la OMS, 14-17 de junio de 2011, Oslo Noruega) y la lista de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) de agentes antimicrobianos de importancia veterinaria (lista de la OIE, mayo de 2007) y las modificaciones posteriores de esta lista,

–  Vistos el segundo informe de la Comisión al Consejo, de 9 de abril de 2010, basado en los informes de los Estados miembros sobre la aplicación de la Recomendación del Consejo (2002/77/CE) sobre la utilización prudente de los agentes antimicrobianos en la medicina humana (COM(2010)0141), y el documento de trabajo de la Comisión anejo a dicho informe (SEC(2010)0399),

–  Visto el Reglamento (CE) nº 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal, que prohíbe el uso de los antibióticos promotores del crecimiento(6),

–  Vistas la Recomendación (2002/77/CE) del Consejo, de 15 de noviembre de 2001, sobre la utilización prudente de los agentes antimicrobianos en la medicina humana(7) y la Resolución del Parlamento Europeo, de 23 de octubre de 2001, sobre la propuesta de dicha Recomendación(8),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de junio de 2001, relativa a una estrategia comunitaria contra la resistencia a los antimicrobianos (COM(2001)0333),

–  Vista su Resolución, de 5 de mayo de 2010, sobre la evaluación del Plan de acción comunitario sobre protección y bienestar de los animales 2006-2010(9),

–  Vistas las recomendaciones para una futura colaboración entre los EE. UU. y la UE del Grupo Operativo Transatlántico sobre la Resistencia a los Antimicrobianos (TATFAR)(10),

–  Vistas las Directrices para el análisis de riesgos de resistencia a los antimicrobianos transmitida por los alimentos del Codex Alimentarius(11),

  Visto el CODEX, Código de prácticas para reducir al mínimo y contener la resistencia a los antimicrobianos (CAC/RCP 61-2005),

–  Vista la acción preparatoria «Resistencia a los antimicrobianos: investigación de las causas del uso elevado e inadecuado de los antibióticos» aprobada por el Parlamento, en el marco del presupuesto de la Unión Europea del ejercicio de 2012, la cual tiene por objetivo estudiar la cuestión del uso y las ventas inapropiados de los agentes antimicrobianos con o sin prescripción médica en toda la cadena (del médico y el farmacéutico al paciente), en relación con el comportamiento de todos los actores implicados,

–  Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–  Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y la opinión de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural (A7–0373/2012),

A.  Considerando que el desarrollo de resistencia a los fármacos es una consecuencia natural e inevitable del tratamiento antimicrobiano, y considera que el uso excesivo e indiscriminado en medicina humana y veterinaria puede acelerar este proceso, lo cual, combinado con un control insuficiente de la higiene y las infecciones, puede comprometer la eficacia del limitado número de antimicrobianos existentes;

B.  Considerando que el nivel de resistencia de determinadas bacterias a los antibióticos puede alcanzar o superar el 25 % en varios Estados miembros;

C.  Considerando que buena parte del problema de la resistencia a los antimicrobianos proviene del mal uso de los antibióticos, especialmente de su uso excesivo;

D.  Considerando que muchos Estados miembros no disponen de un marco legal y reglamentario sólido para ordenar y dar apoyo a un uso racional de los medicamentos;

E.  Considerando que en la UE, Islandia y Noruega las bacterias resistentes a los antimicrobianos causan alrededor de 400 000 infecciones y 25 000 muertes por año, que generan un gasto de 1 500 millones EUR en costes de atención sanitaria adicionales y pérdida de productividad;

F.  Considerando que el aumento de la resistencia a los antimicrobianos es un asunto complejo de naturaleza transfronteriza y que depende de diversos factores interrelacionados; considerando que son necesarias numerosas medidas de intervención a distintos niveles que requieren una estrecha colaboración entre los países y sectores;

G.  Considerando que existe un desequilibrio cada vez mayor entre el aumento de la resistencia a los antimicrobianos y el desarrollo de nuevos agentes antimicrobianos, que desde la década de los setenta solo se han desarrollado tres nuevos antibióticos que se administran regularmente contra las bacterias Gram positivas multirresistentes(12), que dos tercios de las muertes relacionadas con la resistencia antimicrobiana en la Unión están causadas por bacterias Gram negativas, y que no se prevé la introducción en el mercado de nuevos agentes en el futuro cercano;

