Propuesta de resolución - B6-0385/2008Propuesta de resolución
B6-0385/2008

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1.9.2008

tras las declaraciones del Consejo y de la Comisión
presentada de conformidad con el artículo 103, apartado 2, del Reglamento
por Colm Burke, John Bowis, Carlo Casini, Nirj Deva y Filip Kaczmarek
en nombre del Grupo del PPE-DE
sobre el Objetivo de Desarrollo del Milenio 5: Mejorar la salud materna

Véase también la propuesta de resolución común RC-B6-0377/2008

Procedimiento : 2008/2621(RSP)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
B6-0385/2008
Textos presentados :
B6-0385/2008
Textos aprobados :

B6‑0385/2008

Resolución del Parlamento Europeo sobre el Objetivo de Desarrollo del Milenio 5: Mejorar la salud materna

El Parlamento Europeo,

–  Visto el Objetivo de Desarrollo del Milenio (ODM) 5 sobe la salud materna, que tiene el objetivo de «reducir en tres cuartos, entre 1990 y 2015, la tasa de mortalidad materna» y lograr «el acceso universal a los servicios de salud reproductiva»,

–  Visto el Programa de acción europeo para combatir el VIH/sida, la tuberculosis y la malaria a través de la acción exterior[1],

–  Vistas la Declaración de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1959, de acuerdo con la cual «deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal», y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989, de acuerdo con la cual los Estados partes deberán «asegurar atención sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres»,

–  Visto el Consenso europeo sobre desarrollo de 22 de noviembre de 2005[2], según el cual «el objetivo principal que impregna toda la cooperación al desarrollo de la UE es la erradicación de la pobreza en el contexto de un desarrollo sostenible, que es asimismo uno de los Objetivos de Desarrollo del Milenio»,

–  Visto el evento de alto nivel sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) que se celebrará en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York el 25 de septiembre de 2008,

–  Visto el artículo 103, apartado 2, de su Reglamento,

A.  Considerando que la salud materna es el ámbito de los ODM en que menos avances se han registrado; que, por tanto, el ODM 5 es uno de los objetivos que es menos probable conseguir para 2015, en particular en el África subsahariana,

B.  Considerando que las complicaciones en el embarazo y el parto son las principales causas de muerte e invalidez de las mujeres en los países en desarrollo, en particular en el África subsahariana y en Asia, y que causan la muerte de más de medio millón de mujeres cada año,

C.  Considerando que la mayoría de estas muertes podría evitarse con intervenciones de atención sanitaria (de acuerdo con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), los principales factores para reducir la mortalidad materna son la presencia de comadronas cualificadas y el acceso a atención obstétrica de urgencia), pero que la distancia y la pobreza limitan el acceso a la atención sanitaria materna para muchas mujeres en los países en desarrollo,

D.  Considerando que la mortalidad materna y la invalidez reducen los ingresos de la familia, crean gran número de huérfanos, especialmente vulnerables a la enfermedad y la pobreza, y obligan a las niñas y jóvenes a dejar la escuela para criar a sus hermanos,

E.  Considerando que alrededor del 60 % de los adultos contagiados de VIH son mujeres y que el VIH/sida y la malaria se encuentran entre las causas más frecuentes de muerte materna; considerando que las madres pueden transmitir el VIH a sus hijos durante el embarazo, el parto o la lactancia,

F.  Considerando que el VIH/sida también tiene efectos sumamente nocivos en el sistema sanitario de los países en desarrollo, como consecuencia no sólo del contagio de los trabajadores de la salud, sino también porque se desvía personal sanitario y fondos de otros servicios sanitarios esenciales para hacer frente a las crecientes necesidades en los servicios relacionados con el VIH/sida,

G.  Considerando que la emancipación de las mujeres, asegurándoles el pleno acceso a la información y los servicios de salud sexual y reproductiva, las sitúa en mejor posición para negociar sexo seguro y para protegerse contra las enfermedades de transmisión sexual (ETS), incluido el VIH; que deben apoyarse las medidas propuestas por la Comisión para proteger a las mujeres contra las ETS, especialmente la ayuda financiera para el desarrollo de microbicidas y vacunas, así como las medidas propuestas en relación con la salud reproductiva,

H.  Considerando el problema específico de las mujeres, muchas de ellas jóvenes y sin fácil acceso a los servicios de salud reproductiva, que sufren de fístula obstétrica como consecuencia de partos difíciles sin asistencia, lesión que, si no se trata, es causa de una condición de salud penosa y de estancamiento social,

