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Procedimiento : 2013/2607(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento : B7-0255/2013

Textos presentados :

B7-0255/2013

Debates :

Votaciones :

PV 12/06/2013 - 8.17
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Textos aprobados :

P7_TA(2013)0266

Textos aprobados
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Miércoles 12 de junio de 2013 - Estrasburgo
Inversión social para el crecimiento y la cohesión
P7_TA(2013)0266B7-0255/2013

Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de junio de 2013, sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia la inversión social para el crecimiento y la cohesión, incluida la ejecución del Fondo Social Europeo 2014-2020» (2013/2607(RSP))

El Parlamento Europeo,

–  Vistos el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), en particular sus artículos 5, 6, 9, 14, 147, 148, 149, 151 y 153, y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular sus artículos 24, 25, 26, 29, 33, 34, 35 y 36,

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulada «Hacia la inversión social para el crecimiento y la cohesión, incluida la ejecución del Fondo Social Europeo 2014-2020» (COM(2013)0083),

–  Vista la Recomendación de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulada «Invertir en la infancia: romper el ciclo de las desventajas» (2013/112/UE)(1),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión Europea, de 20 de febrero de 2013, titulado «Evidence on Demography and Social Trends – Social Policies' Contribution to Inclusion, Employment and the Economy» (Datos sobre las tendencias demográficas y sociales: la contribución de las políticas sociales a la inclusión, el empleo y la economía) (SWD(2013)0038),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulado «Report on Follow-up on the Implementation by the Member States of the 2008 European Commission Recommendation on Active Inclusion of People Excluded from the Labour Market – Towards a social investment approach» (Informe del seguimiento de la aplicación por parte de los Estados miembros de la Recomendación de la Comisión de 2008 sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral: hacia un enfoque de inversión social) (SWD(2013)0039),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulado «3rd Biennal Report on Social Services of General Interest» (Tercer informe bienal sobre los servicios sociales de interés general) (SWD(2013)0040),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulado «Long-term care in ageing societies - Challenges and policy options» (Los cuidados de larga duración en una población que envejece: retos y opciones de actuación) (SWD(2013)0041),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulado «Confronting Homelessness in the European Union» (Hacer frente a la falta de hogar en la Unión Europea) (SWD(2013)0042),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulado «Investing in Health» (Invertir en salud) (SWD(2013)0043),

–  Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión, de 20 de febrero de 2013, titulado «Social investment through the European Social Fund» (Inversión social a través del Fondo Social Europeo) (SWD(2013)0044),

–  Vistos la Comunicación de la Comisión, de 28 de noviembre de 2012, titulada «Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013» (COM(2012)0750), y el borrador de Informe conjunto sobre el empleo anejo a la misma,

–  Vista su Resolución, de 7 de febrero de 2013, sobre el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas: empleo y aspectos sociales en el Estudio Prospectivo Anual sobre el Crecimiento 2013(2);

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 3 de marzo de 2010, titulada «Europa 2020: Una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador» (COM(2010)2020),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de abril de 2012, titulada «Hacia una recuperación generadora de empleo» (COM(2012)0173),

–  Vistas la pregunta oral a la Comisión y la resolución conexa, de 14 de junio de 2012, sobre la Comunicación «Hacia una recuperación generadora de empleo»(3),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de noviembre de 2010, titulada «Agenda de nuevas cualificaciones y empleos: una contribución europea hacia el pleno empleo» (COM(2010)0682),

–  Vista su Resolución, de 26 de octubre de 2011, sobre la Agenda de nuevas cualificaciones y empleos(4),

–  Vistos la Comunicación de la Comisión, de 16 de diciembre de 2010, titulada «La Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial» (COM(2010)0758), el dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la misma(5) y su Resolución, de 15 de noviembre de 2011, sobre la misma(6),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de diciembre de 2011, titulada «Iniciativa de Oportunidades para la Juventud» (COM(2011)0933),

–  Vistas la pregunta oral a la Comisión y la resolución conexa, de 24 de mayo de 2012, sobre la Comunicación «Hacia una recuperación generadora de empleo»(7),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 5 de diciembre de 2012, titulada «Promover el empleo juvenil» (COM(2012)0727),

–  Vista su Resolución, de 7 de septiembre de 2010, sobre el desarrollo del potencial de creación de empleo de una nueva economía sostenible(8),

–  Visto el Pacto Europeo por la Igualdad de Género (2011-2020), aprobado por el Consejo el 7 de marzo de 2011,

–  Vistas la Comunicación de la Comisión, de 3 de octubre de 2008, relativa a una Recomendación de la Comisión sobre la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral (COM(2008)0639), y su Resolución sobre la misma, de 6 de mayo de 2009(9),

–  Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2013, sobre la integración de los inmigrantes, el impacto sobre el mercado de trabajo y la dimensión externa de la coordinación de los sistemas de seguridad social en la UE(10),

–  Vista su Resolución, de 5 de julio de 2011, sobre el futuro de los servicios sociales de interés general(11),