H.  Considerando que, en vista de que no se desarrollan nuevos fármacos antibacterianos, resulta de vital importancia preservar el mayor tiempo posible la eficacia de los antimicrobianos existentes mediante la utilización prudente, la prevención de la propagación de las infecciones, la vacunación, los tratamientos alternativos y la dosificación controlada de los antimicrobianos;

I.  Considerando que la única vacuna contra la tuberculosis (TB) actualmente disponible (BCG), se desarrolló hace más de 90 años y que no ofrece protección contra el tipo más común de TB, la TB pulmonar;

J.  Considerando que el tratamiento de la tuberculosis consiste en antibióticos desarrollados hace décadas, muchos de los cuales tienen efectos secundarios tóxicos graves;

K.  Considerando que la resistencia a los antimicrobianos afecta tanto a los seres humanos como a los animales, y tiene consecuencias peligrosas tanto para la salud humana como para la animal; considerando la existencia de un vínculo entre el uso de antimicrobianos en animales y la propagación de la resistencia en humanos, que requiere más investigación, y que es necesario adoptar una política coordinada y multisectorial sobre la resistencia a los antimicrobianos, basada en el principio de «salud compartida» y dirigida tanto a los profesionales como a los usuarios de cada sector;

L.  Considerando que no se dispone todavía de datos suficientemente detallados y comparables a escala europea para poder llevar a cabo un control y un análisis de carácter global y transfronterizo que permita estudiar la relación entre el uso de antimicrobianos y la resistencia a estos;

M.  Considerando que, a pesar del principal objetivo de los productores agrícolas y ganaderos de mantener a su ganado sano y productivo mediante buenas prácticas agrícolas (higiene, alimentación adecuada, explotación de ganado adecuada y buena gestión de los animales), los animales aún pueden ponerse enfermos, por lo que deben encontrarse disponibles los tratamientos y los medicamentos veterinarios adecuados para el tratamiento de las enfermedades;

N.  Considerando que aún no se ha adoptado una definición uniforme de «tratamiento profiláctico» y que las diferentes interpretaciones son continua fuente de discrepancias;

O.  Considerando que es necesario educar y concienciar a las personas implicadas en el uso de antimicrobianos, incluidos los legisladores, los profesionales de la salud y el público en general, para llevar a cabo los cambios necesarios en el comportamiento de las personas que suministran las recetas, de las que las distribuyen y de los ciudadanos;

P.  Considerando que en algunos Estados miembros los antibióticos aún se pueden adquirir sin receta ni prescripción médica y que esta práctica agrava el problema de la resistencia a los antimicrobianos;

Q.  Considerando que la falta de aplicación de las normas básicas de higiene en el entorno humano, como los hogares, y no solo en los hospitales, da lugar a una mayor propagación de agentes patógenos microbianos;

R.  Considerando que los diagnósticos desempeñan un papel fundamental a la hora de combatir la resistencia a los antimicrobianos alentando enfoques del tratamiento más focalizados;

1.  Considera que, si bien todos los Estados miembros han desarrollado estrategias nacionales para contener la resistencia a los antimicrobianos de conformidad con la Recomendación del Consejo sobre la utilización prudente de los agentes antimicrobianos en la medicina humana, el avance hacia el cumplimiento de los objetivos establecidos ha sido lento e irregular, y pide un compromiso gubernamental firme para la aplicación plena y puntual a escala nacional;

2.  Acoge con satisfacción el plan de acción estratégico de cinco años de la Comisión sobre el tratamiento de la resistencia a los antimicrobianos, pero expresa su preocupación por el hecho de que muchos de los puntos de acción reiteran las medidas recomendadas hace más de una década en la Recomendación del Consejo, de 15 de noviembre de 2001, sobre la utilización prudente de los agentes antimicrobianos en la medicina humana;

