INFORME sobre el servicio público de radiodifusión en la era digital: el futuro del sistema dual

11.10.2010 - (2010/2028(INI))

Comisión de Cultura y Educación
Ponente: Ivo Belet

Procedimiento : 2010/2028(INI)
Ciclo de vida en sesión
Ciclo relativo al documento :  
A7-0286/2010

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO

sobre el servicio público de radiodifusión en la era digital: el futuro del sistema dual

(2010/2028(INI))

El Parlamento Europeo,

–    Vistos el artículo 14 y el artículo 106, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea,

–    Visto el Protocolo nº 29, anejo al Tratado de la UE, sobre el sistema de radiodifusión pública de los Estados miembros[1],

–    Visto el artículo 11, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea[2],

–    Vista la Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2010, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual)[3],

–    Vista su Resolución, de 19 de septiembre de 1996, sobre la función de la televisión pública en una sociedad multimedia[4],

–    Vista su Resolución, de 25 de septiembre de 2008, sobre la concentración y el pluralismo de los medios de comunicación en la Unión Europea[5],

–    Vista su Resolución, de 16 de diciembre de 2008, sobre alfabetización mediática en un mundo digital[6],

–    Vista la Comunicación de la Comisión, de 2 de julio de 2009, sobre la aplicación de las normas sobre ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión[7],

–    Visto el documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre el pluralismo de los medios de comunicación en los Estados miembros de la Unión Europea (SEC(2007)0032),

–    Vista la Recomendación Rec(96)10, de 11 de septiembre de 1996, del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre la garantía de la independencia de los servicios públicos de radiodifusión,

–    Vista la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 25 de enero de 1999, sobre el servicio público de radiodifusión[8],

–    Vista la Recomendación Rec(2007)2 del Comité de Ministros del Consejo de Europa, de 31 de enero de 2007, sobre el pluralismo en los medios de comunicación y la diversidad de contenidos;

–    Vista la Recomendación Rec(2007)3 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros, de 31 de enero de 2007, sobre la misión de los medios de comunicación de servicio público en la sociedad de la información,

–    Vista la Recomendación No 1878 (2009), de 25 de junio de 2009, de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre la financiación de los servicios públicos de radiodifusión,

–    Vista la Declaración, de 27 de septiembre de 2006, del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre la garantía de la independencia de los servicios públicos de radiodifusión en los Estados miembros,

–    Visto el artículo 48 de su Reglamento,

–    Visto el informe de la Comisión de Cultura y Educación (A7-0286/2010),

A.  Considerando que, en una sociedad democrática europea, la participación de los ciudadanos en el debate público y el acceso a la información en el mundo digital dependen de un sector audiovisual y de prensa vigoroso y competitivo,

B.   Considerando que los medios de radiodifusión siguen siendo una de las fuentes de información más importantes que están a disposición de los ciudadanos de la UE y, como tales, constituyen un factor importante de configuración de los valores y opiniones de las personas,

C.  Considerando que tanto el servicio público de radiodifusión como el del sector privado tienen un papel crucial que desempeñar en relación con la producción audiovisual europea, la diversidad e identidad culturales, el pluralismo, la cohesión social, la promoción de las libertades fundamentales y el funcionamiento de la democracia,

D.  Considerando que el servicio público de radiodifusión lleva a cabo una función pionera al estimular y utilizar la evolución tecnológica con el fin de ofrecer al público sus contenidos mediante medios y técnicas de distribución innovadores,

E.   Considerando que el paisaje audiovisual de la UE es único, y se caracteriza por el llamado «sistema dual», basado en un verdadero equilibrio entre el servicio público de radiodifusión y los organismos de radiodifusión privados,

F    Considerando que un sistema dual eficaz, con un equilibrio genuino entre los organismos de radiodifusión de servicio público y de carácter privado, redunda en interés general,

G.  Considerando que la coexistencia de organismos de radiodifusión de servicio público y de carácter privado ha asegurado una amplia gama de programas de libre acceso, que beneficia a todos los ciudadanos de la UE y contribuye al pluralismo de los medios, a la diversidad cultural y lingüística, a la concurrencia informativa (en términos de calidad y diversidad de contenidos) y a la libertad de expresión,

