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Mozzjoni għal riżoluzzjoni - B6-0644/2008Mozzjoni għal riżoluzzjoni
B6-0644/2008
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

16.12.2008

con solicitud de inclusión en el orden del día del debate sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho
presentada de conformidad con el artículo 115 del Reglamento
por José Manuel García-Margallo y Marfil, Fernando Fernández Martín, Tunne Kelam, Eija-Riitta Korhola, Bernd Posselt, Charles Tannock
en nombre del Grupo del PPE-DE
sobre sobre los ataques contra los defensores de derechos humanos, las libertades públicas y la democracia en Nicaragua

Véase también la propuesta de resolución común RC-B6-0629/2008

Proċedura : 2008/2696(RSP)
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B6‑0644/2008

Resolución del Parlamento Europeo sobre sobre los ataques contra los defensores de derechos humanos, las libertades públicas y la democracia en Nicaragua

El Parlamento Europeo,

  • Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948,
  • Visto el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966,
  • Visto el Acuerdo de Diálogo Político y Cooperación entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, por otra parte, de 2003 y el Acuerdo-marco de cooperación entre la Comunidad Económica Europea y las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá[1],
  • Vistas las Directrices de la Unión Europea sobre Defensores de los Derechos Humanos,
  • Vistos los informes emitidos por el equipo de expertos de la UE en relación al proceso y a las elecciones municipales que tuvieron lugar el 9 de noviembre pasado,
  • Visto el artículo 155, apartado 5 de su reglamento,

A-  Considerando los alegatos de fraude en relación con los resultados de las elecciones municipales que se mantuvieron el pasado 9 de noviembre de 2008, las agresiones que las han acompañado, dirigidas en particular en contra de los medios de comunicación, y la polarización y los enfrentamientos que han derivado de ello,

B-  Considerando que los informes del grupo de expertos de la UE constataron la falta de voluntad expresa de las autoridades nicaragüenses de organizar un proceso genuinamente democrático y considerando que dichos informes denuncia precisamente un fraude masivo y sistemático y que por tanto los resultados de los comicios locales carecen de credibilidad alguna,

C-  Considerando que la falta de resolución de la acreditación a la observación electoral nacional no gubernamental y la no invitación a la observación internacional por parte del Consejo Supremo Electoral (CSE) no permitieron verificar el desarrollo de las elecciones,

D-  Considerando las resoluciones del Consejo Supremo Electoral del 11 de junio de 2008 en las cuales, por un lado, se cancelaba la personalidad jurídica del Movimiento Renovador Sandinista (MRS) y, por otro lado se alegaba que el Partido Conservador (PC) no cumplió con los requisitos previos para poder concurrir en las elecciones municipales de noviembre de 2008, impidiendo así la participación de estos dos partidos,

E-   Considerando los numerosos ataques y actos de hostigamiento de los cuales han sido objeto las organizaciones de defensa de derechos humanos y sus miembros desde hace unos meses por parte de personas, sectores políticos u organismos vinculados a los poderes estatales,

F-  Considerando la actuación de los denominados Consejos del Poder Ciudadano (CPC), creados por el gobierno supuestamente movilizados con financiación gubernamental para impedir las movilizaciones de la oposición e incluso agredir a los defensores de derechos humanos,

G-  Considerando las numerosas amenazas e intimidaciones de las que han sido victimas miembros de la sociedad civil, periodistas y representantes de medios de comunicación, lo que ha supuesto una flagrante violación del principio de libertad de expresión y de la libertad de prensa,

H-  Considerando que durante la crisis política y social desatada por las elecciones el Presidente Ortega se mantuvo silente sin tan siquiera realizar un llamado a la paz o a la calma,

I-  Considerando las acusaciones de « triangulación de fondos » dirigidas contra 17 organizaciones de defensa de los derechos humanos,

J-  Considerando que el desarrollo y la consolidación de la democracia y del Estado de Derecho, así como el respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales deben ser parte integrante de la acción exterior de la Unión Europea,

K-  Considerando que la Unión Europea y sus socios, al suscribir con países terceros acuerdos que contengan una cláusula relativa a los derechos humanos, asumen la responsabilidad de velar por que se respeten las normas internacionales sobre derechos humanos y que dichas cláusulas son recíprocas por naturaleza,

L-  Considerando que se vienen desarrollando negociaciones de un Acuerdo de Asociación entre la UE y AC y que Nicaragua forma parte del grupo negociador centroamericano,

M-  Considerando que el presidente Ortega se refirió en términos ofensivos e injuriosos a la embajadora de la Unión Europea,

1.  Lamenta profundamente el modo en que se ha conducido el proceso electoral de los comicios locales del 9 de noviembre y considera que sus resultados carecen de legitimidad democrática alguna;

2.  Pide al gobierno de Nicaragua que respete labor de las organizaciones de defensa de los derechos humanos, reconociendo la labor fundamental que llevan a cabo y su contribución a la salvaguardia del Estado de derecho y de la democracia;

3.  Solicita a las autoridades nicaragüenses que actúen para que cesen de inmediato los ataques y actos de hostigamiento contra los defensores y organizaciones de defensa de los derechos humanos y que los responsables sean juzgados y sancionados ante un tribunal imparcial e independiente;

4.  Acoge con satisfacción el Comunicado de Prensa de los 27 Estados miembros de la Unión Europea del 22 de octubre del 2008, en el cual se denuncian los ataques en contra de defensores y organizaciones de defensa de los derechos humanos;

5.  Insta a las instancias competentes del Estado a que velen por que sean garantizadas la libertad de expresión y la independencia de la justicia, garantizando así la preservación de los fundamentos democráticos del país;

6.  Pide que las negociaciones de un Acuerdo de Asociación entre la Unión Europea y los países de América Central tengan en cuenta la situación en Nicaragua para que dicho país actúe conforme a los principios de respeto del Estado de derecho, de la democracia y de los derechos humanos defendidos y promovidos por la Unión Europea;

7.  Pide al Consejo y a los Estados miembros de la Unión Europea que la situación en Nicaragua se inscriba en el orden del día de las reuniones que se mantienen con las autoridades nicaragüenses, tanto a nivel bilateral como multilateral;

8.  Solicita a su presidente que dé traslado de su resolución al Consejo, a la Comisión, a las autoridades de la República de Nicaragua y al secretario general de la OEA.