3.  Señala que, si bien el plan de acción de la Comisión va en la dirección correcta, no es lo suficientemente ambicioso como para contener la creciente amenaza que supone la resistencia a los antimicrobianos a escala mundial; considera que se deben aplicar lo antes posible las medidas recomendadas en el plan de acción; pide, por lo tanto, a la Comisión que elabore una hoja de ruta integrada en la que se indiquen las respuestas políticas pertinentes, incluida una posible acción legislativa;

4.  Destaca que dicho plan de acción debe abarcar a todos los animales contemplados en la estrategia de la UE sobre el bienestar animal, incluidos, por ejemplo, los animales de compañía y los animales utilizados en el deporte, y debe hacer hincapié en la conexión lógica entre la salud de los animales y el uso de agentes antimicrobianos, así como en el vínculo que existe entre la salud animal y la salud humana;

Utilización prudente de los antimicrobianos en medicina humana y veterinaria

5.  Subraya que el objetivo principal de cualquier estrategia para contener la resistencia a los antimicrobianos consiste en preservar la eficacia de los antimicrobianos existentes utilizándolos de manera responsable en el rango terapéutico adecuado solo cuando sea necesario y se hayan prescrito para un período específico y en una dosis adecuada y reduciendo el uso de antimicrobianos en general y, en particular, el de antimicrobianos de importancia crítica (AIC)(13) en medicina humana y veterinaria, teniendo también en cuenta para ello la lista de la OIE; subraya la absoluta necesidad de un enfoque holístico activo basado en una perspectiva de «salud compartida» con el objetivo de obtener una coordinación mejor y más eficaz entre el sector de la salud humana y el sector veterinario; pide una vigilancia reforzada del uso de antimicrobianos tanto en recién nacidos como en niños de corta edad, así como durante los tratamientos clínicos, en los que es necesario controlar y medir el uso de los antimicrobianos;

6.  Recuerda que la utilización de agentes antimicrobianos en niveles subterapéuticos está prohibida en la UE;

7.  Insiste en que son necesarios más esfuerzos para controlar el uso de antimicrobianos en la medicina humana y veterinaria; rechaza rotundamente el uso profiláctico sistemático de antimicrobianos en el sector ganadero; aprueba las conclusiones del Consejo, de 22 de junio de 2012, que piden a los Estados miembros que limiten el uso profiláctico de los antimicrobianos a casos con necesidades clínicas definidas y que limiten la prescripción y el uso de antimicrobianos para el tratamiento en masa de animales a casos en los que un veterinario haya determinado que existe una justificación clínica y, si procede, epidemiológica, clara para tratar a todos los animales; destaca que los sectores de la ganadería y la acuicultura deben centrarse en la prevención de enfermedades a través de una buena higiene, instalaciones adecuadas y buenas prácticas en la cría de animales, así como mediante estrictas medidas de bioseguridad, en lugar de recurrir al uso profiláctico de antimicrobianos; opina que debe reforzarse el control de los alimentos importados de terceros países, en particular por el riesgo de que tales productos contengan trazas irregulares de antimicrobianos;

8.  Destaca que la resistencia a los antimicrobianos en los animales difiere entre las distintas especies y entre las distintas formas de cría;

9.  Pide a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (AESA) que preste especial atención al control y el análisis de la resistencia a los antimicrobianos del ganado en toda la UE;

10.  Solicita un uso prudente y responsable de los agentes antimicrobianos en los animales y que se facilite más información a los veterinarios y ganaderos para ayudarles a minimizar el desarrollo de la resistencia a los antimicrobianos; pide un intercambio de mejores prácticas, para combatir el desarrollo de la resistencia a los antimicrobianos, como, por ejemplo, la adopción de directrices sobre un uso prudente de los antimicrobianos,

11.  Pide a los Estados miembros que utilicen sistemas de registro electrónicos para velar por que los patrones de uso en las explotaciones individuales sean apropiados y, por tanto, garanticen un uso mínimo y responsable;