H.  Considerando que la Unión Europea concede especial importancia al papel del sistema dual en la producción y difusión de contenidos europeos,

I.    F. Considerando que los cambios registrados en el panorama audiovisual durante los últimos años, con el desarrollo de las tecnologías digitales, de plataformas propietarias de pago y de nuevos participantes en línea, han tenido efectos en el sistema dual de la radiodifusión tradicional, así como en la competencia informativa (en términos de calidad y diversidad de contenidos), obligando a los organismos de radiodifusión de servicio público y de carácter privado a diversificar sus operaciones y prever nuevas plataformas de distribución,

J.    Considerando que la difusión de las nuevas tecnologías ha modificado el modo de acceso de los ciudadanos europeos a los medios de comunicación y a la información,

K.  Considerando que los límites tradicionales en el sector de los medios de comunicación ya no pueden mantenerse en un entorno en línea, dado que los medios tradicionales no pueden sobrevivir sin extenderse a nuevas plataformas (por ejemplo, los servicios de SMS, las páginas de Internet y las aplicaciones para teléfonos inteligentes), con arreglo a los objetivos de la Agenda Digital de la Unión Europea,

L.   Considerando que los diarios y las revistas son y deben seguir siendo elementos esenciales de un sector informativo europeo diverso y plural,

M.  Considerando que los proveedores de servicios de telecomunicaciones y de Internet, así como los motores de búsqueda, están desempeñando un papel cada vez mayor en el nuevo entorno mediático,

N.  Considerando que en la era digital —caracterizada por un aumento de la oferta para el consumidor, pero también por el riesgo de fragmentación de la audiencia, una concentración cada vez mayor de los medios de comunicación, el aumento del número de empresas de comunicación integradas verticalmente y por la evolución hacia servicios de pago y codificados— el servicio público de radiodifusión ayuda y debe ayudar a mantener un espacio público, proporcionando una programación de alta calidad y con valores sociales así como una información objetiva,

O.  Considerando que, en determinados Estados miembros, el servicio público de radiodifusión aún no está lo suficientemente arraigado socialmente y no dispone todavía de los recursos adecuados,

P.   Considerando que el servicio público de radiodifusión de algunos Estados miembros se enfrenta a problemas importantes que ponen en peligro su independencia política, su viabilidad e incluso su fundamento financiero, lo que supone una amenaza directa para la propia existencia del sistema dual,

Q.  Considerando que la televisión privada ha tenido que afrontar dificultades económicas en fecha reciente, debido a la reducción de la publicidad,

R.   Considerando que es competencia exclusiva de los Estados miembros definir los cometidos de servicio público y asegurar la financiación de sus organismos de radiodifusión de servicio público, de conformidad con los principios del Protocolo de Amsterdam,

S.   Considerando que los medios de comunicación de servicio público requieren una financiación pública suficiente, la participación en las nuevas tecnologías y plataformas pertinentes y un marco normativo estable y previsible, para poder cumplir sus cometidos a la hora de ofrecer contenidos culturales o informativos de alta calidad, mejorando con ello claramente la alfabetización mediática en beneficio del público,

T.   Considerando que es posible mejorar la radiodifusión de servicio público mediante intercambios de experiencias y de mejores prácticas entre los Estados miembros,

U.  Considerando que todos los Estados miembros deberían priorizar el respeto de los criterios europeos en materia de libertad de expresión, de pluralismo de los medios y de independencia, cometidos y financiación de los medios de comunicación de servicio público,

V.  Considerando que la UE carece actualmente de los instrumentos adecuados para controlar las amenazas, y reaccionar ante ellas, que pesan sobre los medios de comunicación de servicio público y el sistema dual en determinados Estados miembros o regiones específicas de la UE,

1.   Reafirma su compromiso para con el sistema dual de radiodifusión, en el que los medios de comunicación privados y de servicio público desempeñan sus funciones respectivas, al margen de las presiones políticas y económicas, y pide que se asegure el acceso al nivel más alto a los servicios de radiodifusión independientemente de la capacidad de pago de los consumidores y usuarios;