–  Vistas la Comunicación de la Comisión, de 2 de julio de 2008, titulada «Agenda Social Renovada: Oportunidades, acceso y solidaridad en la Europa del siglo XXI» (COM(2008)0412), y su Resolución, de 6 de mayo de 2009, sobre la misma(12),

–  Vistas la Comunicación de la Comisión sobre la sostenibilidad a largo plazo de las finanzas públicas en un contexto de recuperación de la economía (COM(2009)0545) y su Resolución, de 20 de mayo de 2010, sobre la misma(13),

–  Vistas la propuesta de la Comisión de un Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/2006 (COM(2011)0607 /2 – 2011/0268(COD)), de 14 de marzo de 2012, y el proyecto de Resolución legislativa, de 20 de agosto de 2012, sobre la misma(14),

–  Vista su Resolución, de 20 de noviembre de 2012, sobre la Iniciativa en favor del emprendimiento social – Construir un ecosistema para promover las empresas sociales en el centro de la economía y la innovación sociales(15),

–  Vista su Resolución, de 6 de febrero de 2013, sobre la responsabilidad social de las empresas: promover los intereses de la sociedad y un camino hacia la recuperación sostenible e integradora(16),

–  Vista su Resolución, de 20 de noviembre de 2012, sobre el Pacto de inversión social en respuesta a la crisis(17),

–  Vista la Comunicación de la Comisión, de 16 de febrero de 2012, sobre una Agenda para unas pensiones adecuadas, seguras y sostenibles (COM(2012)0055),

–  Visto el Convenio nº 117 de la OIT sobre política social (normas y objetivos básicos),

–  Vista la Recomendación nº 202 de la OIT relativa a los pisos nacionales de protección social,

–  Vista la pregunta con solicitud de respuesta oral planteada a la Comisión sobre la Comunicación titulada «Hacia la inversión social para el crecimiento y la cohesión, incluida la ejecución del Fondo Social Europeo 2014-2020» (O-000057/2013 – B7-0207/2013),

–  Vistos el artículo 115, apartado 5, y el artículo 110, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que las medidas de consolidación presupuestaria han llevado a numerosos Estados miembros a favorecer unos objetivos de gasto a corto plazo a expensas de la inversión en crecimiento sostenible, empleo, cohesión social y competitividad para alcanzar los objetivos de la Estrategia Europa 2020;

B.  Considerando que la crisis de la deuda soberana que afecta a Europa, especialmente a los países de la zona del euro, ha dado lugar a una severa recesión económica con consecuencias sociales negativas para la mayoría de los Estados miembros en forma de aumento del desempleo, de las tasas de pobreza y de la exclusión social;

C.  Considerando que la crisis ha acentuado la interdependencia económica de los Estados miembros y las considerables divergencias en la capacidad los Estados miembros para responder a los desafíos del mercado laboral y los desafíos sociales;

D.  Considerando que la crisis, combinada con el cambio demográfico, hace urgente mejorar la eficacia del gasto social y diseñar las posibles reformas de sus sistemas de protección social de acuerdo con este objetivo;

E.  Considerando que los interlocutores sociales a nivel nacional pueden desempeñar un importante papel en la financiación y la gestión de los sistemas de seguridad social;

F.  Considerando que unas inversiones sociales bien orientadas y eficientes contribuyen a estabilizar la economía, promover el empleo y mejorar las competencias de la mano de obra, potenciando así la competitividad de la UE;

G.  Considerando que el grado de cualificación cada vez mayor de los puestos de trabajo disponibles y las competencias necesarias para los futuros sectores generadores de empleo, acordes con una economía y una sociedad sostenibles, requieren inversiones adecuadas en programas de educación y formación;

H.  Considerando que los ingresos medios de los hogares de la UE están disminuyendo y que el desempleo de larga duración, la pobreza y la exclusión social, en particular la pobreza entre la población ocupada, y la polarización social van en aumento en numerosos Estados miembros;

I.  Considerando que el desempleo ha alcanzado el 10,5 % de la población activa;

J.  Considerando la declaración del Consejo Europeo de 30 de enero de 2012, según la cual «solo se reanudarán el crecimiento y el empleo si seguimos un planteamiento coherente y con características comunes, que combine una consolidación presupuestaria acertada que preserve la inversión en crecimiento futuro, unas políticas macroeconómicas saneadas y una estrategia de empleo activa que preserve la cohesión social»;

K.  Considerando que los efectos del estancamiento económico y de la persistente crisis de la deuda pública y los cambios demográficos constituyen un desafío para mantener los sistemas de protección social y una seguridad social digna, incluidos los regímenes de seguros obligatorios y voluntarios;

L.  Considerando que el 22,8 % de los jóvenes de la UE están desempleados, y que el desempleo juvenil supera el 50 % en algunos Estados miembros;