12.  Subraya la necesidad de revisar las disposiciones sobre el bienestar de los animales de granja, con el fin de mejorar la salud animal y reducir el uso de fármacos veterinarios; pide a la Comisión que reevalúe las actuales disposiciones relativas a la densidad máxima de animales en la ganadería, pues las dimensiones de los rebaños son con frecuencia un obstáculo para el tratamiento de individuos o grupos reducidos de animales, incentivando así el uso profiláctico de antimicrobianos; considera que dar prioridad a las variedades de ganado resistentes a las enfermedades contribuiría a reducir el uso de fármacos veterinarios en la cría, pero que ello no debe sustituir a una buena gestión de las granjas y la ganadería;

13.  Coincide con la Comisión en que debe reforzarse el marco regulador de los medicamentos veterinarios y los piensos medicamentosos, y exige coherencia en la formulación y aplicación de las normas de la UE;

14.  Pide que se adopten enfoques fiables en la cría de animales para reducir notablemente la resistencia a los antimicrobianos; señala que se ha de prestar especial atención a los animales jóvenes, ya que estos a menudo proceden de diferentes criadores, por lo que, al agruparse, se exponen a un mayor riesgo de infección;

15.  Pide a la Comisión que presente una propuesta legislativa para limitar el uso de antimicrobianos de importancia crítica para el ser humano de tercera y cuarta generación en el sector veterinario, y subraya que dicha propuesta debe fundarse en un conjunto de pautas europeas basadas en pruebas para la utilización prudente de antimicrobianos en la medicina veterinaria;

16.  Considera que la próxima revisión de la Directiva 2001/82/CE será una buena oportunidad para adoptar medidas eficaces para reducir la resistencia a los antimicrobianos y reforzar las disposiciones relativas a los medicamentos veterinarios, como, por ejemplo:

   limitar el derecho a la prescripción de antimicrobianos a los veterinarios con la suficiente cualificación profesional;
   separar el derecho a prescribir del derecho a vender antimicrobianos, eliminando así los incentivos económicos para prescribir;

17.  Pide a la Comisión que dé seguimiento a su plan de acción contra la resistencia a los antimicrobianos con iniciativas concretas para llevar a cabo las 12 acciones y publique su informe de situación sobre la aplicación de este plan de acción antes del fin de 2013, y subraya que este informe debería incluir un resumen de las reducciones en la utilización de antimicrobianos veterinarios obtenidas en cada uno de los Estados miembros;

18.  Hace hincapié en que existen diferencias sustanciales entre los Estados miembros en cuanto a la forma de utilizar y distribuir los antibióticos; pide a la Comisión que evalúe y controle la aplicación por parte de los Estados miembros de la legislación de la UE sobre antimicrobianos pertinente, en particular en cuanto a la administración de antibióticos exclusivamente bajo prescripción médica en el sector de la salud humana y en el sector veterinario y a la prohibición del uso de antimicrobianos como promotores del crecimiento en el pienso para animales;

19.  Pide a la Comisión que examine las condiciones para la prescripción y venta de antimicrobianos con el fin de determinar qué prácticas en la asistencia sanitaria de los humanos y los animales pueden resultar en una prescripción excesiva, un uso excesivo o un uso indebido de los antimicrobianos;

20.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que alienten los esfuerzos para garantizar que se empleen epidemiólogos en todos los hospitales;

21.  Pide a la Comisión que controle el uso de la nanoplata en productos de consumo, ya que puede provocar una mayor resistencia de los microorganismos a la plata, incluidos los componentes de nanoplata y de plata, lo que a su vez puede limitar la utilidad de la nanoplata en dispositivos y otras aplicaciones médicas;

22.  Subraya que para obtener una reducción en el uso de antimicrobianos, debe mejorar la precisión de los diagnósticos y, por lo tanto, debe aumentar el uso de diagnósticos;

23.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan los esfuerzos para estudiar de forma rutinaria los brotes de los hospitales, así como el posible papel de la propagación de clones resistentes a los medicamentos en estos brotes;