2.   Subraya en particular el papel fundamental que desempeña un sistema dual europeo realmente equilibrado en lo que respecta a la promoción de la democracia, la cohesión social y la integración y la libertad de expresión, con particular atención a la promoción y preservación del pluralismo de los medios de comunicación, la alfabetización de los medios de comunicación, la diversidad cultural y lingüística y el respeto de las normas europeas relativas a la libertad de prensa;

3.   Constata que la coexistencia de los medios de comunicación de servicio público y privados ha contribuido en gran medida a la innovación y a la diversificación en términos de contenidos y ha repercutido positivamente en la calidad;

4.   Reitera la necesidad de mantener un servicio público de radiodifusión independiente, fuerte y vivo que se adapte a las demandas de la era digital, e insiste en las medidas concretas que es necesario aplicar para conseguir este objetivo;

5.   Destaca, en este contexto, el hecho de que en la era digital el servicio público de radiodifusión tiene como cometido específico el desarrollo de un espacio público haciendo que los contenidos mediáticos de alta calidad y de interés público sean universalmente accesibles en todas las plataformas pertinentes;

6.   Invita a los Estados miembros a prever recursos suficientes que permitan a los servicios públicos de radiodifusión aprovechar las nuevas tecnologías digitales, lo que garantizará que el gran público se beneficie de las ventajas relacionadas con los servicios audiovisuales modernos;

7.   Invita, en este sentido, a que los organismos de radiodifusión de servicio público se estructuren para proponer contenidos en línea atractivos y de calidad a fin de llegar a los jóvenes que consumen los medios de comunicación casi en exclusiva a través de Internet;

8.   Invita a los Estados miembros a combatir la brecha digital (por ejemplo entre la ciudad y el campo) y a garantizar que la digitalización de todas las personas en todas las regiones permita la igualdad de acceso a la radiodifusión de servicio público;

9.   Insta a los Estados miembros a que consideren la posibilidad de facilitar a los consumidores el paso del sistema de televisión analógica al sistema digital;

10. Insta a los Estados miembros a definir los cometidos de los organismos de radiodifusión de servicio público, de manera que puedan conservar su carácter distintivo por medio de un compromiso con una producción audiovisual original y una programación y periodismo de alta calidad al margen de consideraciones comerciales o influencias políticas, lo cual constituye precisamente su marca distintiva; observa que estos cometidos deben definirse de la manera más precisa posible, pero con la debida atención a la autonomía de programación de los organismos de radiodifusión;

11. Recuerda que, con arreglo al principio de neutralidad tecnológica, los organismos de radiodifusión de servicio público, dentro del cometido que les ha sido asignado, deben tener la posibilidad de ofrecer sus servicios, incluidos los servicios nuevos, en todas las plataformas;

12. Hace hincapié en que, en algunos Estados miembros, faltan disposiciones jurídicas acerca de las actividades del servicio público de radiodifusión por Internet, lo que podría afectar a la capacidad de este sector para ampliarse a nuevas plataformas;

13. Recuerda que las plataformas de radiodifusión terrestre basadas en normas abiertas y que permitan la interoperabilidad desempeñan un papel principal en el sistema dual de radiodifusión y constituyen el instrumento ideal para proporcionar a los usuarios servicios de medios audiovisuales libres y de fácil acceso, que se adaptan mejor a la fragmentación de los mercados locales y que, por tanto, pueden responder mejor a las expectativas culturales y sociales locales;

14. Toma nota de la comunicación de la Comisión, de julio de 2009[9], sobre radiodifusión, que reconoce el derecho de los servicios públicos de radiodifusión a estar presentes en todas las plataformas de difusión pertinentes, y reafirma la competencia de los Estados miembros para definir el cometido, la financiación y la organización de la radiodifusión de servicio público, y reconoce al mismo tiempo la responsabilidad de la Comisión en lo que respecta al control de los errores manifiestos, y pide a los Estados miembros que mantengan un equilibrio entre los servicios informativos digitales ofrecidos, con objeto de garantizar una competencia leal entre el servicio público de radiodifusión y los medios de comunicación privados y, así, preservar una vigorosa presencia de los medios de comunicación en el sistema en línea;