M.  Considerando que 8,3 millones de europeos menores de 25 años no trabajan, ni estudian, ni reciben formación alguna («NiNi»), que estas cifras siguen aumentando, con el consiguiente riesgo de que estos jóvenes se conviertan en una generación perdida;

N.  Considerando que los jóvenes de origen migrante corren un mayor riesgo de abandonar el sistema educativo y de formación sin haber obtenido una cualificación de enseñanza secundaria superior;

O.  Considerando que el 27 % de los niños corren el riesgo de caer en la pobreza o la exclusión social, frente al 24 % de la población total de la UE(18);

P.  Considerando que el 8 % de los europeos viven en condiciones de privación material grave y no pueden cubrir una serie de necesidades consideradas esenciales para llevar una vida digna en Europa;

Q.  Considerando que el 15 % de los niños dejan de estudiar sin haber completado la enseñanza secundaria, y que el 10 % de ciudadanos de la UE viven en hogares con todos sus miembros en paro;

R.  Considerando que el Comité de Protección Social (CPS) ha advertido del continuo aumento de estas cifras en numerosos Estados miembros, debido en parte a los efectos de las medidas de consolidación presupuestaria;

S.  Considerando que los sectores más vulnerables de la población, como las personas mayores y las personas con discapacidad, son los que se han visto afectados más gravemente por la crisis financiera, económica y social;

T.  Considerando que las políticas sociales son en primer término de la competencia de los Estados miembros y que la UE presta apoyo y asistencia y complementa a los Estados miembros en sus actividades;

U.  Considerando que tener un trabajo digno es una verdadera protección contra la pobreza;

V.  Considerando que las políticas activas del mercado de trabajo y las estrategias de activación son clave para ayudar a los desempleados a encontrar un trabajo digno;

W.  Considerando que una orientación individualizada e idónea durante la búsqueda de empleo puede mejorar las posibilidades de éxito;

X.  Considerando que las medidas de austeridad, especialmente los recortes en los servicios públicos y las ayudas sociales, no deben agravar la situación de las personas más desfavorecidas ni exponer innecesariamente a nadie al riesgo de desempleo;

Y.  Considerando que las medidas de austeridad no deben cuestionar la disponibilidad, la accesibilidad y la asequibilidad de la asistencia sanitaria y los servicios de cuidados de larga duración, ni agrandar las desigualdades en la atención sanitaria;

Z.  Considerando que es probable que la crisis económica afecte más a las mujeres que a los hombres, y que puede que la actual recesión retrase la consecución de nuevos logros, o incluso invierta la tendencia de progreso, con consecuencias a largo plazo para los sistemas de protección social, la inclusión social y la demografía;

AA.  Considerando que cualquier política de rigor presupuestario ha de ser inteligente y contar con un margen para inversión anticíclica en grandes prioridades políticas y en línea con el rendimiento económico y la productividad;

AB.  Considerando que las comunidades marginadas viven en unas condiciones socioeconómicas deplorables y a menudo son objeto de graves discriminaciones y de segregación en todas las esferas de la vida;

AC.  Considerando que los primeros signos de posible abandono escolar advierten por anticipado de la reproducción cíclica de la pobreza;

AD.  Considerando que no tener hogar es un problema que sigue sin estar resuelto en todos los Estados miembros de la UE y representa una de las formas más extremas de pobreza y privación, que erosiona la dignidad humana y compromete el derecho humano fundamental de acceso a una vivienda;

AE.  Considerando que garantizar el acceso a una vivienda digna es una obligación internacional que incumbe a todos los Estados miembros y en virtud de la cual se proveen viviendas de protección oficial en paralelo a la oferta de viviendas que existe en el mercado;

AF.  Considerando que son necesarias medidas específicas para que las personas sin hogar se integren en la sociedad y para evitar la exclusión social;

AG.  Considerando que la pobreza y la exclusión social siguen siendo un determinante social clave de la salud y de las condiciones de vida, en particular teniendo en cuenta los efectos que la pobreza infantil ejerce en la salud y el bienestar de los niños;

AH.  Considerando que en la UE persisten la discriminación de género en el trabajo, las diferencias salariales entre ambos sexos y las consiguientes diferencias en las pensiones;

AI.  Considerando que en Europa trabaja solo un 63 % de las mujeres, frente al 76 % de los hombres, en parte debido a la falta de centros de acogida y de medidas concretas que faciliten la conciliación de la vida familiar y la vida profesional;

AJ.  Considerando que la dimensión de género es esencial para cumplir los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020, ya que las mujeres conforman la mayor reserva de mano de obra hasta ahora inutilizada; y que, por lo tanto, deben desarrollarse medidas concretas y estrategias específicas para transversalizar la perspectiva de género como parte del Semestre Europeo;

AK.  Considerando que las mujeres representan la mayoría de los cabezas de familia, de los progenitores que crían solos a sus hijos y de las personas que prestan cuidados, y que las políticas de inclusión activa deben consistir en un conjunto de medidas en todos los ámbitos que permita a las mujeres incrementar su participación en el mercado laboral;