Prevención

24.  Acoge con satisfacción las iniciativas de los Estados miembros, con vistas a limitar el uso inadecuado y el acceso incontrolado a agentes antimicrobianos, incluidas las ventas a través de Internet, para revisar el estatuto jurídico de todos los antimicrobianos de administración por vía oral, inhalatoria y parenteral (incluidos los tratamientos para la malaria, los antivirales y los antimicóticos) que siguen estando a disposición de los pacientes sin necesidad de prescripción médica; subraya que no se debe tener acceso a los antimicrobianos sin receta médica, ya que esto incita a la automedicación, que en muchas ocasiones se basa en suposiciones incorrectas; Pide a los Estados miembros que aumenten la sensibilización sobre las ventas de antimicrobianos sin receta e ilegales, tanto en el ámbito de la salud humana como en el sector veterinario;

25.  Destaca el importante papel de las vacunas para limitar el desarrollo de la resistencia a los antimicrobianos, al reducir la cantidad de agentes antimicrobianos necesarios para tratar las infecciones, tanto en los seres humanos como en los animales, pero considera, en lo referente al sector veterinario, que no debe sustituir a una buena gestión ganadera; pide a la Comisión que examine qué otras medidas preventivas pueden adoptarse para reducir la propagación de infecciones y enfermedades entre el ganado;

26.  Propone que se tomen medidas para promover sistemas sostenibles de ganadería basados en prácticas de buena gestión que optimicen el uso eficaz de los recursos y reduzcan la dependencia por parte de los ganaderos de los insumos costosos e insostenibles, que conllevan un alto riesgo para el medio ambiente y la salud pública;

27.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, en cooperación con las Agencias competentes de la UE, presenten y promuevan pautas para un uso prudente dirigidas a reducir la exposición no esencial e inadecuada a los antimicrobianos como parte de un enfoque integral de la medicina humana y veterinaria, la ganadería, la agricultura, la acuicultura y la horticultura;

28.  Pide a la Comisión a que, en la próxima revisión de la legislación europea sobre medicamentos veterinarios, clasifique a los piensos medicamentosos como «medicamentos» y no como «piensos», a fin de garantizar que en el futuro el crítico sector de los piensos medicamentosos se siga sometiendo a los criterios de la legislación sobre medicamentos y a las correspondientes inspecciones oficiales, y asegurando que los piensos medicamentosos estén sujetos a prescripción médica;

29.  Destaca que la prevención y el control de las infecciones constituye una piedra angular de la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos; pide a la Comisión y a los Estados miembros que mejoren el control de las infecciones, y que mejoren y promuevan buenas prácticas de higiene, especialmente el lavado y secado de manos, en particular en entornos sensibles, como las instituciones sanitarias, con el fin de evitar la propagación de infecciones y reducir la necesidad de antibióticos; Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aumenten el intercambio de buenas prácticas en materia de prevención y reducción de las infecciones hospitalarias y que refuerce la investigación epidemiológica de las infecciones hospitalarias debidas a SARM, el Clostridium difficile, y otros organismos emergentes resistentes a varios medicamentos;

Desarrollo de nuevos antimicrobianos o tratamientos alternativos

30.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen los esfuerzos para el desarrollo de nuevos modelos de negocio innovadores mediante asociaciones entre los sectores público y privado que desvinculen la inversión en I+D para nuevos antibióticos e instrumentos de diagnóstico de las transacciones de ventas, y así fomentar el acceso y la asequibilidad y limitar el uso no necesario de antimicrobianos;

31.  Pide un aumento y una mejor coordinación de la investigación sobre nuevos agentes antimicrobianos y sobre otras alternativas (vacunación, bioseguridad, cría de animales resistentes), así como sobre estrategias basadas en elementos probados que permitan evitar y controlar las enfermedades infecciosas de los animales;

32.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que aceleren las actividades de I+D con el fin de proporcionar nuevas herramientas para luchar contra la tuberculosis y la tuberculosis resistente a los medicamentos;

33.  Pide a la Comisión que invierta en I+D para encontrar alternativas al uso de antimicrobianos en las actividades ganaderas y que apoye la innovación en las prácticas agrícolas, en línea con los objetivos de la futura Asociación Europea para la Innovación sobre la Productividad y la Sostenibilidad Agrícolas;

