RECOMENDACIÓN sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración de los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho por parte de la Unión Europea

9.3.2012 - (13123/2011 – C7‑0332/2011 – 2011/0116(NLE)) - ***

Comisión de Comercio Internacional
Ponente: Vital Moreira

Procedimiento : 2011/0116(NLE)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0060/2012
Textos presentados :
A7-0060/2012
Debates :
Textos aprobados :

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración de los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho por parte de la Unión Europea

(13123/2011 – C7‑0332/2011 – 2011/0116(NLE))

(Aprobación)

El Parlamento Europeo,

–   Visto el proyecto de Decisión del Consejo (13123/2011),

–   Vistos los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho (13350/2011),

–   Vista la solicitud de aprobación presentada por el Consejo de conformidad con el artículo 207, apartados 3 y 4, y el artículo 218, apartado 6, párrafo segundo, letra a), inciso v), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (C7-0332/2011),

–   Vistos el artículo 81 y el artículo 90, apartado 7, de su Reglamento,

–   Vista la recomendación de la Comisión de Comercio Internacional (A7-0060/2012),

1.  Concede la aprobación a la celebración de los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho;

2.  Pide a la Comisión que trabaje por lograr la ampliación del número de miembros del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho, en particular manteniendo contacto con los principales países productores y consumidores de caucho, que siga de cerca los trabajos del Grupo e informe al Parlamento de toda evolución relevante que se produzca en el periodo de dos años a partir de la entrada en vigor de los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo;

3.  Encarga a su Presidente que transmita la Posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Introducción

En octubre de 2011 se solicitó al Parlamento Europeo que concediera su aprobación a la celebración del Consejo, en nombre de la Unión Europea, de los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho (GIEC). Como ponente de este expediente, convoqué a varios agentes relevantes para un intercambio de puntos de vista que tuvo lugar durante la reunión de la Comisión de Comercio Internacional del 20 de diciembre de 2011.

Tras este debate fundamentado, el ponente comparte aquí su análisis y sus conclusiones sobre este expediente.

El GIEC[1]

El GIEC es una organización intergubernamental creada en 1944 en el Reino Unido y trasladada en 2008 a Singapur. Ofrece un espacio de discusión a los países productores y a los países consumidores de caucho sobre todos los aspectos de la cadena de suministro del caucho.

Solo los gobiernos pueden ser miembros del GIEC. Actualmente nueve países, además de la Unión Europea, son miembros contribuyentes: República de Camerún, Costa de Marfil, República de la India, Japón, Malasia, Nigeria, Federación de Rusia, Singapur y Sri Lanka. Alrededor de 120 representantes de la industria son miembros a través de una Comisión de asociados.

El objetivo del GIEC es recopilar y difundir información estadística general sobre la industria mundial del caucho. Existe un amplio consenso de que esta actividad es fundamental para mejorar la transparencia de los mercados del caucho y en relación con las tendencias del mercado, condición necesaria para comprender mejor y, en su caso, controlar la volatilidad de los precios de esta materia prima.

Evolución reciente en el número de miembros

La composición del GIEC ha sufrido una serie de cambios. En primer lugar, la Unión Europea ­―el segundo consumidor a nivel mundial de caucho natural― ingresó en el GIEC en 2002. Por consiguiente, los Estados miembros de la UE que eran miembros del GIEC a título individual se retiraron del Grupo.

Los Estados Unidos, el tercer consumidor mundial, y Tailandia, el principal productor de caucho, abandonaron el GIEC a mediados de 2011, y Malasia ha manifestado su intención de hacer lo mismo a mediados de 2012.

Los Estatutos y el Reglamento interno modificados, aprobados por el Grupo el 14 de julio de 2011, tienen en cuenta estos cambios y precisan el estatus jurídico particular de la Unión Europea en el Grupo, confirman su sede y reajustan la estructura organizativa, las contribuciones al presupuesto[2] y los procedimientos de toma de decisiones.

Conviene señalar que Tailandia, Malasia e Indonesia (que tampoco es miembro del GIEC) producen casi dos terceras partes de la producción total mundial de caucho. China, primer consumidor mundial de caucho (alrededor de una tercera parte) tampoco es miembro del GIEC.

Aunque la participación de la Unión Europea en el GIEC constituye una evolución altamente positiva, el hecho de que algunos de los principales países productores y consumidores de caucho a nivel mundial no sean miembros del GIEC compromete la autoridad de esta organización y cuestiona su objetivo, su credibilidad y su representatividad.