15. Celebra el reconocimiento del principio de neutralidad tecnológica y de la necesidad de respetar la independencia informativa de los organismos de radiodifusión de servicio público, teniendo presente debidamente su necesidad de una financiación estable y segura;

16. Señala, sin embargo, los enormes costes de las pruebas ex ante (existentes) y destaca su apoyo a las evaluaciones proporcionales;

17. Recuerda la importancia de las recomendaciones y declaraciones del Consejo de Europa, acordadas por todos los Estados miembros de la UE y que establecen unos criterios europeos en materia de libertad de expresión, libertad de prensa, pluralismo en los medios de comunicación, así como de independencia, organización, cometidos y financiación de los medios de comunicación de servicio público, particularmente en la sociedad de la información, salvaguardando con ello la credibilidad de la radiodifusión de servicio público;

18. Recuerda a los Estados miembros su compromiso con estos criterios europeos y les recomienda que proporcionen una financiación adecuada, proporcional y estable para los medios de comunicación de servicio público, de manera que puedan cumplir con sus cometidos, garantizar su independencia política y económica, y contribuir a una información inclusiva y a la sociedad del conocimiento, con unos medios de comunicación representativos y de gran calidad disponibles para todos;

19. Pide a la Comisión que aliente a los Estados miembros a que procedan al intercambio de mejores prácticas a distintos niveles (autoridades nacionales de los medios de comunicación, partes interesadas, gestores de los organismos de radiodifusión de servicio público, reguladores independientes, y representantes de los espectadores y de los ciudadanos);

20. Pide a los Estados miembros que intensifiquen la cooperación entre los reguladores de medios de comunicación nacionales, dentro de la Plataforma europea de autoridades reguladoras (EPRA) e incremente el intercambio de experiencias y mejores prácticas en relación con sus sistemas nacionales de radiodifusión respectivos;

21. Recuerda a los Estados miembros que los miembros de los consejos de administración de los organismos de radiodifusión de servicio público deben nombrarse sobre la base de su competencia y conocimientos del sector de los medios de comunicación;

22. Pide a la Comisión y a los Estados miembros que otorguen mandato al Observatorio Europeo del Sector Audiovisual, dotándolo de los recursos necesarios, para recolectar datos y llevar a cabo investigaciones sobre la forma en que los Estados miembros han aplicado estos criterios, a fin de examinar si con ellos se ha logrado el efecto deseado, e insiste en que los Estados miembros deben asumir sus responsabilidades en caso de incumplimiento de estos compromisos;

23. Pide a la Comisión que conceda mayor prioridad al sistema dual, como parte del acervo de la UE, en el marco de las negociaciones de adhesión, e insiste en que deben supervisarse los avances registrados en la materia en los países candidatos;

24. 11. Pide asimismo a los Estados miembros que aborden adecuadamente la cuestión de la insuficiente financiación de los organismos de radiodifusión de servicio público y que lo hagan en especial con el fin de cumplir el mandato específico de los medios de comunicación públicos, que deben ser accesibles al mayor número de espectadores y oyentes en el conjunto de las nuevas plataformas mediáticas;

25. Señala que la transparencia en la propiedad de los organismos de radiodifusión privados debe garantizarse en todos los Estados miembros, y pide a la Comisión que supervise y apoye los avances en este sentido;

26. Pide a los Estados miembros que pongan fin a las ingerencias políticas en lo tocante a los contenidos de los servicios ofrecidos por los organismos de radiodifusión de servicio público;

27. Celebra las conclusiones del estudio independiente efectuado a petición de la Comisión sobre la definición de indicadores que midan el pluralismo de los medios de comunicación en la Unión Europea;

28. Se muestra partidario de la puesta en marcha del Observatorio del pluralismo de los medios de comunicación, que constituye un instrumento eficaz para detectar las amenazas contra el pluralismo de los medios;

29. Recuerda los instrumentos financieros que ofrece el BEI, y anima a los organismos de radiodifusión de servicio público que sufren dificultades financieras a solicitar préstamos subvencionados del BEI para la renovación de sus infraestructuras, en particular, en relación con la digitalización y la innovación;