34.  Subraya la necesidad de establecer restricciones al uso de antimicrobianos de importancia crítica y de tecnologías y agentes antimicrobianos de nuevo desarrollo en medicina humana y veterinaria, y destaca la importancia de limitar el uso de los antimicrobianos de importancia crítica a casos determinados;

35.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que estudien nuevos enfoques normativos, en particular en cuanto a los derechos de propiedad intelectual transferibles y a la prórroga de los plazos de vigencia de las patentes, con vistas a promover la inversión del sector privado en el desarrollo de antimicrobianos;

36.  Destaca la importancia del acceso a herramientas de diagnóstico rápidas, fiables y asequibles en el desarrollo de nuevas estrategias de tratamiento;

37.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que examinen nuevos enfoques reguladores orientados a la subvención de la investigación para el desarrollo de nuevos antimicrobianos, los cuales pueden tener un resultado fiscalmente beneficioso para el sector público y el privado;

38.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen los incentivos para la cooperación del sector público y privado con el fin de reforzar la investigación y el desarrollo (I+D) de los antimicrobianos; cree que el hecho de compartir el conocimiento y agrupar los recursos mediante asociaciones entre los sectores público y privado (APP) será fundamental para garantizar la eficacia y la disponibilidad clínicas de los antimicrobianos existentes;

39.  Pide a la Comisión que garantice que, como parte de la estrategia Europa 2020, los productores agrícolas y ganaderos de todos los Estados miembros de la UE puedan tener acceso a herramientas modernas, eficaces y alternativas para curar a sus animales, incluso para usos y especies menores, que actualmente sufren una falta sustancial de medicamentos veterinarios;

40.  Pide a la Comisión que garantice el desarrollo y la disponibilidad de más herramientas sobre el terreno para obtener un diagnóstico y un control de las enfermedades temprano y rápido, así como un sistema de diagnóstico amplio y eficaz a escala de los Estados miembros que pueda asegurar la obtención rápida de resultados al realizar exámenes bacteriológicos;

Seguimiento y presentación de informes

41.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que refuercen la cooperación y la coordinación para la detección precoz, la notificación y la respuesta coordinada ante las bacterias patógenas resistentes a los antimicrobianos en humanos, animales, peces y otros alimentos en el marco de una supervisión constante del alcance y el aumento de la resistencia a los antimicrobianos; insta, en este contexto, a los Estados miembros a que creen bases de datos nacionales con arreglo a criterios uniformes en que los comerciantes, veterinarios y agricultores deban documentar la administración y el uso de antibióticos;

42.  Destaca la falta de información fiable acerca del uso de antimicrobianos en algunos Estados miembros; subraya la importancia de establecer una red europea efectiva de sistemas nacionales de vigilancia en los sectores de la salud humana y veterinario, sobre la base de normas uniformes en todos los Estados miembros, para recopilar datos de referencia claros, comparables, transparentes y puntuales sobre el uso de medicamentos antimicrobianos; considera que dicha red debe basarse en los sistemas de control existentes de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, la Red Europea de Vigilancia del Consumo de Antimicrobianos del ECDC (ESAC-Net), la Red Europea de Vigilancia de Resistencia a los Antimicrobianos del ECDC (EARS-Net), la Red de Enfermedades de origen alimentario e hídrico (red FWD) del ECDC y el proyecto de Vigilancia Europea del Consumo de Antimicrobianos de Uso Veterinario de la Agencia Europea de Medicamentos (ESVAC);

43.  Considera que únicamente los expertos, las autoridades y los responsables de la toma de decisiones afectados deben tener acceso a los datos recopilados sobre el uso de antibióticos.