1.  Acoge con satisfacción el paquete de la Comisión sobre inversión social, que establece los vínculos necesarios entre las políticas nacionales en materia social, el proceso de reformas en el marco del Semestre Europeo y los Fondos de Cohesión de la UE correspondientes;

2.  Toma nota de que la Comunicación de la Comisión añade a la función original de protección social de los sistemas asistenciales las funciones de inversión social y estabilización de la economía; subraya que la crisis económica y social actual pone de relieve la necesidad de que estas tres funciones sean complementarias en lugar de opuestas;

3.  Reitera la necesidad de mejorar la coordinación de las políticas social y económica a nivel de la UE a fin de evitar discrepancias y establecer sinergias entre ellas y hacer posible que refuercen sus objetivos recíprocamente;

4.  Destaca que el instrumento más eficiente para combatir el desempleo a largo plazo es el crecimiento económico;

5.  Lamenta que la Comunicación vaya acompañada de una recomendación en un solo ámbito, mientras que las medidas de austeridad tienen un gran impacto en varios ámbitos de la política social;

6.  Está convencido de que las reformas de la política social deben guiarse por los principios de inclusión activa y activación, permitiendo que los desempleados y las personas más desfavorecidas accedan al mercado de trabajo y participen en él;

7.  Recuerda que las inversiones sociales generan beneficios tanto sociales como económicos, ya que contribuyen a evitar y a combatir los riesgos sociales; destaca que la inversión social se centra en políticas públicas y estrategias de inversión en capital humano que favorecen la adaptación a unos mercados laborales en continuo cambio y facilitan la adquisición de nuevas competencias para sectores con potencial para generar empleo, acordes con una economía y una sociedad sostenibles;

8.  Hace hincapié en que los Estados miembros deben considerar la inversión social como inversión y en que podría reportar un doble dividendo con beneficios a largo plazo y efectos contracíclicos, reduciendo así el riesgo de consecuencias perjudiciales; pide a la Comisión que lleve a cabo un análisis para determinar qué partes del gasto público social pueden considerarse inversiones productivas;

9.  Considera, en este contexto, que las inversiones sociales específicas deben constituir una parte importante de las políticas económicas y de empleo de los Estados miembros y deben incorporarse al proceso del Semestre Europeo con miras al logro de los objetivos de empleo, sociales y educativos de la Estrategia Europa 2020;

10.  Acoge favorablemente, por tanto, el llamamiento de la Comisión a los Estados miembros para que incluyan inversiones sociales en sus objetivos presupuestarios a medio y largo plazo, así como en sus Programas Nacionales de Reforma;

11.  Reitera que los recursos para políticas sociales no proceden exclusivamente del sector público;

12.  Subraya, por consiguiente, que los Estados miembros deben utilizar en mayor medida enfoques innovadores de financiación, como recurrir a la participación del sector privado y a la ingeniería financiera mediante instrumentos como los bonos de impacto social, las colaboraciones público-privadas, la microfinanciación, el pasaporte de inversión social y las garantías vinculadas a las políticas;

13.  Insta, por consiguiente, a los Estados miembros a que procuren también la participación de empresas sociales, pues pueden complementar los esfuerzos del sector público;

14.  Pide a la Comisión, en este contexto, que considere la posibilidad de desarrollar un cuadro de indicadores comunes en materia de inversión social, que constituiría un mecanismo de alerta para observar los progresos realizados en los Estados miembros;

15.  Celebra que la Comisión insista en que al menos el 25 % de los fondos destinados a políticas de cohesión se dedique a capital humano e inversión social a través del Fondo Social Europeo;

16.  Pide a los Estados miembros que garanticen un control eficiente del gasto en políticas sociales de modo que los recursos se destinen a la adopción de medidas eficientes y con objetivos específicos y se eviten cargas administrativas innecesarias;

Sostenibilidad

17.  Insta a los Estados miembros a que sin más dilación modernicen y, si es necesario, procedan a la reforma estructural de su política de inversión social con el fin de ofrecer a los ciudadanos los mejores servicios posibles;

18.  Hace hincapié en que los Estados miembros deben hacer que su política de inversión social sea sostenible y esté garantizada de cara al futuro mejorando la eficiencia y la eficacia del sistema y los recursos disponibles;

19.  Subraya que para mejorar la sostenibilidad de las políticas de inversión social, los Estados miembros no deben necesariamente gastar más, sino gastar con más eficiencia y más eficacia;

20.  Pide, por consiguiente, a los Estados miembros que orienten su política de inversión social en función de objetivos y que controlen con frecuencia los progresos registrados;

Luchar contra la pobreza y la exclusión social

21.  Reitera su petición a la Comisión para que, en sus próximas recomendaciones específicas por países, aborde la lucha contra la pobreza de la población ocupada, la pobreza entre las personas con vínculos limitados o nulos con el mercado laboral y la pobreza entre las personas de edad; pide al Consejo Europeo que apruebe esta orientación como prioridad;