30. Alienta a las distintas partes interesadas a intensificar su cooperación con objeto de salvaguardar el sistema dual y, en concreto, anima a los organismos de radiodifusión de servicio público y de carácter privado a colaborar entre ellos y también con los editores para compartir contenidos, poner en marcha proyectos innovadores y buscar modalidades de trabajo conjunto;

31. Pide a la Comisión que promueva una iniciativa, donde se reúna a diferentes participantes de los medios de comunicación, para ayudar a identificar posibles ámbitos de cooperación, fomentar los intercambios de mejores prácticas y abordar las cuestiones pertinentes;

32. Recuerda en este contexto que la radiodifusión municipal y ciudadana, en especial en los municipios pequeños, experimenta dificultades de financiación a largo plazo (por ejemplo, mediante publicidad); considera que las nuevas posibilidades que ofrece la digitalización pueden utilizarse en este marco para garantizar una radiodifusión municipal o ciudadana a escala de toda una región;

33. Anima a la Comisión a adaptar los derechos de autor a la nueva era digital, permitiendo que los organismos de radiodifusión mantengan una amplia gama de contenidos europeos de calidad y que analicen maneras concretas de facilitar la reutilización de contenidos de archivo y de poner en marcha sistemas de cánones colectivos ampliados y sistemas de ventanilla única de fácil acceso para el pago de derechos;

34. Aguarda con interés el informe sobre la aplicación de las disposiciones de la Directiva de servicios de comunicación audiovisual (SCA) en lo relativo al tiempo de difusión reservado a programas europeos, teniendo en cuenta que algunos Estados miembros no han adoptado medidas en este sentido;

35. Insta a la Comisión a que vele por que los agregadores de contenidos respeten el marco jurídico existente y le pide que busque los medios que permitan que los motores de búsqueda y los proveedores de servicios en línea contribuyan a financiar la creación de contenidos;

36. Destaca la importancia de la formación en materia de medios de comunicación para una utilización responsable de los servicios que prestan los agregadores de contenido;

37. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros.

  • [1]  DO C 83 de 30.3.2010, p. 312.
  • [2]  DO C 83 de 30.3.2010, p. 394.
  • [3]  DO L 95 de 15.4.2010, p. 1.
  • [4]  DO C 320 de 28.10.1996, p. 180.
  • [5]  DO C 8E de 14.1.2010, p. 85.
  • [6]  DO C 8E de 23.2.2010, p. 9.
  • [7]  DO C 257 de 27.10.2009, p. 1.
  • [8]  DO C 30 de 5.2.1999, p. 1.
  • [9]  DO C 257 de 27.10.09, p. 1.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La radiodifusión es un sector especial. Influye en los valores y opiniones de las personas y sigue siendo la principal fuente de información para la mayoría de los ciudadanos de la UE. Por ello, reviste un significado especial para la protección y el fomento de los valores fundamentales y la democracia, incluida la cohesión social.

1. El sistema dual como parte del acervo comunitario

Como subraya la Directiva de servicios de comunicación audiovisual[1], el panorama audiovisual de la UE se caracteriza por lo que se ha descrito como «el sistema dual». La coexistencia de organismos de radiodifusión públicos y comerciales ha garantizado un abanico diverso de programación. Contribuye además al pluralismo de los medios de comunicación, a la diversidad cultural y lingüística, a la competencia editorial (en términos de calidad y diversidad de los contenidos) y a la libertad de expresión.

Ello se consigue en parte con un servicio público de radiodifusión fuerte, viable y con una financiación adecuada. En un sistema dual que funcione bien, los organismos públicos de radiodifusión pueden elevar el nivel del mercado.

2. Compromiso de la UE con el papel de los organismos públicos de radiodifusión

En el Protocolo (nº 29) del Tratado de la UE[2], la UE se compromete con el sistema de radiodifusión pública de los Estados miembros, al considerar que «está directamente relacionado con las necesidades democráticas, sociales y culturales de cada sociedad y con la necesidad de preservar el pluralismo de los medios de comunicación».

La importancia de la radiodifusión de servicio público ha sido corroborada por la Resolución del Consejo sobre el servicio público de radiodifusión[3], y su papel en el fomento de la diversidad cultural ha quedado reconocido por la Convención de la UNESCO, de 2005, sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales.