44.  Recuerda que en su Resolución de 12 de mayo de 2011 sobre la resistencia a los antibióticos, hizo hincapié en la necesidad de obtener una visión completa de cuándo, dónde, cómo y en qué animales se utilizan los antimicrobianos; considera que la Comisión debe recopilar, analizar y publicar estos datos sin dilación y que la información recogida debe ser armonizada y comparable para permitir un análisis adecuado y una acción eficaz, coordinada y específica para cada especie, adaptada a los distintos tipos de cría, con el fin de luchar contra la resistencia a los antimicrobianos tanto a escala de la UE como de los Estados miembros;

45.  Pide a la Comisión que incluya en su informe de situación sobre la aplicación del plan de acción contra la resistencia a los antimicrobianos un resumen de las reducciones en el uso de los antimicrobianos veterinarios logradas por cada Estado miembro;

46.  Pide a la Comisión que obligue a los Estados miembros a utilizar bases de datos para controlar de forma más eficaz e integrada el uso de antibióticos en la ganadería; recuerda que ya es obligatorio registrar el uso de antibióticos en las explotaciones ganaderas;

47.  Insta a los Estados miembros a que garanticen la supervisión y control de la resistencia en los animales de granja, domésticos, deportivos, etc., por separado, sin que ello imponga mayores cargas económicas o administrativas a ganaderos, criadores o veterinarios;

48.  Pide a los Estados miembros que promuevan una colaboración intersectorial más estrecha entre las autoridades y sectores relevantes, para fomentar un enfoque de la salud veterinaria y humana más integrado y controlar la aplicación de las estrategias nacionales contra la resistencia a los antimicrobianos;

49.  Hace hincapié en la necesidad de apoyar a los sistemas de producción de alimentos sostenibles que, a diferencia de la «agricultura industrializada», están potencialmente menos expuestos a la resistencia a los antimicrobianos;

50.  Pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la ampliación de la futura evaluación y notificación acerca del uso de los antimicrobianos en los ámbitos humano y veterinario, de forma que se indique no solo la cantidad total de antimicrobianos utilizados, sino también los tipos de antimicrobianos, los tiempos de tratamiento, etc.;

Comunicación, educación y formación

51.  Señala que el fomento del uso adecuado de los antimicrobianos requiere un cambio en la actitud, los comportamientos y la educación de los pacientes, los productores agrícolas y ganaderos, los farmacéuticos, los médicos, los veterinarios y otros profesionales en los ámbitos de la medicina humana y la veterinaria; considera que deben adoptase medidas de educación y formación de mayor eficacia y continuidad, así como informar de forma completa en los colegios, generalmente desde una edad temprana, tanto a escala nacional como europea con el fin de concienciar acerca de las consecuencias de un consumo incorrecto de antimicrobianos;

52.  Destaca que uno de los usos más comunes de los antibióticos es el tratamiento del resfriado común, y que se podría avanzar mucho si el público fuera consciente de que el resfriado común es una infección vírica, mientras que los antibióticos solo ofrecen protección frente a las infecciones bacterianas;

53.  Apoya la celebración del Día Europeo para el Uso Prudente de los Antibióticos cada 18 de noviembre con el objetivo de promover el uso responsable de los antimicrobianos; considera, no obstante, que la visibilidad y el potencial de esta iniciativa podrían maximizarse con un apoyo político reforzado a escala nacional y europea, un enfoque más amplio que incluya también a los animales y campañas coordinadas, innovadoras y de gran impacto basadas en la experiencia adquirida a través de otras iniciativas europeas e internacionales de éxito; pide a la Comisión que también informe a lo largo de todo el año sobre la dosificación correcta de los antibióticos prescritos;

54.  Pide a la Comisión (teniendo en cuenta que la difusión de la información entre los ciudadanos en general, y no solo entre los profesionales de la salud y veterinarios es vital para una mayor sensibilización, y, con ello, prevención) que redacte una lista de mejores prácticas para la organización de campañas de comunicación eficaces y de cursos de formación profesional orientados a la sensibilización sobre la resistencia a los antimicrobianos, como, por ejemplo, el trabajo de la Plataforma Europea para la utilización responsable de los medicamentos de uso veterinario (EPRUMA), en la que participan múltiples actores, con vistas a apoyar la realización efectiva de tales campañas de sensibilización;

55.  Considera que se han de desarrollar campañas eficaces de información y sensibilización a fin de aumentar el conocimiento sobre los peligros de la propagación no intencionada de agentes patógenos antimicrobianos en los hospitales y en los hogares, y los medios para evitarla;