22.  Destaca los importantes componentes de la estrategia europea para la inclusión activa de las personas excluidas del mercado laboral, en concreto, unas ayudas a la renta adecuadas, unos mercados laborales inclusivos y el acceso a servicios de calidad; lamenta que las estrategias nacionales para la inclusión activa se reduzcan demasiado a menudo a la activación del empleo, excluyendo de facto a personas que están fuera del mercado laboral y para las que regresar al mercado laboral no es una opción que quepa tomar en consideración, debido, por ejemplo, a su edad o a limitaciones funcionales;

23.  Recuerda a los Estados miembros que las políticas de inclusión activa deben:

   ser coherentes con un planteamiento de ciclo vital con respecto a la educación, el aprendizaje permanente y las políticas sociales y de empleo;
   estar hechas a medida, ser específicas y estar orientadas a necesidades concretas, sobre la base del acceso universal y la no discriminación;
   basarse en un enfoque integrado y ser participativas;
   respetar las condiciones previas que son esenciales para permitir la participación, sin crear condiciones que pongan en peligro una renta mínima con la que se pueda vivir; y
   seguir, dada la importancia de las circunstancias locales y regionales, la dirección de los esfuerzos realizados en el marco de la política de cohesión para lograr la cohesión económica, social y territorial;

24.  Pide a los Estados miembros que evalúen sistemáticamente el impacto de las medidas de austeridad en los grupos vulnerables en el marco de las políticas de inclusión activa;

25.  Pide a los Estados miembros que garanticen la calidad de los servicios sociales para quienes pueden beneficiarse de ellos, así como su disponibilidad, accesibilidad y asequibilidad, en particular en los sectores de la salud, los cuidados de larga duración, la educación, la vivienda social, la energía, el agua, el transporte, y las comunicaciones;

26.  Destaca la necesidad de elevar la productividad de la prestación de cuidados, reduciendo la incidencia de la fragilidad y la discapacidad y posibilitando que las personas de edad avanzada sigan llevando una vida independiente incluso con limitaciones funcionales;

27.  Pide a los Estados miembros que consideren la introducción de tarifas sociales por defecto para los grupos vulnerables, por ejemplo en los ámbitos de la energía, el agua y el transporte público;

28.  Pide la participación activa de organizaciones representativas de comunidades marginadas en la elaboración y aplicación de las estrategias nacionales para la integración de estas comunidades, como las estrategias nacionales de integración de la población romaní hasta 2020;

29.  Lamenta que numerosos Estados miembros no hagan los suficientes esfuerzos por integrar a los inmigrantes; subraya la necesidad de invertir en programas y servicios adecuados y en sistemas de información eficaces sobre el acceso a dichos programas con objeto de facilitar la integración de los inmigrantes y reducir el riesgo de exclusión social;

30.  Pide a la Comisión que elabore una hoja de ruta concreta y detallada para la aplicación de estrategias de inclusión activas; hace hincapié en que esta hoja de ruta debe especificar unos plazos y unos objetivos realistas, basados en indicadores específicos y en un diálogo exhaustivo entre las partes interesadas, debe ser supervisada estrechamente a través del método abierto de coordinación, y debe prever instrumentos y procedimientos adecuados para el caso de incumplimiento;

Luchar contra la pobreza infantil

31.  Acoge favorablemente la Recomendación de la Comisión sobre la pobreza infantil anunciada en su Comunicación sobre la Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial; recuerda asimismo los derechos del niño consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea;

32.  Acoge favorablemente el enfoque global propuesto en la Recomendación, que se basa en los tres pilares del acceso a unos recursos adecuados, el acceso a unos servicios de calidad y la participación en la sociedad y en la toma de decisiones, y que reconoce a los niños como titulares de derechos;

33.  Reitera que, en virtud de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, todos los niños y jóvenes tienen derecho a la educación, incluidos aquellos que no disponen de un permiso de residencia en el país en el que se encuentran;

34.  Hace hincapié en que la lucha contra la pobreza infantil debe centrarse en la prevención y en la intervención temprana y no en la reacción, y debe guiarse por el principio del acceso en igualdad de condiciones a unos servicios de atención y educación de la primera infancia de alta calidad,

35.  Alienta, en este contexto, las acciones tendentes a establecer más servicios destinados a los niños, como centros de actividades abiertos en período escolar y de vacaciones, o actividades culturales y deportivas fuera del horario escolar, con servicio de comidas;

36.  Pone de relieve la necesidad de destinar recursos financieros adecuados a estos servicios, en particular a las políticas de apoyo a las familias pobres y vulnerables, como familias con niños con discapacidad, familias monoparentales y familias numerosas;

37.  Subraya la importancia de las relaciones entre padres e hijos y de prestar a los padres el apoyo necesario para que asuman sus responsabilidades parentales, evitando así que los niños sean separados de sus padres y entregados a servicios de acogida por hallarse en situaciones de pobreza extrema;

Hacer frente a la falta de hogar

38.  Acoge con satisfacción el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que aborda el problema de la falta de hogar;