I.  Considerando que la fístula y otras enfermedades de los órganos reproductores son un grave problema sanitario en muchos países en desarrollo,

J.  Considerando que la geografía, la economía y la educación son factores determinantes en la incidencia de las muertes maternas, y que las mujeres del campo, las mujeres pobres y las mujeres que carecen de educación sufren las mayores tasas de mortalidad materna,

K.  Considerando que la Unión Europea puede desempeñar un papel importante para responder a nivel internacional a los retos de la salud materna y apoyar esta respuesta,

1.  Pide a los países en desarrollo que hagan de la salud materna una prioridad dentro de sus estrategias para la reducción de la pobreza; pide a la UE y a la comunidad internacional que presten especial atención a este ámbito en su cooperación con los países en desarrollo y que aumenten el apoyo económico, político y técnico a estos esfuerzos;

2.  Recuerda y reitera el compromiso y la contribución de la UE a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, tal y como se expresa en el Consenso europeo sobre desarrollo;

3.  Recuerda el compromiso de los Estados miembros de la UE de alcanzar el 0,7 % en la relación AOD/RNB para 2015, y pide a los Estados miembros que se retrasan que aumenten sus esfuerzos;

4.  Pide a la UE que mantenga y aumente sus esfuerzos para mejorar la salud materna en los países en desarrollo, en particular para facilitar el acceso a una atención sanitaria y a unos servicios de salud materna seguros y fiables, luchar contra las enfermedades relacionadas con la pobreza y resolver problemas crónicos del sector sanitario, como la falta de personal sanitario cualificado;

5.  Pide un aumento importante de los programas nacionales de salud de realización de pruebas de VIH antes y durante el embarazo, del tratamiento antirretroviral de las mujeres embarazadas contagiadas de VIH y de las medidas de prevención del VIH, como las campañas informativas y la educación;

6.  Pide nuevas medidas para luchar contra la malaria, por ejemplo, aumentando el uso de mosquiteros tratados con insecticida;

7.  Pide que la estrategia en materia de salud materna no se limite a luchar contra las principales enfermedades derivadas de la pobreza, sino que también preste la debida atención a la difícil situación de las mujeres que sufren de fístula y otras enfermedades derivadas de la pobreza menos conocidas;

8.  Pide a los países que aún no hayan prohibido prácticas y tradiciones dañinas, como la mutilación genital femenina (MGF), que tomen medidas y que apoyen las campañas informativas a este fin;

9.  Pide a los países en desarrollo que, con el apoyo de la comunidad internacional, adopten también un enfoque horizontal en relación con los retos de la salud materna, de forma que se destinen más esfuerzos para el desarrollo destinados a la creación de crecimiento sostenible, la mejora de las infraestructuras y el acceso al agua y el saneamiento, así como otros ámbitos con efectos en la incidencia de estos retos;

10.  Pide que se preste especial atención a las medidas de mejora de la higiene doméstica y el uso del jabón (de acuerdo con algunos estudios son incluso más eficaces que la mejora de la calidad del agua para reducir el riesgo de enfermedades diarreicas), pues estas enfermedades pueden ser mortales y las embarazadas y las mujeres lactantes son particularmente vulnerables a ellas;

11.  Pide más medidas para luchar contra los problemas respiratorios causados por la falta de ventilación de las estufas y cocinas, particularmente perjudiciales para la salud materna;

12.  Pide a los países en desarrollo que en sus estrategias de desarrollo den mayor prioridad a la educación primaria, en particular para las niñas de zonas rurales, que son las que menos oportunidades tienen de ir a la escuela; pide a la UE y a la comunidad internacional que presten mayor apoyo a estos esfuerzos;

13.  Subraya la necesidad de un apoyo de la UE e internacional a la cooperación regional, con el fin de promover la difusión de las capacidades en materia de salud materna, la formación y la creación de capacidades, la comparación de las mejores prácticas y la puesta en común de recursos; subraya que este tipo de cooperación puede ser especialmente útil para hacer frente a las difíciles condiciones sanitarias en situaciones posteriores a conflictos o catástrofes;

14.  Insta a la Comisión a que haga de la lucha contra la violencia sexual una prioridad en las zonas en crisis o conflicto, tanto en la fase humanitaria como en la reconstrucción posterior a la guerra;

15.  Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Estados miembros, a los Gobiernos y Parlamentos de todos los países en desarrollo y al Secretario General de las Naciones Unidas.