Los Estados miembros convinieron también, en el foro del Consejo de Europa, un corpus de recomendaciones[4].

3. El sistema dual en la era digital: un sistema sometido a presión

Lamentablemente, el panorama de la radiodifusión en Europa está lejos de la situación ideal de un sistema de radiodifusión equilibrado y dual sustentado en dos pilares de igual fortaleza.

Los medios de comunicación de servicio público y el sistema dual en un punto sin retorno

En el contexto en transformación de los medios de comunicación digitales, los organismos públicos de radiodifusión se están enfrentando en algunos Estados miembros a graves problemas que amenazan su existencia, tanto financiera como políticamente. «En la mayor parte de los países supervisados, el servicio público de radiodifusión sufre una creciente presión y politización, una financiación deficiente y una reputación menguante [...]»[5].

Paralelamente a esta evolución, varios organismos privados de radiodifusión han suscitado el debate en torno a su sinceridad, debido a sus estrechos vínculos con potentes conglomerados económicos, o debido a que su fuente de financiación es de orígenes inciertos.

De conformidad con el Protocolo (nº 29) del TUE, la financiación de los organismos públicos de radiodifusión es competencia de las autoridades nacionales. Sin embargo, hemos llegado a una situación crítica. Como consecuencia del sistema dual, en algunos Estados miembros los medios de comunicación públicos ven su existencia amenazada. La política audiovisual de la UE no se puede ver limitada a intervenir en casos de compensación excesiva. Si queremos tomarnos en serio nuestro compromiso con el sistema dual, debemos examinar la falta tanto de financiación como de independencia en la gestión y contenidos del servicio público de radiodifusión.

Del sistema dual a un entorno con múltiples actores

La política en materia de medios de comunicación en 2010 no puede limitarse a mantener el equilibrio entre organismos de radiodifusión comerciales y públicos. En el contexto actual de los medios de comunicación, actores nuevos como los proveedores de telecomunicaciones y de servicios de Internet y los motores de búsqueda desempeñan un papel cada vez más importante. El periodismo ciudadano y el contenido generado por los usuarios suponen también un reto para los medios de comunicación tradicionales. El sistema dual de radiodifusión ha evolucionado hacia un entorno de medios de comunicación con múltiples actores.

Hacia una nueva ecología de los medios de comunicación

En el nuevo contexto digital, la oferta gratuita del servicio público de radiodifusión es una espina clavada en muchos medios de comunicación comerciales. El resultado es una creciente hostilidad por parte de los editores hacia los servicios en línea ofrecidos por los proveedores de servicios de medios de comunicación públicos. De ahí que una de las principales prioridades de la política nacional y europea en materia de medios de comunicación en el futuro próximo sea un modelo equilibrado de coexistencia en Internet.

También la Comisión, en su Comunicación revisada sobre la radiodifusión[6] considera «que los organismos públicos de radiodifusión deben poder utilizar las oportunidades que ofrece la digitalización y la diversificación de las plataformas de distribución sobre una base tecnológica neutral, en beneficio de la sociedad».

La Comunicación tiene por objeto contribuir a la coexistencia de los diferentes operadores de medios de comunicación. Para ello, pide que, cuando los organismos públicos de radiodifusión consideren la oferta de nuevos servicios audiovisuales importantes, su misión se modifique en consecuencia o se lleve a cabo una evaluación previa (sopesando su valor de servicio público frente a su impacto en el mercado).

4. Sugerencias para el futuro

Es muy difícil formular recomendaciones generales para toda la UE debido al diferente contexto jurídico y organizativo de los Estados miembros. Un enfoque de «talla única» está definitivamente descartado.

Debate a todos los niveles

Debe alentarse la celebración de intensos debates a nivel nacional acerca de cómo crear una ecología de medios de comunicación saludable. La Comunicación revisada debe servir de estímulo para ello. Podría reflexionarse acerca de la definición de los umbrales mínimos necesarios para poner en práctica los principios acordados (financiación suficiente, gobernanza independiente, independencia editorial). La UE debe alentar el debate entre los Estados miembros a diferentes niveles.