39.  Recuerda la petición del Parlamento de una hoja de ruta concreta y detallada para la aplicación de la estrategia de la UE para las personas sin hogar;

40.  Hace hincapié en que la inversión en vivienda social, además de cumplir la función esencial de paliar las consecuencias de la pobreza, debe considerarse una inversión social, que genera empleo digno y crecimiento sostenible a largo plazo;

41.  Pide a los Estados miembros que eliminen las cargas administrativas innecesarias del proceso de solicitud de vivienda social, así como toda forma de discriminación de minorías o grupos vulnerables, para garantizar la igualdad de acceso para todos;

42.  Recuerda que los costes energéticos representan habitualmente una gran parte del gasto de los hogares y pide, por consiguiente, a los Estados miembros que refuercen sus políticas de ayuda a la eficiencia energética en los hogares;

43.  Pide a los Estados miembros que elaboren programas específicos para las personas sin hogar basándose en evaluaciones de la situación local, poniendo especial énfasis en la vivienda y la asistencia a largo plazo para las personas vulnerables y las comunidades marginadas, en lugar de limitarse a facilitar alojamientos provisionales;

Empleo juvenil

44.  Hace hincapié en que la inversión en empleo juvenil debe constituir un elemento fundamental de las estrategias nacionales de inversión social;

45.  Insta a los Estados miembros a que tomen medidas enérgicas para luchar contra el desempleo juvenil, en particular mediante una actuación preventiva contra el abandono prematuro de la escuela o los programas de formación y aprendizaje profesionales (por ejemplo, la aplicación de un sistema educativo dual o de tipos de estructuras igualmente eficaces), y a que desarrollen estrategias de carácter global para los jóvenes sin trabajo, estudios ni formación («NiNi»);

46.  Hace hincapié en que la inversión social en favor de los jóvenes sin trabajo, estudios ni formación reduciría la pérdida económica actual que representa la desvinculación de los jóvenes del mercado laboral que, según los cálculos de Eurofound, asciende a 153 000 millones de euros, lo que equivale al 1,2 % del PIB europeo;

47.  Lamenta que la actual política de inversión social no haga suficiente hincapié en la necesidad de orientar los recursos prioritariamente hacia los desempleados de larga duración, los jóvenes desempleados y los trabajadores de edad en peligro de convertirse en desempleados de larga duración;

48.  Señala que la inversión social en la juventud puede adoptar una amplia gama de modalidades, como: establecer asociaciones entre escuelas o centros de formación y empresas locales o regionales; proporcionar programas de formación y prácticas de alta calidad para jóvenes en empresas; programas de formación profesional en colaboración con empresas; programas de tutorías a cargo de los trabajadores de más experiencia para contratar y formar a jóvenes en el puesto de trabajo o para facilitar la transición de la educación al mundo laboral; alentar la participación de los jóvenes en la sociedad; y promover la movilidad a nivel regional, europeo e internacional, obrando a favor del reconocimiento mutuo de las cualificaciones y competencias; señala asimismo que la inversión social puede ir acompañada de incentivos eficaces, tales como subsidios al empleo o contribuciones a la seguridad social de los jóvenes que garanticen unas condiciones de vida y de trabajo dignas, con objeto de animar a los empleadores públicos y privados a contratar a jóvenes, invertir tanto en la creación de empleos de calidad para los jóvenes como en su formación permanente, mejorar sus capacidades durante el desempeño de su trabajo y fomentar el espíritu emprendedor entre la juventud;

49.  Subraya la necesidad de mejorar la coordinación de los sistemas nacionales de seguridad social, en particular de los sistemas de pensión, con el fin de promover la movilidad;

50.  Pone de relieve la necesidad de disponer de información estadística comparable entre todos los Estados miembros en relación con el desempleo juvenil y la inversión destinada a la integración de los jóvenes en el mercado de trabajo;

Creación de empleo y mercados de trabajo

51.  Advierte de que las medidas de austeridad pueden comprometer la calidad del empleo y las normas de protección social y de la salud y de seguridad, y destaca que deben ir acompañadas, por consiguiente, de medidas destinadas a mantener unas normas adecuadas;

52.  Destaca la importancia del aprendizaje permanente para reforzar las capacidades de las personas a la hora de participar en la sociedad y en el mercado laboral hasta la edad legal de jubilación e incluso después, si así lo desean;

53.  Reitera su llamamiento a los Estados miembros para que adopten medidas que favorezcan la creación de empleo como parte de sus programas de inversión social, tales como unas reformas de la fiscalidad laboral que incentiven el empleo, promuevan y apoyen el empleo por cuenta propia y las empresas de nueva creación, mejoren el marco de la actividad empresarial y faciliten el acceso de las PYME a la financiación, regularicen el trabajo informal y no declarado, creen incentivos para mejorar el nivel de empleo de los grupos sociales más vulnerables, reformen los mercados laborales para hacerlos más dinámicos y no discriminatorios, y modernicen los sistemas de fijación de salarios para ajustar los salarios a la evolución de la productividad;