56.  Pide a la Comisión que, en el estudio sobre la mejora del prospecto y la tabla de datos del medicamento, examine la idea de facilitar mejor información a los pacientes sobre el antibiótico de que se trate, por ejemplo, asegurando que incluya un aviso del tipo: «Tome este medicamento antibiótico únicamente si se lo ha recetado un médico y según lo prescrito. El uso indebido de antibióticos puede provocar resistencia, lo cual le dañará a usted y a otras personas»;

Cooperación internacional

57.  Subraya que el auge del sector de los viajes internacionales y, especialmente, del comercio mundial de alimentos y piensos podría acelerar la propagación transfronteriza de la resistencia a los antibacterianos, y considera que la amenaza para la salud pública que representa la resistencia a los antimicrobianos a escala global solo puede minimizarse a través de una acción internacional oportuna y concertada que evite el solapamiento y reciba suficiente apoyo;

58.  Reconoce la importancia de las iniciativas emprendidas a escala internacional por la OMS, la OIE, la FAO y otras organizaciones mundiales relevantes; subraya, no obstante, la importancia de la adhesión mundial a las normas y directrices internacionales; pide a la Comisión que, en su evaluación de la aplicación del actual plan de acción contra la resistencia a los antimicrobianos, informe los progresos realizados por los Estados miembros en el cumplimiento de compromisos internacionales fundamentales sobre resistencia a los antimicrobianos;

59.  Expresa su satisfacción por el establecimiento del Grupo de Trabajo Transatlántico sobre la resistencia a los antimicrobianos (TAFTAR) y la serie de recomendaciones, aprobadas en septiembre de 2011, para una futura colaboración entre la UE y EE. UU.; destaca, en particular, la importancia de las acciones específicas para:

   la recopilación de datos comparables y el intercambio de datos sobre antimicrobianos de uso humano y veterinario;
   el desarrollo de proyectos comunes basados en las mejores prácticas para el tratamiento de las infecciones relacionadas con la asistencia sanitaria;
   el refuerzo de la cooperación entre la Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos (FDA) y la Agencia Europea de Medicamentos para adoptar un enfoque coordinado que facilite el desarrollo de fármacos antibacterianos y la regulación sobre estos, en particular con respecto a la fase de ensayos clínicos;

60.  Pide a la Comisión que amplíe el trabajo del TATFAR y promueva compromisos multilaterales y bilaterales similares para la prevención y el control de la resistencia a los antimicrobianos con otros socios a nivel mundial;

61.  Insta a la Comisión y a los Estados miembros a fomentar y promover iniciativas de gestión del riesgo a escala mundial, como la lista de la OMS de antimicrobianos de importancia crítica para la medicina humana y la lista de la OIE de antimicrobianos de importancia veterinaria;

62.  Apoya un enfoque internacional para el control de antimicrobianos falsificados, de acuerdo con las directrices de la OMS;

o
o   o

63.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros.

(1) Textos Aprobados, P7_TA(2011)0473.
(2) DO C 377 E de 7.12.2012, p. 131.
(3) http://www.ema.europa.eu/docs/en_GB/document_library/Report/2009/11/WC500008770.pdf
(4) http://www.efsa.europa.eu/en/efsajournal/pub/2598.htm EFSA Journal 2012;10(3):2598 [233 pp.].
(5) DO C 151 de 3.7.2009, p. 1.
(6) DO L 268 de 18.10.2003, p. 29.
(7) DO L 34 de 5.2.2002, p. 13.
(8) DO C 112 E de 9.5.2002, p. 106
(9) DO C 81 E de 15.3.2011, p. 25.
(10)http://ecdc.europa.eu/en/activities/diseaseprogrammes/TATFAR/Documents/210911_TATFAR_Report.pdf
(11) CAC/GL 77- 2011.
(12) Se refiere a la retención o el rechazo del colorante violeta utilizado en el método de Gram de tinción de microorganismos; la capacidad de retención del colorante es un método común para la clasificación de bacterias.
(13) Informe de la tercera reunión del Grupo Asesor sobre Vigilancia Integrada de la Resistencia a los Antimicrobianos de la OMS, 14-17 de junio de 2011, Oslo, Noruega.

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