Respeto de las normas europeas

Mientras tanto, los Estados miembros tienen que estar a la altura de los compromisos que acordaron en el seno del Consejo y del Consejo de Europa, y que aceptaron cuando ingresaron en la UE. Es viable y deseable, en este sentido, la introducción de un procedimiento de seguimiento.

En las negociaciones de adhesión, la Comisión debe otorgar una mayor prioridad al sistema dual como parte del acervo de la UE.

Financiación

El servicio público de radiodifusión podría obtener préstamos subvencionados del BEI para instalar o renovar sus infraestructuras de digitalización.

Fomento de la cooperación: Establecimiento de una situación provechosa para todos

Debe animarse a las distintas partes interesadas a cooperar. El intercambio de contenidos audiovisuales y de formatos y las referencias cruzadas entre plataformas podrían beneficiar a todas las partes. La cooperación basada en la participación voluntaria de diferentes socios exige un cambio de mentalidad, pero podría dar lugar a una situación provechosa para todos. En beneficio de la sociedad, las autoridades deben facilitar soluciones a las cuestiones de competencia o de derechos de autor que se puedan plantear.

Contribución a los contenidos

Debe animarse a los motores de búsqueda a que contribuyan a la creación de contenidos, por ejemplo, mediante la creación de un marco jurídico para la agregación de contenidos.

Esfuerzos de la CE en materia de medios de comunicación

La Comisión Europea debe aunar a los diferentes agentes y partes interesadas de los medios de comunicación en aras de un sector saludable y viable. Los medios de comunicación son el cuarto pilar de la democracia. Muchos de ellos están atravesando momentos realmente difíciles. El respeto de la subsidiariedad puede ir en paralelo al apoyo de la UE a soluciones a largo plazo. «El sistema dual nunca ha sido un producto final estático, sino siempre un trabajo en progreso.»[7]

  • [1]  Directiva 2010/13/UE (DO L 95 de 15.4.2010, p. 1).
  • [2]  Protocolo sobre el sistema de radiodifusión pública en los Estados miembros (DO C 83, 30.3.2010, p. 312) conocido como Protocolo de Ámsterdam.
  • [3]  Resolución del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 25 de enero de 1999, sobre el servicio público de radiodifusión, DO C 30 de 5.2.1999, p. 1).
  • [4]  Recomendación R (96) 10 de 11 de septiembre de 1996 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre la garantía de la independencia de los servicios públicos de radiodifusión, Recomendación CM/Rec(2007)3 de 31 de enero de 2007 del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros sobre la misión de los medios de comunicación de servicio público en la sociedad de la información, Declaración de 27 de septiembre de 2006 del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre la garantía de la independencia de los servicios públicos de radiodifusión en los Estados miembros.
  • [5]  Open Society Institute, Television Across Europe, More Channels, Less Independence, 2008.
  • [6]  Comunicación de la Comisión sobre la aplicación de las normas en materia de ayudas estatales a los servicios públicos de radiodifusión (DO C 257, 27.10.2009, p. 1).
  • [7]  Intervención de Doris Pack en la Conferencia de Varsovia «Future or Funeral», 23.01.2010.

RESULTADO DE LA VOTACIÓN FINAL EN COMISIÓN

Fecha de aprobación

28.9.2010

 

 

 

Resultado de la votación final

+:

–:

0:

19

5

1

Miembros presentes en la votación final

Magdi Cristiano Allam, Maria Badia i Cutchet, Malika Benarab-Attou, Lothar Bisky, Piotr Borys, Jean-Marie Cavada, Santiago Fisas Ayxela, Ildikó Gáll-Pelcz, Cătălin Sorin Ivan, Petra Kammerevert, Morten Løkkegaard, Emma McClarkin, Doris Pack, Chrysoula Paliadeli, Marie-Thérèse Sanchez-Schmid, Marietje Schaake, Marco Scurria, Timo Soini, Emil Stoyanov, Hannu Takkula, László Tőkés, Helga Trüpel, Marie-Christine Vergiat, Sabine Verheyen, Milan Zver

Suplente(s) presente(s) en la votación final

Ivo Belet