54.  Hace hincapié en la necesidad de explotar el potencial de creación de empleo de sectores innovadores en el marco de Horizonte 2020, como la economía sin carbono, la atención sanitaria y social y los sectores digital, cultural y creativo, lo debe apoyarse con inversiones adecuadas en nuevas competencias e instrumentos de inversión social, empleando el concepto de especialización inteligente para ajustar los puntos fuertes de la investigación y la innovación a la evolución del mercado;

55.  Señala que el respeto de los principios de flexiseguridad permite ofrecer una adecuada cobertura de protección social a los trabajadores y acceso a oportunidades de formación y desarrollo profesional, posibilitando así la adquisición de nuevas competencias;

Emprendimiento social

56.  Acoge con satisfacción el papel destacado que se otorga al emprendimiento social y el acceso a la microfinanciación, entre otros, por parte de grupos vulnerables; hace hincapié en que se trata de elementos esenciales en el contexto de la inversión social, pues no solamente permiten la creación de nuevos puestos de trabajo sostenibles y el desarrollo de la economía social y solidaria, sino que además capacitan a las empresas sociales para generar beneficios y reinvertirlos;

57.  Subraya la necesidad de velar por un envejecimiento activo y sano desde la perspectiva del ciclo vital y de hacer hincapié en la prevención y la rehabilitación para reducir la incidencia de la fragilidad, las limitaciones funcionales y la discapacidad, retrasar su aparición e invertir y mitigar su evolución;

58.  Lamenta que la Comunicación no destaque el importante papel del programa Grundtvig a la hora de prevenir la pobreza y la exclusión social y promover la inversión social; pide a la Comisión que difunda las oportunidades de los programas de aprendizaje durante toda la vida y de educación y formación profesional, y pide a los Estados miembros que mejoren la calidad y la accesibilidad de dichos programas;

59.  Pone de relieve la importancia de los instrumentos financieros de la UE y de los fondos europeos de emprendimiento social, a la hora de ampliar el acceso de las empresas sociales a los mercados financieros;

60.  Pide a la Comisión que considere la introducción de un marco común europeo en materia de publicación de datos, que garantice una información transparente sobre las inversiones en empresas sociales en los Estados miembros y funcione como instrumento de emulación inter pares;

61.  Hace hincapié en que la RSE debe centrarse fundamentalmente en normas medioambientales y sociales con miras a garantizar un comportamiento responsable de las empresas;

Dimensión de género

62.  Celebra que la dimensión de género figure en la Comunicación de la Comisión sobre estrategias de inversión social;

63.  Señala que la oferta de centros de atención infantil de calidad y otros servicios de atención desempeña un papel primordial en la medida en que permite que las mujeres accedan al mercado laboral y trabajen a tiempo completo; pide a los Estados miembros que organicen suficientes servicios de atención infantil y otros servicios de atención para permitir la participación de ambos padres en el mercado laboral, en particular teniendo en cuenta la relativa desigualdad que existe hoy día entre los Estados miembros en cuanto a la disponibilidad de plazas de guardería;

64.  Se suma al llamamiento de la Comisión a los Estados miembros para que inviertan en servicios ‐como, por ejemplo, centros de atención infantil asequibles, a tiempo completo y de alta calidad, escuelas de jornada completa y centros de atención a la tercera edad, así como servicios de apoyo a los cuidadores informales‐ que ayuden a promover la igualdad de género, fomentar una mejor conciliación de la vida personal y profesional para hombres y mujeres (con permiso de paternidad para hombres), y crear un marco que permita incorporarse o reincorporarse al mercado laboral y garantice igual salario por igual trabajo a hombres y mujeres;

65.  Reitera la importancia de los sistemas educativos que integren la dimensión de género y ofrezcan a los niños la posibilidad de descubrir sus talentos, evitando así la segregación por género en el mercado laboral a largo plazo;

66.  Pide a los Estados miembros que respeten y fomenten la igualdad de género como parte de sus políticas nacionales y sus Programas Nacionales de Reforma;

Fondos de la UE

67.  Subraya el papel fundamental desempeñado por la política de cohesión y los Fondos Estructurales a la hora de promover la inversión social; destaca, en este contexto, la importante contribución del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) a la prevención de la pobreza entre los trabajadores afectados por la crisis, y del instrumento europeo de microfinanciación Progress en su apoyo a las empresas mediante la formación, el reciclaje y las medidas en favor de los trabajadores con objeto de que las personas vuelvan a encontrar un puesto de trabajo;

68.  Subraya que los Fondos Estructurales deben centrarse en ámbitos prioritarios que tengan un claro impacto en el crecimiento y el empleo y en los que se proponga actuar la política de cohesión;

69.  Subraya que el Fondo Social Europeo debe orientarse más claramente hacia medidas activas que se ajusten realmente a las necesidades de los empleadores;