Evolución reciente del mercado

En los últimos años, los fuertes aumentos de los precios y su elevada volatilidad han afectado a algunas materias primas, incluido el caucho natural. Algunos estudios han demostrado que los factores que explican esta evolución son el aumento de la demanda, en particular por parte de China, la limitación del suministro a corto plazo, los escasos árboles del caucho plantados y las intensas lluvias en los principales países productores. Esta combinación de factores ha supuesto una presión para el suministro mundial de caucho.

Otra especificidad del mercado del caucho natural es la cultura comercial. Aunque más del 90 % de las compras se realiza a través de contratos materiales a largo plazo, el mercado financiero ―sobre todo el mercado de productos derivados― sirve de referencia de precios. Pese a que no hay pruebas de que la financialización haya influido indebidamente en la evolución de los precios, el sector del caucho natural tiene un claro interés en que aumente la transparencia del mercado. Hay que señalar el reciente trabajo de regulación de la UE y las conclusiones del G-20[3], donde se establecen los modelos necesarios para lograr la transparencia del mercado y luchar contra los abusos del mercado.

Para la Unión Europea, que depende de las importaciones y, al mismo tiempo, es el segundo consumidor a nivel mundial de caucho natural, es fundamentar garantizar un acceso equitativo, previsible y asequible a esta materia prima.

Conclusiones

Pese a observar que el número de miembros del GIEC se ha reducido por los recientes acontecimientos, el ponente observa también que el GIEC constituye la única plataforma inclusiva que agrupa tanto a los países productores como a los países consumidores de caucho. Además, el GIEC sigue siendo, pese a sus deficiencias, el organismo más adecuado para trabajar en favor del aumento de la transparencia que falta en el mercado físico y que tan acuciantemente se necesita para garantizar un acceso equitativo, previsible y asequible al caucho en todo el mundo.

El ponente considera asimismo que la revisión de los Estatutos y el Reglamento interno del GIEC puede también ofrecer un impulso para relanzar al Grupo como foro fundamental de diversas partes interesadas.

Así pues, el ponente recomienda que el Parlamento apruebe el proyecto de Decisión del Consejo relativa a la celebración, por parte de la Unión Europea, de los Estatutos y el Reglamento interno modificados del Grupo Internacional de Estudios sobre el Caucho.

El ponente insiste, no obstante, en que la Comisión haga todos los esfuerzos posibles para aumentar la transparencia de este Grupo, en particular manteniendo contactos con los principales países productores y consumidores de caucho. Un número importante de miembros sigue siendo un requisito previo para la viabilidad y la eficacia a largo plazo del GIEC como organismo con autoridad.

El ponente observa además que el Grupo puede servir de modelo para otras materias primas estratégicas, siempre que se pueda ampliar su mandato para responder mejor, en particular, al reto que supone la provisión oportuna de datos de mercado fiables y de transparencia. Otros aspectos bienvenidos de un GIEC «reinventado» serían, a través de su mandato y su programa de trabajo ampliados, una nueva incidencia en la sostenibilidad de la industria y en el desarrollo de normas de calidad, así como en los posibles sustitutos del caucho.

  • [1]  http://www.rubberstudy.com/default.aspx
  • [2]  El presupuesto anual del GIEC asciende aproximadamente a 1,6 millones de dólares singapurenses. Para el ejercicio 2012-2013 las contribuciones de los gobiernos alcanzan los 740 000 SGD, las cuotas de los miembros de la industria y las ventas de las publicaciones del GIEC ascienden a 525 000 SDG. La contribución de la UE asciende a 153 000 SDG (unos 90 000 euros en el momento de la elaboración del presente documento), cantidad inferior al conjunto de las anteriores contribuciones de la Comisión y los Estados miembros a título individual.
  • [3]  Declaración final de la Cumbre del G-20 de Cannes: http://www.g20-g8.com/g8-g20/g20/english/for-the-press/news-releases/cannes-summit-final-declaration.1557.html

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

1.3.2012

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

26

0

0

Miembros presentes en la votación final

Laima Liucija Andrikienė, Kader Arif, Maria Badia i Cutchet, David Campbell Bannerman, Daniel Caspary, Christofer Fjellner, Yannick Jadot, Metin Kazak, Bernd Lange, David Martin, Vital Moreira, Godelieve Quisthoudt-Rowohl, Helmut Scholz, Peter Šťastný, Robert Sturdy, Gianluca Susta, Keith Taylor, Iuliu Winkler, Jan Zahradil, Paweł Zalewski

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Josefa Andrés Barea, Silvana Koch-Mehrin, Elisabeth Köstinger, Marietje Schaake, Pablo Zalba Bidegain

Suplente(s) (art. 187, apdo. 2) presente(s) en la votación final

Jürgen Klute