Los contratos públicos adjudicados por las instituciones de la Unión Europea
Análisis en profundidad
15-03-2011
Para la adjudicación de sus contratos, las instituciones comunitarias deben cumplir lo dispuesto en la Directiva 2004/18/CE de 31 de marzo de 2004. Las disposiciones de la Directiva se recogen y adaptan en los Reglamentos financieros comunitarios (CE, Euratom) nº 1605/2002 y 2342/2002 de 25 de junio de 2002. Estas disposiciones garantizan a todos los operadores económicos de la Unión un acceso sin discriminaciones a los contratos públicos europeos.
Análisis en profundidad
Autor externo
Stéphane BRACONNIER (Université Panthéon-Assas - Paris II ; Cabinet Bird & Bird AARPI)
Acerca de este documento
Tipo de publicación
Palabra clave
- comercialización
- conflicto de intereses
- contrato público
- finanzas de la Unión Europea
- funcionamiento institucional
- gasto de funcionamiento (UE)
- instituciones de la Unión Europea y función pública europea
- INTERCAMBIOS ECONÓMICOS Y COMERCIALES
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