70.  Manifiesta su satisfacción por la importancia que la Comisión concede al Fondo Social Europeo como principal instrumento destinado a fomentar la inversión social; apoya firmemente, a este respecto, que se asigne al FSE al menos el 25 % de los fondos destinados a políticas de cohesión, y que el 20 % de la dotación del FSE en cada Estado miembro se afecte a la promoción de la inclusión social y a la lucha contra la pobreza;

71.  Pide a los Estados miembros que garanticen que el marco financiero plurianual 2014-2020 incluye los recursos presupuestarios apropiados para estimular y apoyar las inversiones sociales en la UE;

72.  Pide, con carácter de urgencia, que los 6 000 millones de euros destinados a la nueva iniciativa sobre empleo juvenil se concentren en los primeros años del marco financiero plurianual, a fin de abordar el desempleo juvenil y aplicar la garantía juvenil; destaca que los costes de aplicación de la garantía juvenil en la zona del euro ascenderán a 21 000 millones de euros, según estimaciones de la Organización Internacional del Trabajo; solicita, por consiguiente, que la asignación de recursos se revise al alza en el marco de la revisión del marco financiero plurianual; acoge con satisfacción la ampliación del grupo beneficiario de la garantía juvenil a los menores de 30 años;

73.  Acoge favorablemente la intención de la Comisión de explorar el uso de nuevos instrumentos financieros para potenciar las inversiones públicas en materia social; pide a la Comisión que presente propuestas más pormenorizadas sobre este asunto;

Dimensión social de la UEM

74.  Considera que la disciplina presupuestaria en la zona del euro no debe evaluarse solo a partir de indicadores presupuestarios y macroeconómicos, sino que debe complementarse con los igualmente importantes indicadores sociales y de empleo y con informes sobre los progresos de las reformas estructurales, con el objetivo de garantizar un nivel adecuado y eficiente de inversión social y, por ende, asegurar la sostenibilidad de una Unión Europea social en una perspectiva a largo plazo;

75.  Insta a la Comisión a que, a la hora de examinar la manera de reforzar la dimensión social de una auténtica Unión económica y monetaria, aborde las necesidades de los Estados miembros en materia de inversiones públicas, especialmente las relacionadas con los objetivos sociales y educativos en el marco de la Estrategia Europa 2020;

76.  Reitera que un paquete social para Europa debe promover lo siguiente:

   la garantía de que el establecimiento de una gobernanza económica europea se complementa con una gobernanza mejorada en materia social, sobre la base del pleno respeto de la autonomía de los interlocutores sociales y de la importancia del diálogo social tripartito;
   la definición de instrumentos para introducir rápidamente una garantía juvenil europea; un marco de calidad para periodos de prácticas y aprendizaje; unos servicios públicos dignos y accesibles; salarios dignos con ingresos nacionales mínimos que eviten la pobreza de la población con empleo; la protección social y la portabilidad de los derechos de pensión; el acceso a viviendas sociales asequibles y adecuadas; una protección social mínima que garantice la igualdad del acceso a servicios básicos de salud con independencia de los ingresos; la aplicación de un protocolo social para proteger los derechos sociales y laborales fundamentales; la igualdad de retribución entre trabajadores y trabajadoras por un mismo trabajo o por un trabajo de igual valor; y una estrategia renovada de salud y seguridad;
   una nueva iniciativa legislativa en relación con el derecho de los Parlamentos nacionales a exigir una iniciativa legislativa a la Comisión en forma de «tarjeta verde», sobre la base del artículo 352 del TFUE;
   nuevos derechos para los Parlamentos nacionales para exigir una iniciativa legislativa a la Comisión en forma de «tarjeta verde» mediante una modificación del Tratado;
   la garantía de que se destinan recursos suficientes a la inversión social, incluida la asignación al FSE del 25 % de los fondos destinados a las políticas de cohesión;

77.  Pide a los Estados miembros que, en caso de que minorías de bloqueo injustificadas impidan realizar los avances necesarios, amplíen el principio de cooperación reforzada a las políticas sociales y de empleo;

o
o   o

78.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión y al Consejo.

(1) DO L 59 de 2.3.2013, p. 5.
(2) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0053.
(3) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0260.
(4) DO C 131 E de 8.5.2013, p. 87.
(5) DO C 248 de 25.8.2011, p. 130.
(6) DO C 153 E de 31.5.2013, p. 57.
(7) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0224.
(8) DO C 308 E de 20.10.2011, p. 6.
(9) DO C 212 E de 5.8.2010, p. 23.
(10) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0092
(11) DO C 33 E de 5.2.2013, p. 65.
(12) DO C 212 E de 5.8.2010, p. 11.
(13) DO C 161 E de 31.5.2011, p. 112.
(14) Informe A7-0250/2012 de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales del Parlamento.
(15) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0429.
(16) Textos Aprobados, P7_TA(2013)0050.
(17) Textos Aprobados, P7_TA(2012)0419.
(18) http://europa.eu/rapid/press-release_STAT-13-28_en.htm?locale=en

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